Sentencia nº 2846-2011 de Corte de Constitucionalidad, 17 de Noviembre de 2011

Fecha de Resolución17 de Noviembre de 2011
Número de expediente2846-2011

APELACIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO EXPEDIENTE 2846-2011 CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, diecisiete de noviembre de dos mil once. En apelación y con sus antecedentes, se examina la sentencia de trece de junio de dos mil once, dictada por la Corte Suprema de Justicia, Cámara de Amparo y A., en la acción de amparo promovida por L.A.L.D., R.E. De León Montiel, C.J.S.C.P. y R.R.S.C., contra la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente. El postulante actuó con el patrocinio del abogado defensor público R.O.G.V.. Es ponente en este caso el Magistrado Vocal III, R.M.B., quien expresa el parecer del Tribunal. ANTECEDENTES I. EL AMPARO A) Interposición y autoridad: presentado el dieciséis de marzo de dos mil once, en la Corte Suprema de Justicia, Cámara de Amparo y A.. B) Acto reclamado: sentencia de dieciséis de febrero de dos mil once, que acogió el recurso de apelación especial por motivo de forma interpuesto por el Ministerio Público, y anuló el fallo emitido por el Tribunal de Sentencia ordenando el reenvío para la celebración de un nuevo debate. C) Violaciones que denuncia: a los principios jurídicos del debido proceso y de intangibilidad de la prueba. D) Hechos que motivan el amparo: de lo expuesto por el postulante y del estudios de las constancias procesales se resume: D.1) Producción del acto reclamado: a) se inicio proceso penal contra L.A.L.D., R.E. De León Montiel, C.J.S.C.P. y R.R.S.C., ante el Juez Segundo de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del departamento de Guatemala, por los delitos de Transporte y/o traslado ilegal de armas de fuego, Tenencia o portación de arma de fuego con número de registro alterado, borrado o no legalmente marcada por la DIGECAM, Conspiración y Asociación ilícita; b) el Tribunal Segundo de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del departamento de Guatemala, dictó sentencia absolutoria; y c) el Ministerio Público interpuso recurso de apelación especial por motivo de forma y la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, acogió el recurso y anuló la sentencia ordenando el reenvío de las actuaciones para la celebración de un nuevo debate. D.2) Agravios que se reprochan al acto reclamado: los postulantes manifiestan que la autoridad impugnada conculcó sus derechos constitucionales, ya que no respetó los principios de identidad al no determinar con exactitud quienes portaban las armas de fuego, así como el de intangibilidad de la prueba al valorar las pruebas diligenciadas en el debate al estimar que existió injusticia notoria por parte del Tribunal de Sentencia por considerar persona especial a uno de los sindicados y favorecer a los demás y basar su decisión injustificadamente en que el Tribunal de Sentencia no cumplió con las reglas del sistema de la sana crítica razonada, ya que de la investigación del Ministerio Público no se pudo determinar quien o quienes de los imputados portaban las armas de fuego y por ese motivo el referido tribunal no pudo derivar ninguna responsabilidad contra los acusados, porque de hacerlo hubiese contravenido el principio de imputación objetiva. D.3) Pretensión: solicitó que se declare con lugar la acción constitucional instada y se deje sin efecto la resolución que

constituye el acto reclamado. E) Uso de procedimientos y recursos: ninguno. F) Caso de procedencia: invocó los contenidos en los...

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