Sentencia nº 63-2009 de Juzgado de 1ª Instancia de Trabajo de Quetzaltenango, 17 de Septiembre de 2009

Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2009
EmisorJuzgado de Primera Instancia de Trabajo de Quetzaltenango

17/09/2009 – LABORAL

63-2009

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Y ECONOMICO COACTIVO: QUETZALTENANGO –DIECISIETE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE ;

Se tiene a la vista para dictar sentencia, el proceso arriba identificado, promovido porZ.M. CALDERONR.quien es vecinodel municipio de

la

Cuyotenango

departamento de Suchitepequezconla asesoria del abogadoC. BorromeoSacalxotV.en contra de BANCO AGROMERCANTIL DE GUATEMALA SOCIEDAD ANONIMApor medio de su representante legaly actuócon la asesoria de laabogadaSARAMARIA ESTRADA ARTOLAypor

la Inspección

de Trabajo la delegada de la misma M.E.; MoirA..

DE

LA CLASE Y

TIPO DE PROCESO Y OBJETO SOBRE EL QUE VERSO:

La clase de proceso es ordinario laboral, y su tipo es de cognición o conocimiento, se pretende por medio del mismo el pago de a)Indemnización b)vacaciones c)A. d) Bonificación Anual para Trabajadores del sectorprivado y publico ; e) Salarios retenidos de siete díasy dañosy perjuicios.

RESUMEN DE

LA DEMANDA

:

La parte demandante al presentar su demanda indicó: a) Que inició su relación laboral con la demandada elDIA DIECINUEVE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL OCHOPOR MEDIO DE CONTRATO ESCRITOb) Que desempeñó el trabajoAUXILIAR DE SERVICIO AL CLIENTEcon la demandada ; c) Que su jornada de trabajo fuedeespecialMIÉRCOLES JUEVES Y VIERNES ,de cada semana con un horario deocho ymedia de la mañanaa veinte horas,y laboraba un DOMINGOalternohorario de ocho y media de la mañanaa diecinueve horas ; ; d) Que durantelos últimos seis mesesde relación laboral devengo un salario deDOS MIL CIENTO OCHO QUETZALESe) Que la terminación de la relación laboral se dio el díaVEINTIDÓS DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHOen forma directae injustificada.

RESUMEN DE

LA CONTESTACIÓN DE

DEMANDA, RECONVENCIÓN, EXCEPCIONES OPUESTAS O INTERPUESTAS

La parte de mandada por medio de su abogada en la calidadcon que actúacontesta la demandaen sentido negativo e interpone excepciónperentoriade prescripción; a) de la excepciónperentoria de prescripción, afrma que de conformidad con la ley es el mediode librarsede una obligación,en el transcurso del tiempo en el presente caso,de conformidad con el articulo 260del código de trabajo, la actoratenia el derecho de acudir ante los órganos jurisdiccionales,en caso dedespidoen contra de su patrono,en el plazo de treinta dias,a partir de la fecha de la terminación laboral , en le presenta caso la actor no acudióaun sin tenerla razón a reclamarde la entidad que es parte demandada en esteproceso,el pago de indemnizaciónpor pagode servicio , dentro del plazo,ya que como constaen dos actas de adjudicaciónemitidas por

la Inspección General

de Trabajode este departamento ,de fechaocho de enero del año dos mil nueve, y veintiséis de enero del año en cursola actora reclama a una entidad distinta a la ahora demandadael pago de sus prestaciones laborales,incluyendo la indemnización por lo que es evidente,que su derecho de reclamar a prescrito,puesto que para poderpromover estejuicio48 diashábiles después de terminacióndebía acudir a la inspección general de Trabajoo ante este órgano para interrumpir la prescripcióny cabe citar como lo dice el doctor V.L. derecho mercantil guatemalteco,las entidades se identificancon una denominación social ,para lo que fuera vinculante la gestión que hizo la actoraante la inspeccion de Trabajo de este departamento debíadirigirse estaa Banco AgromercantilDeGuatemala S.A,quien es demandada en esteprocesoen lo que se deduce quela acción perentoriade proscripción es procedente, .por lo que se establece que haprescrito el derecho de reclamar de la actora la prestación de indemnización. De la contestación de la demandaen sentidonegativo, La indemnización por tiempo en servicioque reclama la actora a Banco Agromercantil De Guatemala S.A,ya ha prescritoy no le corresponde, en virtudque fue despidida por la demandadael veintidós de diciembre del año dos mil ocho,por haber participado en la comisión de un hecho delictivo,tal como le fue comunicado en la carta que se le diocon la terminación de la relacion laboralmisma que obra dentro del presente proceso,pues permitiócon el uso de su codigode usuarioque le había sido asignadoque elseñor F.; BolR.realizara una consultaen la cuenta del señor Justo rolando Pérez,que permite tenerdatos del cliente,el dia diecinueve de noviembredel año dos mil ocho , cuando laboraban ambos lo que permitodos horas mas tardesuplantando la identidad del clientequese cometiera el ilicitosustrayendo la cantidad de trescientos cincuenta mil quetzalesde su cuenta bancaria,y por lo que la entidad demandada tuvo quereintegrar al cuenta habiente mencionado,y portal la razón la demandada seopone al pagode indemnización que pretende la actora,yque el codigo de trabajo en el articulo 77literal d),y cabe indicar que la actora es sujeto de un proceso penal. En Relación a las prestaciones irrenunciables ,la entidad demandadaen buena fe a propuesta a la parte actorael pago de las mismaspor la cantidad de mil setecientossesenta y dos quetzales con veintidós centavos, (Q1762.22) y por locual debe de tenerse contestada la demanda en sentido negativo parcialmenteypor interpuesta la excepción perentoria de prescripción,enconcepto de prestaciones irrenunciables ; sueldoordinario para los dias laboradospor la cantidad detrescientos quetzales (Q300.00)en concepto de prestaciones anticipadasla cantidad decien quetzales con treinta y tres centavos( Q100.33)en concepto de prestaciónbonificación anual para trabajadores del sector privado y publico setecientos sesenta y seisquetzales con sesenta y siete centavos (Q 766.67)concepto de vacaciones la cantidad deochenta y cinco quetzales con trece centavos ( Q85.13)bonificación incentivo la cantidad de 58.00. Cantidad que debe descontarse el pago del igss, dieciséis quetzales con noventa yun centavo Q(6.91 ;

