Sentencia nº 1973-2016 de Juzgado de 1ª Instancia de Trabajo de Jalapa, 6 de Abril de 2017

PresidenteExhibición de Documentos
Fecha de Resolución 6 de Abril de 2017
EmisorJuzgado de Primera Instancia de Trabajo de Jalapa

06/04/2017 – LABORAL

1973-2016

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO, PREVISIÓN SOCIAL Y DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE JALAPA. Jalapa seis de abril del año dos mil diecisiete.

Se tiene a la vista para dictar sentencia el juicio ordinario laboral número veintiún mil cinco guión dos mil dieciséis guión un mil novecientos setenta y tres(21005-2016-01973), promovido por:M.M.M.,en contra deJUAN DE J.C.G., las partes son mayores de edad, hábiles para comparecer a juicio, guatemaltecas, son vecinos del municipio de Jalapa, departamento de J.. El demandante compareció bajo la dirección y procuración dea) Indemnización, b) Bonificación Anual, c) Vacaciones, d) A.; e) Bonificación Incentivo; f) Reajuste Salarial,tal como se individualiza en el apartado respectivo de la demanda. De las actuaciones se hacen los resúmenes que a continuación se describen.

RESULTA:Del contenido de la demanda:Por medio del escrito de fecha trece de octubre del año dos mil dieciséis, compareció la parte actora:M.M.M.,a demandar aJUAN DE J.C.G., en base a los siguientes: -HECHOS.A.DELA RELACIÓN LABORAL: En su escrito de demanda, indica la parte actora que inició su relación laboral con parte demandada dos de abril del año dos mil uno, siendo despedido en forma directa e injustificada el día veintinueve de agosto del año dos mil dieciséis.B. DEL TRABAJO REALIZADO y SALARIO DEVENGADO:En su escrito de demanda establece la parte actora que trabajó como agricultor, devengando un salario de novecientos sesenta quetzales mensuales.C. DE LA JORNADA DE TRABAJO:Expresa que tuvo un horario de trabajo de lunes a sábado de siete horas a doce horas.

D. DEL DESPIDO:Argumenta que fue despedido en forma verbal e injustificada, indicándole que ya no necesitaba de sus servicios, no cancelándole sus prestaciones laborales a las que tiene derecho según la ley, del período laborado del dos de abril del año dos mil uno al veintinueve de agosto del año dos mil dieciséis.

E. VIA CONCILIATORIA ADMINISTRATIVA:Indica el actor que por el despido directo del cual fue objeto y que no le cancelaron las prestaciones laborales que le corresponden, acudió a las instalaciones de la delegación del departamento de Jalapa de la Inspección de Trabajo, en donde mediante adjudicación número R guión dos mil ciento uno guión cero cero seiscientos ochenta y seis guión dos mil dieciséis de fecha ocho de septiembre del año dos mil dieciséis, se inició la vía conciliatoria administrativa, y haciendo efectivo el pago de las prestaciones el patrono en la audiencia de junta conciliatoria señalada el día veintidós de septiembre del año dos mil dieciséis, por lo que se dio por agotada la vía conciliatoria administrativa.

E. DE LAS PRESTACIONES QUE RECLAMA:En su escrito de demanda manifiesta la parte actora que reclama de la parte demandada JUAN DE J.C.G., las prestaciones laborales siguientes:1. Indemnización:Del dos de abril del año dos mil uno al veintinueve de agosto del año dos mil dieciséis, ascendiendo a la cantidad de cuarenta y cuatro mil ochocientos setenta y nueve quetzales con cuarenta y cinco centavos (Q. 44,879.45).2. B.A.:Deldos de abril del año dos mil uno al veintinueve de agosto del año dos mil dieciséis, ascendiendo a la cantidad de cuatro mil novecientos noventa y cuatro quetzales con ocho centavos (Q.4,994.08).3. A.:Del dos de abril del año dos mil uno al veintinueve de agosto del año dos mil dieciséis, ascendiendo a la cantidad de cuatro mil novecientos noventa y cuatro quetzales con ocho centavos (Q. 44,994.08).4.Vacaciones:Del dos de abril del año dos mil uno al veintinueve de agosto del año dos mil dieciséis, ascendiendo a la cantidad de seis mil doscientos cuarenta y dos quetzales con sesenta centavos (Q. 6,242.60).5. Bonificación Incentivo:Del dos de abril del año dos mil uno al veintinueve de agosto del año dos mil dieciséis, ascendiendo a la cantidad de seis mil ochenta quetzales con noventa centavos (Q.6080.90).6. Reajuste Salarial:Del año dos mil dieciséis, la cantidad de doce mil setenta y cuatro centavos con cuarenta centavos (Q. 12074.40); del año dos mil quince, la cantidad de diecisiete mil doscientos trece quetzales con cuarenta centavos (Q. 17213.40); del año dos mil catorce, la cantidad de cinco mil cuatrocientos veintiséis quetzales con veinticinco centavos (Q.5426.25). En total la cantidad que reclama la parte actora en concepto de prestaciones laborales descritas y reajuste salarial, suma:ciento un mil novecientos cinco quetzales con dieciséis centavos (Q. 101,905.16).

OFRECIMIENTO DE MEDIOS DE PRUEBA:La parte actora en su escrito de demanda ofreció como medios de prueba los siguientes:a) Confesión Judicial; b) Declaración de Testigos; c) Reconocimiento Judicial; d) Documentos: 1.Adjudicación número R guión dos mil ciento uno guión cero cero seiscientos ochenta y seis guión dos mil dieciséis de fechas ocho de septiembre y veintidós de septiembre ambas del dos mil dieciséis.2.Cálculo de prestaciones laborales elaborado porla DirecciónDepartamentaldel Ministerio de Trabajo y Previsión Social de J. a nombre de M.M.M., de fecha trece de octubre del año dos mil dieciséis.e) Exhibición de documentos: 1.Contrato individual de trabajo que deberá presentar la parte demandada en la audiencia de juicio oral laboral.2.Recibos firmados por el demandante que demuestren fehacientemente el salario mensual que percibía durante el tiempo laborado, presentado por la parte demandada.3.Recibos firmados por el demandante que demuestren que lo reclamado fue pagado, presentados por la parte patronal.f) presunciones legales y humanasque del presente juicio se deriven.

DEL TRAMITE DEL PRESENTE JUICIO:El Juzgador al recibir la demanda procedió a analizar la misma y al encontrarla ajustada a derecho le dio el trámite correspondiente, señalando la audiencia del día dieciséis de febrero del año dos mil diecisiete, a las ocho horas con treinta minutos, para la celebración del juicio oral laboral de las partes.

RESULTA:De la audiencia señalada para el Juicio Oral Laboral de las partes.En la audiencia señalada por este Juzgado para el día dieciséis de febrero...

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