Sentencia nº 6842-2014 de Juzgado Sexto de Trabajo y Previsión Social, 10 de Febrero de 2015

Fecha de Resolución10 de Febrero de 2015
EmisorJuzgado Sexto de Trabajo y Previsión Social

10/02/2015 - LABORAL

6842 -2014

JUZGADO SEXTO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA.Guatemala, diez de febrero del año dos mil quince.

Se tiene a la vista para dictar sentencia dentro del juicio Ordinario laboral arriba identificado promovido por J.E.C.P. en contra de la entidad TROPIGAS DE GUATEMALA, SOCIEDAD ANÓNIMA. La parte actora estuvo asesorada por el abogado R.A.S.M.. La parte demandada actúo a través de su Gerente General y R.L.L.A.C.H., asesorado por el abogado MARIO M.M.G..

OBJETO Y NATURALEZA DEL JUICIO:La naturaleza del juicio es Ordinario Laboral y tiene por objeto establecer si a la parte actora le asiste el derecho a las reclamaciones hechas en su demanda.

EN EL MEMORIAL DE DEMANDA:Expone la parte actora que sostuvo relación laboral con la entidad demandada, misma que finalizó por despido directo aduciendo una supuesta causa justa para el despido el nueve de julio de dos mil catorce. Reclama en consecuencia INDEMNIZACIÓN, AGUINALDO, VACACIONES, BONIFICACIÓN ANUAL PARA LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO Y PÚBLICO, SALARIOS PENDIENTES, DAÑOS Y PERJUICIOS y COSTAS JUDICIALES.

D.C.D. DEMANDA:La entidad demandada por su parte contestó la demanda en sentido negativo, argumentando en esencia que el salario del actor fue de dos mil doscientos ochenta quetzales con treinta y cuatro centavos mas doscientos cincuenta en razón dela Bonificación Incentivo.Que la relación laboral finalizó al haberse despedido al actor con causa justa, consistiendo esta en resumen en que en dos oportunidades al realizar inventario al camión que tenía asignado el demandante, le faltaron cilindros de gas propiedad de la empresa, lo que la perjudicó económicamente. Invoca como causal de despido las literales d) y g) del artículo 77 del Código de Trabajo. Se opuso expresamente entonces a las reclamaciones de Indemnización, Daños y perjuicios y Costas Judiciales.

DE LOS HECHOS SUJETOS A PRUEBA:a) Si existió causa justa para el despido. b) Si al actor le fue cancelado lo reclamado en su demanda. c) El salario devengado por el actor.

DE LAS PRUEBAS APORTADAS EN JUICIO: I) PORLA PARTE ACTORA:a)DOCUMENTAL:Documentos individualizados y acompañados a la demanda inicial y Exhibición de documentos;b) Presunciones legales y humanas.II) PORLA PARTE DEMANDADA:a) CONFESIÓN JUDICIAL; b) DOCUMENTOS: Individualizados y acompañados a la contestación de demanda y exhibición de documentos; c) Declaración testimonial de E.G.J.C.; d) Presunciones legales y humanas.

DE LOS HECHOS QUE SE TIENEN POR ACREDITADOS PORLA JUDICATURA CONFORMEALA VALORACIÓN DELOS MEDIOS DE PRUEBA APORTADOS AL PROCESO.a. Que la relación laboral finalizó por despido injustificado realizado en contra del actor.A esta conclusión se arriba de conformidad con lo siguiente: 1) La doctrina legal sentada porla Honorable Cortede Constitucionalidad ha establecido: “…De conformidad con el artículo 78 del Código de Trabajo, el trabajador goza del derecho de emplazar al patrono ante los Tribunales de Trabajo y Previsión Social, con el objeto de que pruebe la justa causa en que se fundó su despido, tal precepto procesal se conoce con el nombre de Inversión dela Cargadela Prueba. P. presupuesto contenido en la norma anteriormente indicada, se puede afirmar que en los procesos laborales y en sí el Derecho Laboral, revisten la característica de que, a excepción de tres casos puntuales, a que abajo se alude, la carga de la prueba recae sobre el patrono. El trabajador posee la potestad de las afirmaciones que considere convenientes sin...

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