Sentencia de Corte de Constitucionalidad (Expediente nº 4568-2019), 24-03-2020

Número de expediente4568-2019
Fecha24 Marzo 2020
EmisorCorte Constitucional (Guatemala)
Tipo de RecursoApelación de Sentencia de Amparo
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Expediente 4568-2019
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUATEMALA, C.A.
APELACIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO
EXPEDIENTE 4568-2019
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, veinticuatro de febrero de dos
mil veinte.
En apelación y con sus antecedentes, se examina la sentencia de nueve de
agosto de dos mil dieciocho, dictada por la Corte Suprema de Justicia, Cámara de
Amparo y A., en la acción constitucional de amparo promovida por el
Estado de Guatemala, por medio del abogado de la Procuraduría General de la
Nación, A..H.C.L., contra la Sala Quinta de la Corte de
Apelaciones de Trabajo y Previsión Social. El postulante actuó con el patrocinio
del abogado que lo representa. Es ponente en el presente caso la Magistrada
Vocal IV, D.J.O.E., quien expresa el parecer de este Tribunal.
ANTECEDENTES
I. EL AMPARO
A) Interposición y autoridad:presentado el dieciocho de agosto de dos mil
diecisiete, en la Corte Suprema de Justicia, Cámara de Amparo y A.. B)
Acto reclamado: resolución de dieciséis de mayo de dos mil diecisiete, dictada
por la Sala Quinta de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social, que
confirmó la emitida por el Juez de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social
y de Familia del departamento de Chimaltenango, que declaró con lugar la
solicitud de reinstalación promovida por V..H..F.R. contra el
Estado de Guatemala, autoridad nominadora, Ministerio de Salud Pública y
Asistencia Social.C) Violaciones que denuncia:al derecho de defensa y a los
principios jurídicos del debido proceso, legalidad, juridicidad y primacía
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Expediente 4568-2019
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUATEMALA, C.A.
constitucional. D) Hechos que motivan el amparo: de lo expuesto por el
postulante y de lo que consta en los antecedentes, se resume: D.1) Producción
del acto reclamado:a)en el Juzgado de Primera Instancia de Trabajo y Previsión
Social y de Familia del departamento de Chimaltenango, V.H.F.
.
R., promovió diligencias de reinstalación contra el Estado de Guatemala,
autoridad nominadora el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social,
aduciendo haber sido despedido del puesto que desempeñaba como asistente
administrativo, en el Hospital Nacional del departamento de C.tenango,sin
que la autoridad nominadora contara con autorización judicial, no obstante
encontrarse emplazada, como consecuencia del planteamiento de un conflicto
colectivo de carácter económico social; b) el Juez referido, al resolver, declaró
con lugar las diligencias relacionadas y, como consecuencia, ordenó la inmediata
reinstalación del trabajador, así como el pago de salarios y demás prestaciones
dejadas de percibir hasta que se hiciera efectiva la reincorporación y le impuso al
ente patronal, multa equivalente a seis salarios mínimos mensuales de los
previstos para las actividades no agrícolas, argumentando que el empleador no
contaba con autorización judicial para poner fin al vínculo; y c) el Estado de
Guatemala y el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social apelaronla decisión
y la Sala Quinta de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social, por
medio de la resolución que constituye el acto reprochado, confirmó lo dispuesto
por el Juez dePrimera Instancia.D.2) Agravios que se reprochan al acto
reclamado:denuncia el postulante que la autoridad cuestionada, al emitir el acto
reprochado violó sus derechos, puesto que no tomó en cuenta que el incidentante
no tuvo la calidad de trabajador, debido a que su vinculación con la autoridad
nominadora ocurrió mediante un contrato de servicios técnicos. Además, aseguró

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