Sentencia nº 6016-2013 de Juzgado Tercero de Trabajo y Previsión Social, 17 de Diciembre de 2014

Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2014
EmisorJuzgado Tercero de Trabajo y Previsión Social

17/12/2014 – LABORAL

6016-2013

[TIORDINARIO LABORAL No. 01173 – 2013 - 06016.-Of. y N.. 2º.-

JUZGADO TERCERO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL: Guatemala,diecisiete de diciembre de dos mil catorce.

Se tiene a la vista para dictar SENTENCIA el juicio ordinario identificado con el númerocero mil ciento setenta y tres guión dos mil trece guión cero seis mil seis (01173-2013-06016)a cargo dela Oficial Segunda, promovido porO.F.S.B., a través de su Mandatario Con R.J.G.A.M.J. en su propio auxilio.Por su parte EL ESTADO DE GUATEMALA (figurando como autoridad nominadora el MINISTERIO DE AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES), compareció por medio de H.K.M., en su calidad de Delegado DeLa Procuraduría GeneralDeLa Nación, En Representación Del Estado De Guatemala, quien actúo bajo la asesoría del abogado H.F.J.M. el proceso por su naturaleza es ordinario desarrollado a través de audiencias orales.

EL OBJETO Y NATURALEZA DEL PROCESO:El objeto del proceso es declarar si el actor tiene derecho al pago de las prestaciones reclamadas en la demanda y, el procedimiento es de naturaleza ordinario laboral y desarrollado a través de audiencias orales. Del estudio de las actuaciones procésales, se obtienen los siguientes resúmenes:

DELA DEMANDA:Manifestó la parte actora que inició su relación laboral con el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, el dos de noviembre de dos mil once, devengando durante los últimos seis meses de su relación laboral la suma de SIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA QUETZALES (Q7,019.44) desempeñando el cargo de ASESOR PROFESIONAL ESPECIALIZADO II, finalizando esta debido que el treinta y uno de mayo de dos mil doce, según Acta número Doscientos Veintidós guión Dos Mil Doce (222-2012), identificado en la parte superior derecha con el numero de foliación un mil doscientos noventa y cinco (1295), en la cual Acuerda: rescindir por decisión unilateral el Contrato Administrativo Numero Cero Veintidós guión treinta y uno guión dos mil once suscrito entre la entidad Nominadora Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales y O.F.S.B..

DELA CONTESTACION DELA DEMANDA:La parte demandada ESTADO DE GUATEMALA (figurando como autoridad nominadora el MINISTERIO DE AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES), contestó la demanda parcialmente en sentido negativo y parcialmente en sentido afirmativo, en cuanto a la reclamación de aguinaldo por el actor, se opone parcialmente en sentido negativo a la pretensión en virtud que en diciembre de dos mil once y diciembre de dos mil doce le fue cancelado el aguinaldo mediante la acreditación en la cuenta tres mil millones, cuatrocientos dieciséis mil millones, catorce mil quinientos once. En cuanto a los daños y perjuicios y costas judiciales se opone al pago de la de los mismo en virtud que los mismo se generaran derivado de la negativa al pago de la indemnización; y siendo que conforme a lo resuelto porla Junta Nacionalde Servicio Civil, la misma se le deberá pagar al demandante al no existir negativa procedente es que se absuelva de lo relacionado a los daños y perjuicios y las costas judiciales. En cuanto a la indemnización por daño moral. El estado de Guatemala contesta la demanda en Sentido Negativo y se opone a tal pretensión, derivada que no existe asidero legal o norma alguna, que de sustento fáctico a la reclamación de una indemnización por daño moral, es mas el demándate no se fundamenta como efectúa el calculo que pretende ser. De la contestación de la demanda en sentido afirmativo: En cuanto al Contrato Individual de trabajo a plazo fijo contesta la demandan parcialmente en sentido afirmativo en virtud que el demandante inicio labores bajo el renglón presupuestario cero veintidós, personal por contrato y a plazo fijo, con fecha dos de noviembre de dos mil once y su contrato fue prorrogado mediante el acuerdo Ministerial quinientos cincuenta y tres guión dos mil once, finalizando la relación el treinta y uno de mayo de dos mil catorce. En cuanto a la indemnización contesta la demanda parcialmente en sentido afirmativo en lo que respecta al pago de la indemnización...

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