Sentencia de Corte de Constitucionalidad (Expediente nº 107-2017), 07-11-2017

Sentido del falloParcialmente con Lugar
Fecha07 Noviembre 2017
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia -Cámara de Amparo y Antejuicio
Número de expediente107-2017
EmisorCorte Constitucional (Guatemala)
Tipo de RecursoApelación de Sentencia de Amparo
Expediente 107-2017
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CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUATEMALA, C.A.
APELACIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO
EXPEDIENTE 107-2017
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, siete de noviembre de dos mil
diecisiete.
En apelación y con sus antecedentes, se examina la sentencia de dieciséis
de agosto de dos mil dieciséis, dictada por la Corte Suprema de Justicia, Cámara
de Amparo y Antejuicio, en la acción constitucional de amparo promovida por
Roberto Díaz Schwarz contra la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones de Trabajo
y Previsión Social. El postulante actuó con el auxilio del abogado Manuel de Jesús
Orrego. Es ponente en el presente caso la Magistrada Vocal III, Gloria Patricia
Porras Escobar, quien expresa el parecer de este Tribunal.
ANTECEDENTES
I. EL AMPARO
A) Interposición y autoridad: presentado el diez de abril de dos mil quince, en el
Juzgado de Paz Penal de Faltas de Turno del departamento de Guatemala, y
posteriormente, remitido a la Corte Suprema de Justicia, Cámara de Amparo y
Antejuicio. B) Acto reclamado: sentencia de cuatro de febrero de dos mil quince,
dictada por la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión
Social, que revocó parcialmente la proferida el doce de noviembre de dos mil doce,
emitida por el Juzgado de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social del
departamento de Escuintla y, como consecuencia, condenó a Roberto Díaz
Schwarz a pagar prestaciones irrenunciables, salarios retenidos, reajuste salarial y
daños y perjuicios a favor de Inés Ordón, en el juicio ordinario laboral que promovió
contra el ahora amparista. C) Violaciones que se denuncian: a los derechos de
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defensa, protección a la persona y petición, así como a los principios jurídicos del
debido proceso, congruencia y supremacía constitucional. D) Hechos que
motivan el amparo: de lo expuesto por el postulante se resume: D.1) Producción
del acto reclamado: a) ante el Juez de Primera Instancia de Trabajo y Previsión
Social del departamento de Escuintla, Inés Ordón promovió juicio ordinario laboral
en su contra por estimar que fue despedido de manera directa e injustificada del
puesto en el que se desempeñó como corralero del dieciocho de julio de dos mil
cinco al veinte de mayo de dos mil doce, y demandó el pago de indemnización,
bonificación anual para trabajadores del sector privado y público, bonificación
incentivo para trabajadores del sector privado, aguinaldo, vacaciones, salarios
retenidos, reajuste salarial, ventajas económicas, daños y perjuicios y costas
judiciales; b) el Juez en sentencia de doce de noviembre de dos mil doce, lo
declaró rebelde por no haber comparecido a la audiencia oral del juicio, le impuso
multa y accedió a la pretensión de la actora, habiéndolo condenado al pago de
indemnización por el período del dieciocho de julio de dos mil cinco al veinte de
mayo de dos mil doce, compensación por vacaciones por el período del veinte de
mayo de dos mil siete al veinte de mayo de dos mil doce, aguinaldo, bonificación
anual para los trabajadores del sector privado, bonificación incentivo para
trabajadores del sector privado, reajuste salarial por el período del dieciocho de
julio de dos mil cinco al veinte de mayo de dos mil doce, salarios retenidos del
quince al veinte de mayo de dos mil doce, daños y perjuicios y costas judiciales, y
declaró improcedente el reclamo respecto de las ventajas económicas y
vacaciones por el período comprendido del dieciocho de julio de dos mil cinco al
diecinueve de mayo de dos mil siete; c) apeló y expresó los motivos de
inconformidad respecto del trámite del juicio y la pretensión del actor y planteó las

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