Sentencia nº 2198-2013 de Corte de Constitucionalidad, 20 de Septiembre de 2013

PonenteFernando Aguilar Heck
Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2013
Número de expediente2198-2013
Nº de Gaceta109
Tribunal de amparo de primer gradoJuzgados de Primera Instancia Civil -Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil del departamento de Guatemala
Tipo de expedienteApelación de Sentencia de Amparo
Tipo de antecedenteCivil

APELACIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO EXPEDIENTE 2198-2013 CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, veinte de septiembre de dos mil trece. En apelación y con sus antecedentes, se examina la sentencia de seis de mayo de dos mil trece, dictada por el Juez Tercero de Primera Instancia Civil del departamento de Guatemala, constituido en Tribunal de A., en la acción constitucional de amparo promovida por F.A.H. contra la Asociación de Educación y Cultura “A.V.H.”. El postulante actuó con el patrocinio de la abogada A.L.P. de O.. Es ponente en el presente casola Magistrada VocalII, G.P.P.E.,quien expresa el parecer de este Tribunal. ANTECEDENTESI. EL AMPAROA) Interposición y autoridad:presentado el cinco de diciembre de dos mil doce, en el Centro de Servicios Auxiliares de la Administración de Justicia y, posteriormente, remitido al Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil del departamento de Guatemala.B) Acto reclamado:la sanción impuesta al postulante en cuanto a la pérdida de la calidad de asociado activo de la Asociación de Educación y Cultura A.V.H., resultando la cancelación de su membresía en los registros de la misma entidad, decisión adoptada en punto catorce del acta un mil seiscientos setenta y cuatro (1674) de la Sesión Ordinaria de la Junta Directiva de la Asociación mencionada el veinte de septiembre de dos mil doce.C) Violaciones que denuncia:a los derechos de acción, defensa, propiedad y libre acceso a los tribunales de justicia, así como al principio jurídico del debido proceso.D) Hechos que motivan el amparo:de lo expuesto por el solicitante se resume:D.1) Producción del acto reclamado: a)la Asociación de Educación y Cultura A.V.H., es propietaria del Colegio Alemán de Guatemala y del Club Alemán, del cual ha sido asociado activo, habiendo participado como miembro del Consejo de Administración del referido colegio y de la Junta Directiva de la misma;b)en el mes de mayo de dos mil once, tuvo un problema con uno de sus hijos y el citado Colegio, a quien se le hacía responsable por unos actos cometidos en dicha institución, llegando hasta expulsarlo del citado centro educativo;c)por lo que en uso de su derecho de defensa hizo valer todos los recursos administrativos a su alcance, para que no se llevara a cabo la sanción impuesta contra su hijo, acudiendo a los órganos de la Asociación mencionada para resolver su asunto, sin que recibiera respuesta positiva;d) al no obtener ayuda de las autoridades de la asociación e incluso ser advertido por el actual Presidente de esta que, “debían pagar por el mal que le habían hecho a su familia”, acudió a los tribunales correspondientes y el cinco de enero de dos mil doce, el Juez de Primera Instancia de la Niñez y Adolescencia del Área Metropolitana, dictó sentencia en el proceso de protección que inició contra la referida asociación, ordenando a esta: “i)la reinscripción de su hijo,ii)darle tratamiento psicológico,iii) mantenerlo en la institución educativa, yiv)abstenerse de cualquier represalia contra él o sus hermanos”;fallo confirmado en alzada el doce de marzo de dos mil doce, por la Sala de la Corte de Apelaciones de la Niñez y Adolescencia;e)la Asociación demandada se negó a cumplir lo resuelto aduciendo que había obtenido una medida de seguridad contra su hijo y otros adolescentes decretada por un Juez de Paz Móvil, la cual fue dejada sin efecto en el mes de agosto de dos mil doce, por el Juez Segundo de Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal, el que también decretó el sobreseimiento de ese proceso;f)en el mes de julio de dos mil doce, en una clara represalia en su contra, se inició procedimiento sancionatorio acusándolo de violar los estatutos de la Asociación por haber enviado una carta al Embajador de Alemania en Guatemala, cuando en la misma, lo que había solicitado era la intervención de dicha autoridad para solucionar el problema anteriormente mencionado; yg)posteriormente, se emitió la sanción consistente en la pérdida de la calidad de asociado activo, la cancelación de su membresía de la Asociación y la negativa a permitirles a él y a sus hijos el ingreso al Club Alemán, incluso ni como invitados de otros socios, lo que constituye el acto reclamado.D.2) Agravios que se reprochan al acto reclamado:el accionante señaló que se vulneraron sus derechos y principio jurídico enunciados, porque:a)no obstante que la asociación objetada debía abstenerse de realizar cualquier represalia, ignoró lo ordenado, inició procedimiento disciplinario en su contra por supuestas violaciones a los Estatutos de la Asociación y emitió la sanción cuestionada, por haber ejercitado su derecho de solicitar ayuda para solucionar el problema de su hijo, sin que con ello constituyera vulneración estatutaria;b)indica el postulante que en el procedimiento de sanción debe de rendirse un dictamen por parte de...

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