Sentencia nº 488-2013 de Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal - Sentencia de 12 de Agosto de 2014

PonenteTenencia o portación de arma de fuego con número de registro alterado, borrado o no legalmente marcada por la DIGECAM; Robo Agravado en Grado de Tentativa
PresidenteTenencia o portacion de arma de fuego con número de registro alterado borrado o no legalmente marcada por la DIGECAM; Concurso Real
Fecha de Resolución12 de Agosto de 2014
EmisorSala Segunda de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal

12/08/2014 - PENAL

488-2013

SALA SEGUNDA DELA CORTE DEAPELACIONES DEL RAMO PENAL, NARCOACTIVIDAD Y DELITOS CONTRA EL AMBIENTE; GUATEMALA, DOCE DE AGOSTO DE DOS MIL CATORCE.

EN NOMBRE DEL PUEBLO DELA REPUBLICA DEGUATEMALA, se pronunciaSENTENCIAen virtud de Recurso de Apelación Especial por motivo deFONDO, interpuesto por elMINISTERIO PUBLICO a través dela Agente Fiscal, Abogada, A.D.M.E.,en contra de la sentencia de fechadiecinueve de septiembre de dos mil trece,proferida por el Tribunal Unipersonal Séptimo de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente, dentro del proceso arriba identificado, que por los delitos de TENENCIA O PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO CON NUMERO DE REGISTRO ALTERADO, BORRADO O NO LEGALMENTE MARCADA PORLA DIGECAM YROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, que se instruye en contra del procesado W.G.G.O., y por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, que se instruye en contra del procesado C.A.S.. Los procesados antes mencionados son de generales ya conocidas en autos.

La defensa de los procesado W.G.G.O. está a cargo dela Abogada DefensoraM.Y.M.R.ydelprocesado C.A.S.A., está a cargodelabogado defensorM.S.C..

La acusación la dirige elMINISTERIO PUBLICO,por medio dela Agente Fiscal, Abogada,A.D.M.E.A. y Actor Civil: NO HAY.

DEL HECHO ATRIBUIDO:A los procesados se les señaló el hecho contenido en el memorial de solicitud de apertura a juicio y formulación de acusación.

DELA SENTENCIA DEPRIMERA INSTANCIA:El Tribunal Unipersonal Séptimo de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente,en sentencia de fechaDIECINUEVE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL TRECE, DECLARÓ: “I. Absuelto a W.G.G. del delito de Tenencia o Portación de arma de fuego con número de registro alterado, borrado o no legalmente marcada porla DIGECAM. II.Que W.G.G.O. y CRUZ A.S.A. son autoresdeldelito de ROBO AGRAVADO en grado de TENTATIVA, imponiéndoles por tal ilícito a cada uno de ellos, la pena de CUATRO (4) AÑOS DE PRISIÓN inconmutables, la cual deberán cumplir enel centrode cumplimiento de penas que ordene el Juez de Ejecución competente. III. Encontrándose ambos condenados guardando prisión preventiva, se les deja en la misma situación hasta que el fallo quede firme. IV. A salvo el derechodelagraviado para poder ejercerla Acciónreparadora en la vía civil. V. Se exime a los condenados delpago de las Costas causadas con la tramitacióndelproceso, por advertirse que no cuentan con recursos económicos para sufragar ese pago al haber hecho usodelservicio dela Defensa PúblicaPenal. V. Se...

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