Sentencia de Corte de Constitucionalidad (Expediente nº 3623-2018 ,3657-2018), 19-02-2019

Sentido del falloCon Lugar -Derecho a la tutela judicial efectiva
Fecha19 Febrero 2019
Número de expediente3623-2018 ,3657-2018
EmisorCorte Constitucional (Guatemala)
Tipo de RecursoAmparo en Única Instancia
Expedientes acumulados
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3623-2018 y 3657-2018
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUATEMALA, C.A.
AMPARO EN ÚNICA INSTANCIA
EXPEDIENTES ACUMULADOS 3623-2018 y 3657-2018
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD, EN CALIDAD DE TRIBUNAL
EXTRAORDINARIO DE AMPARO: Guatemala, diecinueve de febrero de dos
mil diecinueve.
Se tienen a la vista para dictar sentencia, las acciones constitucionales de
amparo en única instancia acumuladas promovidas por M..R.Á.
.
E. contra la Corte Suprema de Justicia, C.a Penal. El postulante actuó
con el patrocinio de los abogados C.O.elia P.H. y O.F.
.
C..C.. Es ponente en el presente caso el Magistrado Vocal IV, J.
.
F.D.M.V., quien expresa el parecer del Tribunal.
ANTECEDENTES
I. LOS AMPAROS
A) Solicitudes y autoridad: presentados el dos y tres de agosto, ambos de dos
mil dieciocho, respectivamente, en esta Corte. B) Acto reclamado: en ambos
amparos lo constituye la sentencia de uno de marzo de dos mil dieciocho, emitida
por la Corte Suprema de Justicia, C.a Penal, que declaró improcedente el
recurso de casación por motivos de forma y fondo que interpuso el amparista
contra el fallo que no acogió el recurso de apelación especial, en el proceso penal
incoado en su contra por los delitos de Falsedad ideológica y Casos especiales de
estafa. C) Violaciones que denuncia: a los derechos de defensa, de petición, de
presunción de inocencia, de libre acceso a tribunales y dependencias del Estado y
a una tutela judicial efectiva, así como a los principios jurídicos del debido proceso,
preeminencia del derecho internacional y legalidad. D) Hechos que motivan los
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CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUATEMALA, C.A.
amparos: de lo expuesto por el postulante y del estudio de las constancias
procesales, se resume: D.1) Producción del acto reclamado: a) el Tribunal
Cuarto de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del
departamento de Guatemala condenó al ahora postulante por la comisión de los
delitos de Falsedad ideológica y Casos especiales de estafa; b) inconforme con tal
resolución, interpuso recurso de apelación especial por motivos de forma y fondo,
que la S. Tercera de la Corte de Apelaciones del ramo Penal, Narcoactividad y
Delitos contra el Ambiente no acogió; c) ante esa decisión, promovió recurso de
casación por motivos de forma y fondo, que la Corte Suprema de Justicia, C.a
Penal autoridad reprochada, en sentencia de uno de marzo de dos mil dieciocho
acto reclamado, declaró improcedente. D.2) Agravios que reprocha al acto
reclamado: estima vulnerados los derechos y principios jurídicos enunciados,
debido que, a su juicio, la autoridad cuestionada: a) en su fallo se refirió a una
persona que no fue parte dentro del proceso penal y analizó peticiones que no eran
acordes a los motivos de forma y fondo del recurso de casación instado; b) no entró
a resolver el motivo de forma planteado, al no advertir que fue condenado por
ilícitos que protegen la fe pública y el derecho de propiedad, con base a prueba
documental consistente en un dictamen grafotécnico sobre una escritura pública
en la cual no participó, ni se demostró que hubiere incurrido en falsificación alguna,
por lo que se le está condenando por analogía; además, no brindó respuesta en
cuanto a la falta de lógica del fallo de la S. jurisdiccional por la inobservancia de
la regla de la coherencia en sus principios de identidad y no contradicción en
relación al informe del expertaje grafotécnico y la declaración del perito, por lo que
no puntualizó sobre las contradicciones de dichos medios de prueba, debido a que
estos no cuentan con certeza jurídica que comprueben su supuesta participación

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