Punto 12°, Acta Número 25-2013 Sesión Ordinaria

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Junio de 2013

CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA CATARINA PINULA,

DEPARTAMENTO DE GUATEMALA

PUNTO 12°, ACTA NÚMERO 25-2013

SESIÓN ORDINARIA, DE FECHA 30 DE MAYO DEL AÑO 2013.

CONSIDERANDO:

Que lo Municipalidad de Santa Catarina Pínula, por intermedio del Juzgado de Asuntos Municipales y de Tránsito, ha resguardado vehículos consignados en el predio municipal o conductores y/o propietarios que no observaron, violaron o interrumpieron los disposiciones de la ley de Tránsito y su Reglamento;

CONSIDERANDO:

Que con fecho seis de diciembre del año dos mil doce según punto octavo del acta cincuenta y uno guión dos mil doce de lo sesión ordinario celebrada por el Concejo Municipal se acuerda fijar la tosa municipal por concepto de resguardo de vehículos consignados en predio municipal;

CONSIDERANDO:

Que el Código Municipal faculta al Concejo Municipal para resolver, con el voto favorable de los dos terceras (2/3) partes del total de los miembros que lo integran, la condonación o la rebaja de multas y recargos por falta de pago de arbitrios, tasas y otras contribuciones y derechos, siempre que lo adeudado se cubra en el tiempo que se señale:

POR TANTO:

Con base en lo considerado y en lo que paro el efecto preceptúan los artículos 253, 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 3, 35, 100, 101, 105, 106 del Código Municipal, 45 de la Ley de Tránsito y 176, 188, 189, 190 de su reglamento:

ACUERDA:

ARTÍCULO 1. Exonerar a partir de la vigencia del presente Acuerdo hasta el treinta y uno de julio del presente año, el cincuenta por ciento que corresponde a la tasa municipal por resguardo de vehículos...

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