Sentencia nº 3329-2015 de Juzgado Décimo de Trabajo y Previsión Social, 31 de Agosto de 2015

Fecha de Resolución31 de Agosto de 2015
EmisorJuzgado Décimo de Trabajo y Previsión Social

01/08/2015 - LABORAL

3329-2015

JUZGADO DÉCIMO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL: Guatemala, treinta y uno de agosto de dos mil quince.

Se tiene a la vista para dictar SENTENCIA, el Juicio Ordinario Laboral arriba identificado promovido por A.V.C.R., en contra de la entidad SERVIPROMO, SOCIEDAD ANÓNIMA. La actora es de datos de identificación personal conocidos en autos, de este domicilio y vecina del Municipio de San Miguel Petapa, Guatemala; compareció asesorado porla Abogada AnaPatricia G.M.. La parte demandada no compareció en tiempo a juicio oral.

CLASE Y TIPO DE PROCESO:El presente proceso es de conocimiento, de naturaleza ordinario laboral.

OBJETO DEL PROCESO:Establecer si a la parte actora le corresponde el derecho al pago de las prestaciones laborales que reclama en su demanda, así como el pago de indemnización, daños y perjuicios y costas procesales, por haber sido despedido en forma directa e injustificada.

RESUMEN DE LOS HECHOS CONTENIDOS EN EL MEMORIAL DE DEMANDA:Manifiesta la parte actora queiniciósu relación laboral con la entidad demandada el día dos de febrero de dos mil once, y que finalizó la misma el uno de diciembre de dos mil catorce mediante despidodirecto e injustificado. Que desempeñó elcargode Colocadora de Productos en diferentes Supermercados ubicados en los Municipios de Villa Nueva, S.M.P., V.C., del Departamento de Guatemala. Que laboró enjornada ordinaria diurnacomprendida de ocho a diecisiete horas y los días miércoles, de ocho a doce horas. Que devengó unsalariode DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA QUETZALES con TREINTA Y CUATRO CENTAVOS, durante los últimos seis meses de la relación laboral.Reclama las siguientes prestaciones laborales:INDEMNIZACIÓN, AGUINALDO, BONIFICACIÓN ANUAL PARA TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO Y PÚBLICO, por el período del dos de febrero de dos mil once al uno de diciembre de dos mil catorce; VACACIONES por el período comprendido del dos de febrero al uno de diciembre de dos mil catorce; SALARIOS PENDIENTES DE PAGO y BONIFICACIÓN INCENTIVO, por el período del quince de noviembre al uno de diciembre de dos mil catorce. Así mismo reclama DAÑOS Y PERJUICIOS Y COSTAS JUDICIALES.

DELA CONTESTACIÓN DELA DEMANDA: La parte demandada no compareció a la audiencia señalada para la celebración de juicio oral, el día diecinueve de agosto de dos mil quince, no obstante haber sido legalmente notificada de la misma y con la antelación debida.

DE LOS HECHOS SUJETOS A PRUEBA: a) La existencia de la relación laboral entre la parte actora y la entidad demandada; b) El Incumplimiento por parte de la entidad demandada del pago de las prestaciones laborales reclamadas por la parte actora y el derecho de ésta a que se le haga efectivo el pago de dichas prestaciones. c) Si el despido de la actora se dio en forma injustificada.

DE LAS PRUEBAS APORTADAS: PORLA PARTE ACTORA:I) Confesión Judicial,que debió haber rendido la parte demandada;II) Documental: a)Fotocopia simple del acta de fecha dieciséis de abril de dos mil quince, suscrita antela Inspección Generalde Trabajo dentro dela Adjudicaciónnúmero R-0101-02301-2015);b)Fotocopia del cálculo de prestaciones;c)Fotocopia simple dela...

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