Sentencia de Corte de Constitucionalidad (Expediente nº 3990-2020), 25-11-2021

EmisorCorte Constitucional (Guatemala)
Fecha25 Noviembre 2021
Número de expediente3990-2020
Tipo de RecursoApelación de Sentencia de Amparo
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Expediente 3990-2020
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUAT EMALA, C.A.
APELACIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO
EXPEDIENTE 3990-2020
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, veinticinco de noviembre de
dos mil veintiuno.
En apelación y con sus antecedentes, se examina la sentencia de veintiocho
de enero de dos mil veinte, dictada por la Corte Suprema de Justicia, Cámara de
Amparo y A., en la acción constitucional de amparo, promovida por
M.lier, Sociedad Anónima, por medio de su Administrador Único y
R.ante Legal, J.A.dro Sagastume F., contra la Sala de la
Corte de Apelaciones del ramo Penal, en materia Tributaria y Aduanera del
departamento de Guatemala. La postulante actuó con el patrocinio del abogado
J.L.L.B.. La ponencia del presente asunto refleja el parecer del
Tribunal.
ANTECEDENTES
I. EL AMPARO
A) Solicitud y autoridad: presentado el veinte de febrero de dos mil diecinueve,
ante la Corte Suprema de Justicia, Cámara de Amparo y A.. B) Acto
reclamado: resolución de dieciocho de diciembre de dos mil dieciocho, emitida
por la Sala de la Corte de Apelaciones del ramo Penal, en materia Tributaria y
Aduanera, con sede en el departamento de Guatemala, que declaró sin lugar el
recurso de apelación interpuesto por Montpellier, Sociedad Anónima contra la
resolución de once de septiembre de dos mil dieciocho, por medio de la cual se
declaró no ha lugar a la excepción de falta de acción y extinción de la persecución
penal del Ministerio Público, Superintendencia de Administración Tributaria y
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Expediente 3990-2020
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUAT EMALA, C.A.
Procuraduría General de la Nación, en el proceso penal promovido en su contra
por el delito de Resistencia a la acción fiscalizadora de la administración tributaria.
C) Violaciones que denuncia: al derecho de defensa; así como a los principios
jurídicos del debido proceso y de presunción de inocencia. D) Hechos que
motivan el amparo: de lo expuesto por la postulante y del estudio de las
constancias procesales, se resume: D.1) Producción del acto reclamado: a) la
Superintendencia de Administración Tributaria, a través de la División de
Fiscalización de la Gerencia Regional Central, verificó el adecuado cumplimiento
de las obligaciones tributarias de la entidad cuestionada, de los periodos
comprendidos entre el uno de enero de dos mil once al treinta y uno de diciembre
de dos mil doce. En el desarrollo de dicha actividad, a la contribuyente se le
requirió documentación de interés y soporte, consistentes en cuentas por cobrar,
inversiones y otros activos, las que no presentó; b) en virtud de lo anterior, el ente
fiscalizador, promovió providencia de urgencia ante el Juez Segundo de Primera
Instancia de lo Económico Coactivo del departamento de G.a, contra la
mencionada entidad, para que presentara la documentación requerida y, al
verificar la documentación presentada por la misma, el referido organismo
jurisdiccional consideró que no se cumplió, en su totalidad, con lo que se le
ordenó, por lo que dictó resolución, certificándole lo conducente a la referida
sociedad anónima, por el delito de Resistencia a la acción fiscalizadora de la
administración tributaria. La entidad amparista indicó que la Superintendencia de
Administración Tributaria le impuso una multa equivalente al uno por ciento de los
ingresos brutos obtenidos durante el último periodo mensual, trimestral o anual; c)
posteriormente, según la secuela procesal, luego resolverse de manera
desfavorable medios recursivos planteados por la entidad contribuyente, las

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