Sentencia de Corte de Constitucionalidad (Expediente nº 2568-2021), 11-08-2021

Número de expediente2568-2021
Fecha11 Agosto 2021
EmisorCorte Constitucional (Guatemala)
Tipo de RecursoApelación de Sentencia de Amparo
P. na 1 de 17
Expediente 2568-2021
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUAT EMALA, C.A.
APELACIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO
EXPEDIENTE 2568-2021
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, once de agosto de dos mil
veintiuno.
En apelación y con su antecedente, se examina la sentencia de veintitrés de
abril de dos mil veintiuno, dictada por el J.gado Décimo Cuarto de Primera
Instancia Civil del departamento de Guatemala, constituido en Tribunal de A.,
en la acción constitucional de amparo promovida por M.V.B...M.
contra el Juez Sexto de Paz Civil del departamento de Guatemala. El postulante
actuó con el patrocinio de la abogada Dorcas A.ilda P.S.al. Es ponente
en el presente caso el Magistrado Vocal III, Nester M..r.V..e..P.,
quien expresa el parecer del Tribunal.
ANTECEDENTES
I. EL AMPARO
A) Solicitud y autoridad: presentado el veintidós de diciembre de dos mil veinte,
en el Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia Civil del Departamento de
Guatemala. B) Acto reclamado: resolución de diecinueve de octubre de dos mil
veinte, por la que la autoridad denunciada rechazó para su trámite, por fvola e
improcedente, la nulidad por vicios del procedimiento, que M..V.B.
.
M. -ahora postulante- interpuso contra las notificaciones practicadas por medio
de los estrados del Tribunal, dentro del juicio sumario de desocupación y cobro de
rentas atrasadas que G.M.a P.G. de H. promovió en su contra.
C) Violaciones que denuncia: a los derechos de defensa, a la tutela judicial
efectiva y de petición, así como al principio jurídico del debido proceso. D) Hechos
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Expediente 2568-2021
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUAT EMALA, C.A.
que fundamentan la acción de amparo: de los hechos expuestos por el
postulante y del análisis de las constancias procesales, se resume: D.1)
Producción del acto reclamado: a) ante el Juez Sexto de Paz Civil del
departamento Guatemala -autoridad reprochada-, Gilda M.a P..G.a de
H. promovió juicio sumario de desocupación y cobro de rentas atrasadas
contra Marco V.B.ran Moreno -ahora amparista-; b) al ser emplazado, el
demandado opuso las excepciones previas de: i. demanda defectuosa; ii. falta de
personalidad de la parte actora y iii. falta de cumplimiento del plazo de la condición
a que estuviere sujeta la obligación o el derecho que se hace valer; además, señaló
como lugar para recibir notificaciones la “Avenida Reforma uno - sesenta y cuatro
de la zona nueve, Edificio Condominio Reforma, sexto nivel, oficina seiscientos
seis, de la ciudad de Guatemala”; c) en resolución de veintiséis de septiembre de
dos mil diecinueve, el J. del asunto declaró sin lugar las excepciones previas
opuestas. Esta decisión se intentó notificar al demandado, en varias oportunidades
en el lugar señalado para dicho efecto; sin embargo, no fue posible, debido a que
no se encontró persona que recibiera la cédula de notificación, extremo que quedó
documentado en las razones asentadas por los notificadores el nueve y dieciocho
de octubre y cuatro de diciembre, todas de dos mil diecinueve; d) en disposición de
veintiuno de septiembre de dos mil veinte, se tuvo por contestada en sentido
negativo la demanda y se dispuso seguir el juicio en rebeldía del demandado,
asimismo, se fijó el plazo de quince días a este último, para que desocupara el bien
inmueble objeto del juicio; asimismo, en el numeral IV de esa resolución, se ordenó
continuar notificando al ahora accionante por los estrados del Tribunal; e) en
pronunciamiento de dieciséis de octubre de dos mil veinte, el J. recurrido revocó
el numeral IV descrito en la literal precedente, en atención a que obraba en autos

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