Sentencia nº 270-2014 de Juzgado Septimo de 1ª Instancia de Trabajo y Previsión Social, 28 de Mayo de 2014
Fecha de Resolución | 28 de Mayo de 2014 |
Emisor | Juzgado Septimo de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social |
28/05/2014 – LABORAL
270-2014
JOL: 01173-2014-00270/Of.1º.JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL: Guatemala, veintiocho de mayo del año dos mil catorce.
Se tiene a la vista para dictarSENTENCIAdel proceso arriba identificado, el cual es promovido porV.G.F.contraDIVERSOS SERVICIOS DE PERSONAL COMPAÑÍA LIMITADA. El demandante es de datos personales conocidos en autos quien actúo bajo la procuración y asesoría de la abogada C.L.A.. La parte demandada no compareció a la presente audiencia oral laboral encontrándose debidamente notificada en tiempo y de conformidad con la ley.
CLASE Y TIPO DE JUICIO: Es Ordinario Laboral y de Conocimiento.
OBJETO Y NATURALEZA DEL JUICIO: El demandante pretende que a través del presente juicio laboral que la parte demandada le cancele las siguientes prestaciones laborales; a) Vacaciones; b) A.; c) Bonificación Anual; d) Indemnización articulo 82 del Código de Trabajo; e) Daños y Perjuicios, por lo que se obtienen los siguientes resúmenes:
DE LOS HECHOS EXPUESTO ENLA DEMANDA: Manifiesta el demandante que laboró e inicio su relación laboral eldía quince de septiembre del año mil novecientos noventa y nuevey finalizo eltreinta de mayo del año dos mil trece, siendo despedido en forma directa e injustificada porla Entidad MercantildenominadaDiversos Servicios de Personal y Compañía Limitadainscrita ante el Registro Mercantil General dela Republicade Guatemala, al número treinta y siete mil doscientos dos, (37,202) folio trescientos treinta y dos (332) libro ciento veintisiete (127) de sociedades, expediente número cinco mil seiscientos setenta guión mil novecientos noventa y ocho, (5,670-1998), no obstante el demandante manifiesta que su relación laboral inicio a con la empresa TRANSPORTES MEDINA, SOCIEDAD ANÓNIMA, sociedad de los mismos socios a los que pertenece la entidad ahora demandada, quienes comparten sede o domicilio entre ambas entidades, relación laboral que se ha dado a través de un Mandato Especial con Representación otorgado el siete de enero del año mil novecientos noventa y ocho, según poder otorgado a mi persona que por medio del Representante Legal de dicha entidad por medio de escritura publica número siete autorizada por el N.M. de J.F.H., legalmente inscrito ante el Registro de Poderes del Archivo General de Protocolos, de fecha doce de enero del año mil novecientos noventa y ocho. Se desempeñaba como trabajador en
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