Reglamento de la Ley del Impuesto Específico a la Distribución de cemento

EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN FUNCIONES DE PRESIDENTE

CONSIDERANDO

Que el Decreto número 79-2000 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del impuesto Específico a la Distribución de Cemento, en su artículo. 14 establece que la Superintendencia de Administración Tributaria, por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas, propondrá al Organismo Ejecutivo el Reglamento de laLey, en el que sé desarrollen en forma clara y ordenada las disposiciones contenidas en dicho Decreto.

CONSIDERANDO

Que mediante la Ley del Impuesto Específico a la Distribución de Cemento se regula un impuesto específico que grava la distribución de cemento de cualquier clase, tanto de producción nacional como el que se importa, siendo necesario establecer a través de un reglamento, el procedimiento para el cumplimiento de lo señalado en la referida ley.

PORTANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en los artículos 23, 27, literales a) y j) del Decreto número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo y 14 del Decreto número 79-2000, Ley del Impuesto Específico a la Distribución de Cemento, ambos Decretos del Congreso de la República de Guatemala..

ACUERDA

Emitir el siguiente:

REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO ESPECÍFICO A LA DISTRIBUCIÓN DE CEMENTO

ARTÍCULO 1 Objeto

El presente Reglamento tiene por objeto normar la aplicación de lo establecido en la Ley del Impuesto Específico a la Distribución de Cemento, Decreto número 79-2000 del Congreso de la República de Guatemala, y lo relativo al cobro administrativo de dicho impuesto, así como los procedimientos para facilitar su recaudación y control.

ARTÍCULO 2 Abreviaturas y Conceptos

Para efectos de la correcta interpretación y aplicación de la Ley del Impuesto Específico a la Distribución de Cemento y este Reglamento, se debe entender, salvo indicación en contrario, que cuando se utilicen las expresiones:

  1. “SAT” o “Administración Tributaria” Se refiere a la Superintendencia de Administración Tributaria;

  2. “Ley” o “la Ley” Se refiere al Decreto número 79-2000 del Congreso de la República de Guatemala, la Ley del...

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