Sentencia de Corte de Constitucionalidad (Expediente nº 4541-2022), 14-12-2022

Sentido del falloCon Lugar -Derecho de defensa
Tipo de RecursoApelación de Sentencia de Amparo
EmisorCorte Constitucional (Guatemala)
Fecha14 Diciembre 2022
Tribunal de OrigenJuzgados de Primera Instancia Civil -Juzgado Sexto de Primera Instancia Civil del departamento de Guatemala
Número de expediente4541-2022
Expediente 4541-2022
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CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUATEMALA, C.A.
EXPEDIENTE 4541-2022
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, catorce de diciembre de dos mil
veintidós.
En apelación, se examina la sentencia de veintinueve de abril de dos mil
veintidós, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia Civil del departamento
de Guatemala, constituido en Tribunal de Amparo, en la acción constitucional de
amparo promovida por V.E.R.j M. contra la Empresa
Municipal de Agua de la ciudad de Guatemala -EMPAGUA-. El postulante actuó
con el patrocinio de la abogada Madeline Stephanie Recancoj Girón. Es ponente en
el presente caso el Magistrado Vocal I, H.H.P...A., quien expresa
el parecer de este Tribunal.
ANTECEDENTES
I. EL AMPARO
A) Interposición y autoridad: presentado el veinticinco de noviembre de dos mil
veintiuno, en el Centro de Servicios Auxiliares de la Administración de Justicia en
Materia Civil, Económico Coactivo y Contencioso Administrativo -demandas
nuevas-, y posteriormente remitido al Juzgado Sexto de Primera Instancia Civil del
departamento de Guatemala. B) Acto reclamado: el postulante expresamente
señaló: Violación a los derechos de defensa, al debido proceso y a la salud,
Empresa Municipal de Agua de la Ciudad de Guatemala) el corte de agua al
inmueble ubicado en: lote setecientos treinta y cinco (735) manzana seis (6) colonia
Maya zona dieciocho (18) de esta ciudad, y no cumplir con la competencia propia
de brindar y garantizar el abastecimiento de agua potable, contraviniendo su propio
reglamento, al actuar de forma contraria a la ley y omitiendo procedimientos legales
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y preestablecidos en el mismo, cuya inobservancia pone en riesgo en tiempos de
pandemia, la salud y vida del accionante, además de provocar daños en su
economía, por la interrupción de un servicio esencial al que tiene derecho toda vez
que sus pagos se encuentran al día. C) Violaciones que denuncia: a los
derechos de defensa y a la salud, así como al principio del debido proceso. D)
Hechos que motivan el amparo: de lo expuesto por el postulante y del estudio de
las actuaciones se resume: D.1) Producción del acto reclamado: a) Vismar
E.R.M. -accionante- es propietario del inmueble ubicado en el
lote setecientos treinta y cinco (735), manzana seis (6) de la colonia Maya de la
zona dieciocho (18) de la Ciudad de Guatemala, en el que ha gozado del servicio
de agua potable municipal por varios años y se encuentra al día en el pago del
mismo; b) el tres de noviembre de dos mil veintiuno, se presentó personal de la
Empresa Municipal de Agua de la Ciudad de Guatemala -EMPAGUA- (autoridad
reprochada) al inmueble referido, quienes realizaron la medición del contador de
agua, indicándole al accionante que éste era anómalo, porque no medía
correctamente el flujo del vital líquido, notificando a la señora A.B., quien
reside en dicho lugar, por medio de la cédula número tres mil quinientos treinta y
uno (3531), que debía presentarse en el plazo de diez días al Departamento de
Regularización de Cuentas de la citada Empresa; c) posteriormente, el postulante
se apersonó al referido Departamento, en el que fue informado que el inmueble
tenía un medidor anómalo, razón por la cual fue sancionado por la cantidad de
cuarenta y siete mil ochocientos cinco quetzales con doce centavos, la que debía
ser cancelada en su totalidad, (ofreciéndole dos alternativas, la primera, un
descuento del diez por ciento si cancelaba de contado; y la segunda, un convenio
de pago) de lo contrario se suspendería el servicio de agua potable; d) el

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