Sentencia nº 209-2015 de Juzgado de 1ª Instancia de Trabajo y Previsión Social de Alta Verapaz, Cobán, 31 de Mayo de 2016

Fecha de Resolución31 de Mayo de 2016
EmisorJuzgado de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social de Alta Verapaz, Cobán

31/05/2016 – LABORAL

209-2015

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Y DE LO ECONÓMICO COACTIVO, DEL DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ; COBAN, TREINTA Y UNO DE MAYO DE DOS MIL DIECISEIS.

Se tiene a la vista para dictar sentencia el expediente laboral arriba identificado, promovido porC.A.R.C., V.X.M.; G.G.J.; R.M.G.; Urbano SontayTarax; A.J.C.; R.C.M.; S.M.; P.C.T.; A.X.G.; M.G.; M.I.; J.L.G.F.; F.P.R., Á.L., M.J.M.; R.A.R.M.; A. de J.V.L.; M.M.X.; y D.Z.R.S., en contra delaMunicipalidadde San Cristóbal Verapaz, Alta Verapaz, a través de su representante legal. Los demandantes son de este domicilio, actuaron bajo la asesoría del abogado S.A.C.O.. La parte demandada actuó bajo la asesoría del abogado E.L.P.L.. El presente proceso es de conocimiento y tiene por objeto el reconocimiento del derecho a favor de los actores al pago de la bonificación anual para trabajadores del sector privado y público.

Resumen del memorial de demanda: Indicaron los actores en su memorial de demanda que, se jubilaron dela M.S.C., Verapaz, en las siguientes fechas: C.A.R.C., el uno de julio de dos mil catorce; V.X.M., treinta y uno de enero de dos mil siete; G.G.J., el treinta y uno de marzo de dos mil siete; R.M.G., el treinta y uno de mayo de dos mil diez; Urbano SontayTarax, el uno de enero de dos mil trece; A.J.C., el uno de enero de dos mil seis; R.C.M., quince de septiembre de dos mil trece; S. morán, único apellido, cuatro de enero de dos mil doce; P.C.T., dieciséis de octubre de dos mil once; A.X.G., el treinta y uno de julio de dos mil trece; M.G., el siete de mayo de mil novecientos noventa y cinco; M.I., el quince de febrero de dos mil trece; J.L.G.F., el uno de septiembre de dos mil nueve; F.P.R., el quince de marzo de dos mil trece, Ángel LeonicioChoc, el uno de enero de dos mil catorce; M.J.M., el uno de diciembre de dos mil catorce; R.A.R.M., el treinta y uno de julio de dos mil cuatro; A. de J.V.L., el treinta y uno de diciembre de dos mil cuatro; M.M.X., el uno de mayo de dos mil catorce; y, D.Z.R.S., el uno de enero de mil novecientos ochenta y cinco. Y por medio de la presente demanda reclaman de la municipalidad de San Cristóbal, Alta Verapaz, el pago de la bonificación anual para trabajadores del sector privado y público.-De la audiencia de juicio oral y contestación de la demanda:en la audiencia de juicio oral respectiva, el representante legal de la municipalidad demandada, contestó la demanda en sentido negativo...

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