Sentencia de Corte de Constitucionalidad (Expediente nº 6135-2019), 16-09-2020

Fecha16 Septiembre 2020
Número de expediente6135-2019
EmisorCorte Constitucional (Guatemala)
Tipo de RecursoApelación de Sentencia de Amparo
Expediente 6135-2019
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CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUAT EMALA, C.A.
APELACIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO
EXPEDIENTE 6135-2019
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: G.a, dieciséis de septiembre de
dos mil veinte.
En apelación y con sus antecedentes, se examina la sentencia de veintitrés
de abril de dos mil diecinueve, dictada por la Corte Suprema de Justicia, Cámara
de Amparo y A.icio, en la acción constitucional de amparo promovida por el
Estado de Guatemala, quien delegó su representación en la abogada de la
Procuradua General de la Nación, Kimberly Carolina Ortíz Barillas, contra la Sala
Quinta de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social. El postulante
actuó con el patrocinio de la abogada Claudia L..P.A.a, quien
posteriormente fue sustituida por la abogada que lo representa. Es ponente en el
presente caso la Magistrada Presidente, Gloria P.P..E., quien
expresa el parecer de este Tribunal.
ANTECEDENTES
I. EL AMPARO
A) Interposición y autoridad:presentado el veintiuno de junio de dos mil
dieciochoen la Sección de Amparo de la Corte Suprema de Justicia.B) Acto
reclamado:auto de dos de abril de dos mil dieciocho, dictado por la Sala
cuestionada, que confirmó el proferido por el Juez Sexto de Trabajo y Previsión
Social del departamento de Guatemala, que declaró con lugar las diligencias de
reinstalación promovidas C.A.o B.o M.gos contra el Estado de
Guatemala, autoridad nominadora, S.ía de Bienestar Social de la
Presidencia de la República.C) Violaciones que denuncia:a su derecho de
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REPÚBLICA DE GUAT EMALA, C.A.
defensa, así como a los principios jurídicos de tutelaridad, legalidad y del debido
proceso.D) Hechos que motivan el amparo: de lo expuesto por el postulante y
del análisis de los antecedentes del caso se resume: D.1) P.ión del acto
reclamado: a)Cristhian A..B..M. promovi ante el Juzgado Sexto
de Trabajo y P.n Social del departamento de Guatemala diligencias de
reinstalacin contra el amparista, autoridad nominadora, Secretaría de Bienestar
Social de la Presidencia de la República, manifestando que fue destituido en
forma ilegal del puesto que desempeaba como Monitor en la Secretaría
aludida, sin que la autoridad nominadora contara con la autorizacin judicial
correspondiente, porque se encontraba emplazada como consecuencia del
planteamiento de un conflicto colectivo de carcter econmico social; b) el Juez
referido, al resolver, declar con lugar la reinstalacin solicitada, al estimar que la
Secretaría referida no contaba con la autorizacin judicial respectiva para finalizar
la relacin sostenida con el incidentante, y c) el amparista y la autoridad
nominadora apelaron, elevndose las actuaciones a la Sala denunciada, la que, al
emitir el auto que en la a constitucional se enjuicia, confirm lo dispuesto por el
juez de primera instancia. D.2) Agravios que se reprochan al acto
reclamado:expresa el postulante que de conformidad con los artículos 265
constitucional y de la Ley de Amparo, E.n Personal y de
Constitucionalidad, el amparo se encuentra regulado como un medio de
proteccin a las personas contra las amenazas de violaciones a sus derechos,
restaurando el imperio de estos cuando se encuentren vulnerados, agreg que la
autoridad cuestionada emiti el acto reclamado de forma arbitraria y contraria a la
ley, por lo que el amparo es el único medio para restaurar sus derechos
vulnerados, porque: a)no se encuentra apegado a las constancias procesales ni a

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