Sentencia de Corte de Constitucionalidad (Expediente nº 6206-2016 ,6422-2016), 15-11-2017

Sentido del falloParcialmente con Lugar
Número de expediente6206-2016 ,6422-2016
Fecha15 Noviembre 2017
EmisorCorte Constitucional (Guatemala)
Tipo de RecursoAmparo en Única Instancia
Expedientes acumulados
6206-2016 y 6422-2016
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CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUATEMALA, C.A.
AMPARO EN ÚNICA INSTANCIA
EXPEDIENTES ACUMULADOS 6206-2016 Y 6422-2016
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD, EN CALIDAD DE TRIBUNAL
EXTRAORDINARIO DE AMPARO: Guatemala, quince de noviembre de dos mil
diecisiete.
Se tiene a la vista para dictar sentencia, las acciones constitucionales de
amparo en única instancia promovidas por Federico Augusto Ruata Cardona,
como abogado defensor público de Pablo Botzoc May, Ronaldo Marco Tulio Tupil
Coy y Ricardo Caal Sub, y el Ministerio Público, por medio de la Unidad de
Impugnaciones, contra la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal. El primero
de los postulantes actuó con su propio patrocinio, y el ente investigador con el de
la agente fiscal, Rubilia Alicia Ralios Melecio. Es ponente en el presente caso la
Magistrada Vocal I, Dina Josefina Ochoa Escribá, quien expresa el parecer del
Tribunal.
ANTECEDENTES
I. LOS AMPAROS
A) Solicitudes y autoridad: presentados el ocho y el veinte de diciembre de dos
mil dieciséis, respectivamente, en esta Corte. B) Acto reclamado: sentencia de
catorce de marzo de dos mil dieciséis, por la que la autoridad reclamada declaró
procedente el recurso de casación que, por motivo de fondo, interpuso el
Ministerio Público contra el fallo emitido por la Sala Sexta de la Corte de
Apelaciones del ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente de Alta
Verapaz, en el proceso penal instruido contra Pablo Botzoc May, Ronaldo Marco
Tulio Tupil Coy y Ricardo Caal Sub, por el delito de Plagio o secuestro. C)

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