Sentencia de Corte de Constitucionalidad (Expediente nº 4095-2022), 26-04-2023

Número de expediente4095-2022
Fecha26 Abril 2023
EmisorCorte Constitucional (Guatemala)
Tipo de RecursoApelación de Sentencia de Amparo
Expediente 40952022
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CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUATEMALA, C.A.
EXPEDIENTE 40952022
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, veintiséis de abril de dos mil
veintitrés.
En apelación y con sus antecedentes, se examina la sentencia de tres de
marzo de dos mil veintidós, emitida por la Corte Suprema de Justicia, Cámara de
Amparo y A.o, en la acción constitucional de amparo promovida por el Instituto
Guatemalteco de Seguridad Social, por medio de su Mandatario Especial Judicial y
Administrativo con R.sentación, W.R.B...S., contra la Sala
Regional Mixta de la Corte de Apelaciones del departamento de Izabal. El postulante
actuó bajo el patrocinio del abogado Fernando H.ldo Santos Recinos. Es ponente
en el presente caso la Magistrada Vocal II, L..S.L.A., quien
expresa el parecer de este Tribunal.
ANTECEDENTES
I. EL AMPARO
A) Interposición y autoridad: presentado el seis de agosto de dos mil dieciocho, en
la Sección de Amparo de la Corte Suprema de Justicia. B) Acto reclamado:
sentencia de trece de julio de dos mil dieciocho, proferida por la autoridad
cuestionada, que confirmó el fallo emitido por el Juzgado de Primera Instancia de
Trabajo y Previsión Social del departamento de Izabal y, como consecuencia
condenó al Instituto demandado al pago de indemnización, bonificación anual para
trabajadores del sector privado y público, diferido de junio, vacaciones, (todos por
periodos parciales respecto de los pedidos) daños y perjuicios y costas judiciales,
dentro del juicio ordinario laboral que C.s Armando Flores Chávez promovió
contra el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social. C) V.iones que denuncia:
a los derechos de defensa y a una tutela judicial efectiva, así como a los principios
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jurídicos del debido proceso, de congruencia, de seguridad y certeza jurídicas. D)
Hechos que motivan el amparo: lo expuesto por el postulante y lo que consta en
las actuaciones se resume: D.1) Producción del acto reclamado: a) ante el
Juzgado de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social del departamento de
Izabal, Carlos A.o F..C. promovió juicio ordinario laboral en su contra,
en el que reclamó el pago de indemnización, bonificación anual para trabajadores
del sector privado y público, diferido de junio, vacaciones correspondientes al período
comprendido del uno de enero de dos mil quince al dieciocho de diciembre de dos
mil quince, daños y perjuicios y costas judiciales, por haber laborado en dicho
Instituto desde el diez de noviembre de dos mil diez al dieciocho de diciembre de dos
mil quince, fecha en que finalizó su relación laboral de manera indirecta e
injustificada; b) la parte demandada contestó la demanda en sentido negativo y
planteó excepción perentoria de inexistencia de obligación para acceder al pago de
las reclamaciones reclamadas; c) el Juzgado de mérito, al resolver, declaró: i) sin
lugar la contestación de la demanda en sentido negativo; ii) con lugar parcialmente
la excepción aludida y iii) con lugar parcialmente la demanda ordinaria laboral
relacionada y, como consecuencia, condenó a la entidad demandada al pago de
indemnización correspondiente al periodo del diez de noviembre de dos mil diez al
dieciocho de diciembre de dos mil quince; bonificación anual para trabajadores del
sector privado y público, diferido de junio, vacaciones correspondientes al período
comprendido del uno de enero de dos mil quince al dieciocho de diciembre de dos
mil quince, daños y perjuicios y costas judiciales y lo absolvió del pago de bonificación
anual para trabajadores del sector privado y público, diferido de junio y vacaciones
del período comprendido del diez de diciembre de dos mil diez al treinta y uno de
diciembre de dos mil catorce; y d) la parte demandada apeló y la Sala Regional Mixta

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