Sentencia de Corte de Constitucionalidad (Expediente nº 4537-2018), 04-09-2019

Sentido del falloCon Lugar -Derecho a la tutela judicial efectiva
Fecha04 Septiembre 2019
Número de expediente4537-2018
EmisorCorte Constitucional (Guatemala)
Tipo de RecursoAmparo en Única Instancia
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Expediente 4537-2018
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUAT EMALA, C.A.
AMPARO EN ÚNICA INSTANCIA
EXPEDIENTE 4537-2018
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD, EN CALIDAD DE TRIBUNAL
EXTRAORDINARIO DE AMPARO: Guatemala, cuatro de septiembre de dos mil
diecinueve.
Se tiene a la vista para dictar sentencia, la acción constitucional de amparo
en única instancia que promovió la Superintendencia de A.nistración Tributaria
por medio de su Mandataria Especial Judicial con R.ación Agatha C.
.
G..B., contra la Corte Suprema de Justicia, Cámara Civil. La postulante
actuó con el auxilio de la abogada que la representa. Es ponente en el presente
caso la Magistrada Vocal I, G.P.P.E., quien expresa el
parecer del Tribunal.
ANTECEDENTES
I. EL AMPARO
A) S.ud y autoridad: presentado el veinticinco de septiembre de dos mil
dieciocho en esta Corte. B) Acto reclamado: sentencia dictada por la Corte
Suprema de Justicia, Cámara Civil el dieciocho de junio de dos mil dieciocho, por
medio de la cual declaró procedente el recurso de casación por motivo de fondo
que interpuso Perenco Guatemala L. contra el fallo de trece de octubre de
dos mil quince, emitido por la Sala Tercera del Tribunal de lo Contencioso
A.nistrativo, en el proceso de esa naturaleza que la sociedad mercantil
promovió contra la Superintendencia de A.nistración Tributaria -accionante-. C)
Violaciones que denuncia: a los derechos de defensa, a la tutela judicial
efectiva, seguridad y certeza jurídica, así como a los principios del debido proceso
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Expediente 4537-2018
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUAT EMALA, C.A.
y legalidad. D) Hechos que motivan el amparo: del estudio de los antecedentes
y de lo expuesto por la postulante se resume: D.1) Producción del acto
reclamado: a) agotado el procedimiento administrativo respectivo, el Directorio de
la Superintendencia de A.nistración Tributaria declaró sin lugar el recurso de
revocatoria que interpuso la Perenco Guatemala L., confirmando los ajustes
formulados al crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado, del período
comprendido del uno al treinta y uno de marzo de dos mil seis; b) contra esa
decisión, la contribuyente promovió demanda contencioso administrativa, la cual
fue declarada parcialmente con lugar en sentencia de trece de octubre de dos mil
quince, emitida por la Sala Tercera del Tribunal de lo Contencioso A.nistrativo;
c) en consecuencia, Perenco Guatemala Limited planteó recurso de casación e
invocó el submotivo de “interpretación errónea del artículo 16 de la Ley del
Impuesto al Valor Agregado, vigente durante el período auditado”, el que fue
acogido por la Corte Suprema de Justicia, Cámara Civil, en sentencia de
veintinueve de agosto de dos mil dieciséis; d) derivado de lo anterior, la
Superintendencia de A.nistración Tributaria instó amparo, el que fue otorgado
(por esta Corte) en fallo de dos de mayo de dos mil dieciocho, ordenándole a la
citada autoridad emitir un nuevo pronunciamiento; e) en cumplimiento de lo
anterior, el tribunal de casación emitió sentencia de dieciocho de junio del año
citado y casó la sentencia dictada por la Sala sentenciadora, únicamente en
cuanto al ajuste formulado por concepto de alimentos, declarando parcialmente
con lugar la demanda planteada por la contribuyente -acto reclamado-. D.2)
Agravios que se reprochan al acto reclamado: la postulante denuncia violación
a los derechos y principios constitucionales invocados porque: a) la Cámara Civil
se extralimitó en sus funciones, al declarar procedente el recurso instado, no

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