HECHOS SUJETOS A PRUEBA:

En el presente caso lo fueron: a) existencia de relación laboral entre el actor yeldemandado; b) si inició su relación laboral con lademandada el díaDIECINUEVE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL OCHO;c) si desempeñó el trabajo de AUXILIARDE SERVICIO AL CLIENTEen estaciudadc) Si su jornada de trabajo fue especialMIÉRCOLES JUEVES Y VIERNES ,de cada semana con un horario deocho ymedia de la mañanaa veinte horas,y laboraba un DOMINGOalternohorario de ocho y media de la mañanaa diecinueve horas ; d) Si durante los últimos seis mesesdevengó un salario deDOS MIL CIENTO OCHO QUETZALESe) Si la terminación de la relación laboral se dio el día el díaDIECINUEVE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CHO por despidoen forma Directa e injustificado f) Si la parte demandada al momento de despedirincumplio con el pagodeindemnizacióny daños yperjuicios; g)Si al actorse le adeudael pagode las prestacionesirrenunciablesque reclama; h) Si a la actora le prescribió el derecho para demandar el pago de indemnización y daños y perjuicios;i) Si la actora cometió falta laboral que facultaba a su expatrono a despedir sin responsabilidad de su parte;h) Si la actora cometió las faltas de los inciso d) g) y k) del articulo 77 del Código de Trabajo.

PRUEBAS APORTADAS AL JUICIO:

A) Presentadas por elactor;a)Confesión judicial; b)copia del contrato de trabajo c) adjudicaciones numerasc seis guióntreceguión dos mil nuevede fecha ocho y veintiséis de enero ambas del año dos mil nueve. d) Carta de despidodel banco empleadorde fechaveintidós de diciembre del año dos mil nueve,e) Exhibición de video filmado en el lugar de trabajo; f) Presunciones legales;

B) medios de prueba del demandado a) Confesión Judicial de la parte actora;b) copia del contrato de trabajo; c) Copia de las adjudicaciones c6-13-2009 de fechas 8 de enero del año d dos mil nueve y 26 de enero del año dos mil nueve; d) Informe de Informática del Banco demandado; e) Informe del Ministerio Publico; f) Informe de Auditoria Interna; g) Declaración testimonial del Jefe de Agencia;h) Grabación en C D del de las imágenes captadas en el interior de

la Agencia Pradera

Xela, del 19 de noviembre del año 2008; i) Presunciones legales y humanas que de los hechos probados se deriven

CONSIDERACIONES DE DERECHO QUE H.M. DEL VALOR DE LAS PRUEBAS RECIBIDAS Y APORTADAS AL JUICIO POR LAS PARTES:

CONSIDERANDO:

Que establece la leyque recibidas las pruebas el Juez debe proceder a dictar sentencia, y que éstas se dictaran en forma clara y precisa, haciéndose en ellas las declaraciones que procedan y sean congruentes con la demanda, condenando o absolviendo total o parcialmente al demandado y decidiendo todos los puntos litigiosos que hayan sido objeto de debate. Que salvo disposición expresa en este Código y con excepción de los documentos públicos y auténticos de la confesión judicial y de los hechos que personalmente compruebe el juez, cuyo valor deberá estimarse de conformidad con las reglas del código de Enjuiciamiento Civil y Mercantil, la prueba se apreciara en conciencia, pero al analizarla el juez obligatoriamente consignara los principios de equidad o de justicia en que funde su criterio.En el presente caso la parte actora demanda el pago de prestaciones laborales por despido directo, En la audiencia señalada para el efecto la parte demandada a través de su R.L., contesto la demanda en sentido...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex