Sentencia de Corte de Constitucionalidad (Expediente nº 3990-2022), 26-04-2023

Número de expediente3990-2022
Fecha26 Abril 2023
EmisorCorte Constitucional (Guatemala)
Tipo de RecursoApelación de Sentencia de Amparo
Expediente 39902022
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CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUATEMALA, C.A.
EXPEDIENTE 39902022
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, veintiséis de abril de dos mil
veintitrés.
En apelación y con sus antecedentes, se examina la sentencia de
veintiuno de abril de dos mil veintidós, emitida por la Corte Suprema de Justicia,
Cámara de A. y A., en la acción constitucional de amparo promovida
por B..P..A..V. contra la Sala Primera de la Corte de
Apelaciones de Trabajo y P.isión Social. La postulante actuó bajo su propio
auxilio y con el patrocinio del abogado N.E.M.S.. Es
ponente en el presente caso la Magistrada Vocal II, L.S.L.s A.,
quien expresa el parecer de este T.al.
ANTECEDENTES
I. EL AMPARO
A) Interposición y autoridad: presentado el diecisiete de marzo de dos mil
veinte, en el Juzgado de Paz Penal de Faltas de Turno del municipio y
departamento de Guatemala y, posteriormente, remitido a la Sección de A.
de la Corte Suprema de Justicia. B) Acto reclamado: sentencia de nueve de abril
de dos mil diecinueve proferida por la autoridad cuestionada, que declaró sin
lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y con lugar
parcialmente el recurso de apelación que interpuso la actora contra el fallo
emitido por el Juzgado Octavo de Trabajo y P.isión Social del departamento de
Guatemala y, como consecuencia, modificó el fallo impugnado en el sentido que
también condenó a la Asociación demandada al pago de la bonificación incentivo,
por todo el tiempo que duró la relación laboral; dejando incólume las
declaraciones que en primera instancia se efectuaron dentro del juicio ordinario
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REPÚBLICA DE GUATEMALA, C.A.
laboral que B..P..A..V. (postulante) promovió contra la
Asociación Pro Bienestar de la Familia de Guatemala APROFAM. C)
Violaciones que denuncia: a los derechos de defensa y al trabajo. D) Hechos
que motivan el amparo: lo expuesto por la postulante y lo que consta en las
actuaciones se resume: D.1) Producción del acto reclamado: a) ante el
Juzgado Octavo de Trabajo y P.isión Social del departamento de Guatemala,
B.P..e.A..V. promovió juicio ordinario laboral contra la Asociación
Pro Bienestar de la Familia de Guatemala APROFAM, en el que reclamó el
pago de indemnización, prestaciones laborales, daños y perjuicios y costas
judiciales, por haber laborado en el puesto de Asistente Legaldesde el doce de
marzo de dos mil doce al quince de octubre de dos mil quince, fecha en que
finalizó su relación laboral de manera directa e injustificada; b) la parte
demandada contestó la demanda en sentido negativo y planteó reconvención;
asimismo interpuso las siguientes excepciones perentorias: “de prescripción de
aguinaldo”, “de prescripción de la bonificación anual para los trabajadores del
sector privado y público” y “de prescripción de la bonificación incentivo” [según
consta en el resumen de la “contestación de demanda” efectuado por el J. de
conocimiento, en la sentencia de primera instancia ordinaria que obra a partir de
los folios electrónicos uno (1) al catorce (14) del expediente digital remitido por la
Sala Primera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y P.isión Social]; c) el
Juzgado de mérito, al resolver, declaró con lugar parcialmente la demanda
ordinaria laboral relacionada y, como consecuencia, condenó a la entidad
demandada al pago de aguinaldo, bonificación anual para los trabajadores del
sector privado y público, vacaciones del período del doce de marzo de dos mil
doce al quince de octubre de dos mil quince y salario pendiente de pago del uno

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