Sentencia nº 254-2015 de Juzgado de 1ª Instancia de Trabajo y Previsión Social de Alta Verapaz, Cobán, 9 de Marzo de 2016

PresidenteIrrenunciabilidad de los derechos laborales; Contrato Individual de Trabajo; Derechos Irrenunciables; Despido injustificado
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2016
EmisorJuzgado de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social de Alta Verapaz, Cobán

09/03/2016 - LABORAL

254-2015

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Y DE LO ECONOMICO COACTIVO DEL DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ, COBAN, NUEVE DE MARZO DE DOS MIL DIECISEIS.

Se tiene a la vista para dictar sentencia en el juicio laboral arriba identificado, promovido porU.R.B.T.,de este domicilio, actúa con la asesoría de la abogada M.M.C.P., en contra delRegistro Nacional de las Personas, con domicilio en la ciudad de Guatemala, el que actúa con la asesoría de su mandatario especial Judicial con representación, J.I.J.. El tipo de juicio es de conocimiento y el objeto del mismo es reconocimiento del derecho del demandante al pago de las siguientes prestaciones laborales:a)indemnización por tiempo de servicio,b)aguinaldo,c)bonificación anual para Trabajadores del Sector Privado y Público,d)compensación de vacaciones,e)daños y perjuicios yf)costas judiciales.Resumen del memorial de demanda:Indicó el actor, que inició relación laboral con el Registro Nacional de las Personas, el catorce de marzo del año dos mil ocho, mediante contrato escrito, la cual finalizó el día treinta de junio de dos mil quince, debido a despido directo verbal, durante la relación laboral desempeñó el puesto de Registrador Civil Municipal I, en las instalaciones ubicadas en el municipio de San Juan Chamelco, Alta Verapaz; laboraba en jornada de lunes a viernes de ocho a dieciséis horas; devengaba un salario promedio mensual de cinco mil doscientos quetzales (Q.5,200.00), y que su relación laboral fue en forma ininterrumpida, a pesar de haber firmado varios contratos a plazo fijo, durante toda la relación laboral, en virtud de lo anterior, solicita que su demanda sea declarada con lugar, y se reconozca su derecho a que el Registro Nacional de las Personas le pague de las prestaciones siguientes: indemnización por tiempo de servicio, aguinaldo, bonificación anual para Trabajadores del Sector Privado y Público, compensación de vacaciones, daños y perjuicios y costas judiciales.

Del juicio oral y de la contestación de la demanda:a la audiencia de juicio oral, comparecieron ambas partes, el Registro Nacional de las Personas a través de su mandatario especial judicial con representación, quien contestó la demanda en sentido negativo, oponiéndose a la misma, manifestó que se opone a las reclamaciones del actor, toda vez que el actor firmó un contrato temporal y por haber finalizado la vigencia del mismo, ya no se renovó dicho contrato al actor es decir no existió una declaración unilateral sino que finalizó el plazo establecido en dicho contrato. Además interpuso la excepción perentoria de pago, manifestó que el medio de defensa procesal consistente en la excepción perentoria de pago, se deriva de que el demandante pretende que se pruebe el pago de prestaciones laborales por todo el tiempo que duro su relación laboral con el Registro Nacional de las Personas, tal como se infiere en el apartado de exhibición de documentos en el numeral dos y que se refiere a las constancias contables de la entidad demandada en el periodo catorce de marzo de dos mil ocho al treinta de junio de dos mil quince, con lo que pretende que la entidad demandada acredite que le fue cancelado lo reclamado. Sin embargo la parte demandada le ha pagado al demandante las prestaciones laborales de carácter irrenunciables que individualiza en su demanda y hasta por los periodos que constan en dichos documentos. Por lo anterior solicita que la presente demanda sea declarada sin lugar.-fase conciliatoria:se les propuso fórmulas ecuánimes de conciliación, sin...

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