Sentencia de Corte de Constitucionalidad (Expediente nº 3398-2016), 20-08-2018

Sentido del falloSin Lugar -El amparo no es la vía para sustanciar la pretensión esgrimida
Tribunal de OrigenSalas de la Corte de Apelaciones -Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Ramo Civil y Mercantil
Número de expediente3398-2016
Fecha20 Agosto 2018
EmisorCorte Constitucional (Guatemala)
Tipo de RecursoApelación de Sentencia de Amparo
Expediente 3398-2016
Página 1 de 10
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUATEMALA, C.A.
APELACIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO
EXPEDIENTE 3398-2016
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, veinte de agosto de dos mil
dieciocho.
En apelación y con sus antecedentes, se examina la sentencia de tres de
junio de dos mil dieciséis, dictada por la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones
del ramo Civil y M., constituida en Tribunal de A., en la acción
constitucional de amparo promovida por la entidad Trona Holdings, Sociedad
Anónima, por medio de su Mandatario Especial con Representación, C.R.
.
M.F.ernández, contra el Juez Segundo de Primera Instancia Civil del
departamento de Guatemala. El postulante actuó con el patrocinio de la Abogada
A.L.P..M. de O.. Es ponente en este caso el Magistrado
Vocal I, B.A.lcar M.O., quien expresa el parecer del Tribunal.
ANTECEDENTES
I. EL AMPARO
A) Solicitud y autoridad: presentado el treinta y uno de julio de dos mil quince,
en el Centro de Servicios Auxiliares de la Administración de Justicia y
posteriormente, remitido a la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del ramo
Civil y M.. B) Acto reclamado: resolución de veintiuno de abril de dos mil
catorce, por la que el juez cuestionado ordenó la anotación de demanda sobre
varios bienes inmuebles propiedad de la entidad postulante. Actuaciones que
constan dentro del juicio ordinario de nulidad que la entidad Cirven, Sociedad
Anónima, promovió contra P.M.d.R..C.F.. C)
Violaciones que denuncia: a los derechos de defensa, de legalidad, a la

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR