Sentencia nº 359-2009 de Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Retalhuleu - Civil y Mercantil de 26 de Abril de 2010

Fecha de Resolución26 de Abril de 2010
EmisorSala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Retalhuleu

26/04/2010 – CIVIL

359-2009

SALA REGIONAL MIXTA DE

LA CORTE DE

APELACIONES DE RETALHULEU, Retalhuleu, veintiséis de abril de dos mil diez.

En Apelación y con sus respectivos antecedentes, se examina

la

SENTENCIA

de fecha treinta de agosto de dos mil nueve, pronunciada por

la Juez

de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo de Suchitepéquez, dentro del Juicio SUMARIO DE DESOCUPACION registrado en ese juzgado con el número trescientos veinticinco guión dos mil ocho, oficial quinto, promovido por R.P. (sin otro nombre y apellido) contra MATEA MUY (sin otro nombre y apellido).

RESUMEN DE

LA SENTENCIA IMPUGNADA

:

Mediante dicho fallo la funcionaria de merito, al resolver, DECLARÓ: I. CON LUGAR

LA DEMANDA SUMARIA

DE DESOCUPACION, promovida por el señor RICARDO PAPA (único nombre y apellido) en contra de MATEA MUY (único nombre y apellido); II. En consecuencia se ORDENA

LA

DESOCUPACION DE

LOS INMUEBLES RUSTICOS consistentes en: UN LOTE NUMERO nueve, ubicado en el sector

La Ceiba

del municipio de San Pablo Jocopilas, del departamento de Suchitepéquez, con la extensión de dieciséis cuerdas, MISMO QUE PERTENECE A

LA FINCA RUSTICA

NUMERO CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA (4,380) FOLIO: DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS (292) DEL LIBRO: TRECE (13) de bienes de la nación de suchitepéquez, INCLUYENDOSE EN

LA PRESENTE

CESION

UN LOTE CON

LA

EXTENSION DE

VEINTE POR VENTE VARAS CUADRADAS, inmueble que se encuentra ubicado en el sector denominado ESCUELA VIEJA DE

LA ALDEA

CHOCOLA

DEL MUNICIPIO DE SAN P. JOCOPILAS, que ocupa actualmente la demandada, fijándosele el plazo de quince días, y en caso de negativa, se le hace el apercibimiento a la demandada que se ordenará su lanzamiento a su costa; III) No se hace especial condena en consta (sic) a la parte demandada.

HECHOS RELACIONADOS EN

LA SENTENCIA APELADA

:

Las resultas de la sentencia de primer grado se encuentran congruentes con las constancias procesales, por lo que no se hace ninguna modificación o rectificación al respecto.

PUNTO OBJETO DEL JUICIO:

a .-) Establecer si la demandada debe desocupar el inmueble objeto de la litis; b.-) Establecer si le asiste a la parte actora el derecho de demandar la efectiva desocupación de los inmuebles.

EXTRACTO DE LAS PRUEBA APORTADAS Y ALEGACIONES DE LAS PARTES:

DOCUMENTAL: a.- Primer testimonio de la escritura pública...

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