Sentencia de Corte de Constitucionalidad (Expediente nº 4581-2017), 27-11-2017

Sentido del falloParcialmente con Lugar
Tribunal de OrigenSalas de la Corte de Apelaciones -Sala Segunda del Tribunal de lo Contencioso Administrativo
Fecha27 Noviembre 2017
Número de expediente4581-2017
EmisorCorte Constitucional (Guatemala)
Tipo de RecursoApelación de Sentencia de Amparo
Expediente No.4581-2017
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CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUATEMALA, C.A.
APELACIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO
EXPEDIENTE4581-2017
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, veintisiete de noviembre de
dos mil diecisiete.
En apelación, se examina la sentencia de once de septiembre de dos mil
diecisiete, dictada por la Sala Segunda del Tribunal de lo Contencioso
Administrativo, constituida en Tribunal de Amparo, en la acción de la misma
naturaleza promovida por Camaronera San José, Sociedad Anónima, por medio
de su Gerente General y Representante Legal, Jorge Luis Fernández
Marroquín,contra la Superintendencia de Administración Tributaria. La postulante
actuó con el patrocinio delaAbogadaRegina De Los Ángeles Arguijo Juárez. Es
ponente en el presente caso la Magistrada Vocal III, Gloria Patricia Porras
Escobar, quien expresa el parecer de este Tribunal.
ANTECEDENTES
I. EL AMPARO
A) Interposición y autoridad: presentado el ocho de agosto de dos mil
diecisiete, en el Centro de Servicios Auxiliares de la Administración de Justicia y,
posteriormente, trasladado a la Sala Segunda del Tribunal de lo Contencioso
Administrativo. B) Acto reclamado: la omisión de la Superintendencia de
Administración Tributaria de nombrar auditores para que realicen la auditoría
respectiva, previo a resolver la solicitud de devolución de crédito fiscal del
Impuesto al Valor Agregado, correspondiente al período impositivo comprendido
del uno de julio al treinta y uno de diciembre de dos mil quince.C) Violación que
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denuncia:al derecho de petición. D) Hechos que motivan el amparo: de lo
expuesto por la postulante y del estudio de las actuaciones, se resume:D.1)
Producción del acto reclamado: el diez de mayo de dos mil diecisiete, la
accionante, por medio del formulario SAT - dos mil ciento veintitrés - ciento
cincuentay cuatro mil ochocientos setenta y nueve (SAT-2123-154879), solicitó a
la Administración Tributaria la devolución de crédito fiscal del Impuesto al Valor
Agregado, correspondiente al período impositivo comprendido del uno de julio al
treinta y uno de diciembre de dos mil quince, sin que a la fecha de la
presentación del amparo, la autoridad impugnada haya emitido ningún tipo de
pronunciamiento respecto a la petición formulada, ni mucho menos realizar la
auditoría respectiva -acto reclamado-. D.2) Agravio que se reprocha al acto
reclamado:la postulante considera que la omisión en la que ha incurrido la
Superintendencia de Administración Tributaria, al no iniciar las gestiones
correspondientes respecto al referido requerimiento, constituye violación a los
Artículos 28 constitucional y 23 “A” de la Ley del Impuesto al Valor Agregado,
toda vez que le está negando la posibilidad de que pueda ejercer su derecho a
recibir lo solicitado, lo que le causa graves perjuicios financieros.D.3)
Pretensión:solicitó que se otorgue amparo y, como consecuencia, se conmine a
la autoridad denunciada a practicar el procedimiento administrativo respectivo y
emitir la resolución pertinente en cuanto a la petición referida. E) Uso de
recursos: ninguno. F) Caso de procedencia: invocó el contenido en la literal f)
del Artículo 10 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad.
G) Leyes violadas:citó los Artículos 28 de la Constitución Política de la
República de Guatemala y 23 “A” de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

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