Sentencia de Corte de Constitucionalidad (Expediente nº 3690-2020), 14-09-2021

Fecha14 Septiembre 2021
Número de expediente3690-2020
EmisorCorte Constitucional (Guatemala)
Tipo de RecursoAmparo en Única Instancia
Expediente 3690-2020
Página 1 de 18
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUAT EMALA, C.A.
AMPARO EN ÚNICA INSTANCIA
EXPEDIENTE 3690-2020
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD, EN CALIDAD DE TRIBUNAL
EXTRAORDINARIO DE AMPARO: Guatemala, catorce de septiembre de dos mil
veintiuno.
Se tiene a la vista para dictar sentencia, la acción constitucional de amparo
en única instancia promovida por el Ministerio P.co, por medio de la Unidad de
Impugnaciones, contra la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal. El postulante
actuó con el patrocinio del agente fiscal J.A.to A..C.. Es
ponente en el presente caso la Magistrada Vocal IV, L.S.a L.A.,
quien expresa el parecer del Tribunal.
ANTECEDENTES
I. EL AMPARO
A) Solicitud y autoridad: presentado el veintitrés de octubre de dos mil veinte en
el Juzgado de Paz Penal del municipio y departamento de Quetzaltenango y
remitido, posteriormente, a esta Corte. B) Acto reclamado: sentencia de
dieciocho de noviembre de dos mil diecinueve, por la que la Corte Suprema de
Justicia, Cámara Penal, declaró procedente parcialmente el recurso de casación
por motivo fondo que interpuso el Ministerio P.co contra el fallo que no acogió
el recurso de apelación especial por motivo de fondo que instó, en el proceso
penal incoado contra N.ael J..F.P. por el delito de Agresión
sexual con agravación de la pena. C) Violaciones que denuncia: a los derechos
de defensa y a la tutela judicial efectiva, así como al principio jurídico de debido
proceso. D) H.os que motivan el amparo: de lo expuesto por el ente
Expediente 3690-2020
Página 2 de 18
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUAT EMALA, C.A.
postulante y del estudio del antecedente, se resume: D.1) P.ucción del acto
reclamado: a) el J.U.rsonal del Tribunal de Sentencia Penal de Delitos de
F. y Otras Formas de Violencia Contra la Mujer y Violencia Sexual del
departamento de San Marcos emitió sentencia condenatoria contra N..a.
.
J.as Felipe Pérez por el delito de Agresión sexual con agravación de la pena,
imponiéndole la pena de ocho años y cuatro meses de prisión inconmutables; b)
contra esa decisión, el Ministerio P.co interpuso recurso de apelación especial
por motivo de fondo, que la Sala Mixta de la Corte de Apelaciones del
departamento de San Marcos no acogió; y c) por lo anterior, el ente fiscal instó
recurso de casación por motivo de fondo ante la Corte Suprema de Justicia,
Cámara Penal autoridad objetada que, en sentencia de dieciocho de noviembre
de dos mil diecinueve acto reclamado, lo declaró procedente parcialmente y,
consecuentemente, casó la sentencia impugnada, aumentando la pena impuesta
al procesado a nueve años y cuatro meses de prisión inconmutables. D.2)
Agravios que se reprochan al acto reclamado: estima que la autoridad
cuestionada vulneró los derechos y el principio judico enunciados, ya que no
fundamentó adecuadamente su decisión, incumpliendo con la exigencia de debida
fundamentación y motivación de las decisiones judiciales en materia penal,
regulada en el artículo 11 Bis del Código Procesal Penal. Señaló que al promover
el recurso de casación expuso que no fue tomada en consideración la agravante
de nocturnidad para la fijación de la pena, circunstancia respecto de la cual la
autoridad objetada no formuló el análisis debido, configurándose ausencia de
fundamentación en cuanto a este aspecto. En ese sentido, para sustentar la
improcedencia del recurso extraordinario, la autoridad objetada adujo que no
bastaba con que el delito se cometiera en el horario comprendido entre las

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR