Sentencia nº 4141-2016 de Corte de Constitucionalidad, 21 de Febrero de 2017

PonenteJairo René Amézquita Villatoro
Fecha de Resolución21 de Febrero de 2017
Número de expediente4141-2016
Nº de Gaceta123
Tipo de expedienteAmparo en Única Instancia
Sentido del falloSin Lugar -Ausencia de agravio
Tipo de antecedentePenal -Procedimiento común - Delitos de acción pública

AMPARO EN ÚNICA INSTANCIA EXPEDIENTE 4141-2016CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD, EN CALIDAD DE TRIBUNAL EXTRAORDINARIO DE AMPARO:Guatemala, veintiuno de febrero de dos mil diecisiete. Se tiene a la vista para dictar sentencia, la acción constitucional de amparo en única instancia promovida por J.R.A.V., contra la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal. El postulante actuó con el patrocinio del abogado defensor público E.E.E.C.. Es ponente en el presente caso la Magistrada Vocal IV, G.P.P.E., quien expresa el parecer del Tribunal. ANTECEDENTESI. EL AMPAROA) Solicitud y autoridad:presentado el diecisiete de agosto de dos mil dieciséis, en esta Corte.B) Acto reclamado:resolución de cuatro de julio de dos mil dieciséis, emitida por la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal, por la que rechazóin límine, el recurso de casación por motivo de fondo interpuesto por el ahora amparista, contra la sentencia de veinticinco de mayo de dos mil dieciséis emitida por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del ramo Penal, N. y delitos contra el Ambiente, por la que no acogió la apelación especial que planteó dentro del proceso penal incoado en su contra por el delito de Asesinato.C) Violaciones que denuncia:a los derechos de defensa y a recurrir.D) Hechos que motivan el amparo:de lo expuesto por el postulante y del estudio de los antecedentes, se resume:D.1) Producción del acto reclamado:a)el Tribunal Primero de Sentencia Penal, N. y Delitos contra el Ambiente, del municipio de Mixco, departamento de Guatemala, declaró a J.R.A.V. responsable de la comisión del delito de Asesinato, imponiéndole la pena de veinticinco años de prisión;b)contra dicha resolución, el procesado planteó recurso de apelación especial por motivos de forma y fondo, el cual no fue acogido por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del ramo Penal, N. y Delitos contra el Ambiente;c)contra el referido fallo, interpuso recurso de casación por motivo de fondo ante la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal -autoridad denunciada-, que en resolución de cuatro de julio de dos mil dieciséis –acto reclamado–, lo rechazóin limine.D.2)Agravios que reprocha al acto reclamado:estimó que la autoridad objetada, transgredió los derechos enunciados, ya que emitió una resolución contraria a los principios establecidos en la Constitución Política de la República de Guatemala, requiriendo cuestiones que no están previstas en la ley, enervando el derecho a impugnar.D.3) Pretensión:solicitó que se otorgue el amparo y como consecuencia, se deje en suspenso la resolución que constituye el acto reclamado, y se ordene a la autoridad cuestionada, dictar nueva resolución y continuar con el trámite respectivo dentro del recurso de casación interpuesto. E) Uso de procedimientos y recursos:ninguno.F) Casos de procedencia:invocó los contenidos en las literales a), b), c), d) y e) del artículo 10 de la Ley de A., Exhibición Personal y Constitucionalidad.G) Leyes que estima violadas:citó los artículos , 12, 265 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 8 apartado 2), literal h) de la Convención Americana de Derechos Humanos y 14.4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. II. TRÁMITE DEL AMPAROA) A. provisional:no se otorgó.B) Terceros interesados: a)E.E.E.C. –abogado patrocinante–; yb)Ministerio Público C) Remisión de antecedente:expediente de casación 01004-2016-00749 de la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal.D) Medios de comprobación:en auto de veintisiete de septiembre de dos mil dieciséis, esta Corte prescindió...

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