Sentencia nº 839-2008 de Sala 3ª de la Corte de Apelaciones de Trabajo, 29 de Enero de 2009

Fecha de Resolución29 de Enero de 2009
EmisorSala Tercera de la Corte de Apelaciones de Trabajo

29/01/2009 – LABORAL

839-2008

SALA TERCERA DE

LA CORTE

DE

APELACIONES DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL. Guatemala, veintinueve de enero de dos mil nueve.

En apelación y con sus antecedentes se examina la sentencia de fecha uno de septiembre de dos mil ocho, dictada por el Juzgado Séptimo de Trabajo y Previsión Social de

la Primera

Zona

Económica, en el proceso ordinario laboral identificado con el número cuatro mil ciento once guión dos mil seis, promovido por M.E.A.;valoA. en contra de la entidad Abbott Laboratorios, Sociedad Anónima, en al que DECLARA: I) Con lugar parcialmente la demanda ordinaria laboral promovida por M.E.A.;valoA. en contra de la entidad Abbott Laboratorios, Sociedad Anónima en lo que respecta a las reclamaciones de: Indemnización, A., Vacaciones, Bonificación anual para los trabajadores del sector público y privado, Salarios pendientes, Bonificación incentivo, Incentivo sobre ventas del mes de junio de dos mil seis; II) En consecuencia se condena a la entidad demandada a pagar dentro de tercero día de encontrarse firme el presente fallo las siguientes prestaciones: a) Por indemnización: la suma de: ciento cuarenta y dos mil seiscientos setenta y dos quetzales con cincuenta y un centavos; b) Por vacaciones: la suma de: cuatro mil trescientos ochenta y siete quetzales con noventa y cinco centavos; c) Por aguinaldo: la suma de: diez mil doscientos veintidós quetzales con cuarenta y siete centavos; d) Bonificación anual para los trabajadores del sector público y privado: la suma de: diecisiete mil cuatrocientos cincuenta y cinco quetzales con treinta y cuatro centavos; e) Bonificación incentivo: la suma de: treinta y tres quetzales con treinta y dos centavos; f) Por incentivo sobre ventas del seis de junio de dos mil seis: la suma de cuatro mil quinientos quetzales exactos; por las razones antes consideradas; III) Se condena a la entidad demandada al pago de daños y perjuicios, por las razones antes consideradas; IV) Sin lugar parcialmente la demanda ordinaria laboral promovida por M.E.A.;valoA. en contra de la entidad Abbott Laboratorios, Sociedad Anónima en lo que respecta a las reclamaciones de Ventajas económicas, Horas extras, Depreciación vehicular pendiente de liquidar, factura serie M guión cero uno número cuarenta y tres mil ciento noventa y cinco por la cantidad de cuatro mil cuatrocientos ochenta y cinco quetzales por concepto de llantas, reintegro de gastos de gasolina y atención a médicos y reintegro del valor por transmisión telefónica por las razones antes consideradas; IV) En consecuencia se absuelve a la entidad demandada al pago de dichas reclamaciones formuladas por la actora y por las razones antes consideradas; V) Notifíquese.

DE LO ACTUADO EN ESTA...

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