Reglamento para le Funcionamiento y Administración del Mercado Municipal de Cuilapa, departamento de Santa Rosa
MUNICIPALIDAD DE CUILAPA, DEPARTAMENTO DE SANTA ROSA
Acuérdase emitir y aprobar el siguiente: REGLAMENTO PARA EL
FUNCIONAMIENTO Y ADMINISTRACION DEL MERCADO MUNICIPAL DE -CUILAPA, DEPARTAMENTO DE SANTA ROSA.
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE CUIUPA, CABECERA DEL DEPARTAMENTO DE SANTA ROSA:
CERTIFICA:
Tener a la vista el libro de Actas de Hojas Móviles de Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Concejo Municipal, número 5906, en el cual se registra el Acta de sesión ordinaria Número 077-2017-HM-CUI-SR, de fecha veinticuatro de octubre del año dos mil diecisiete, en la que consta el punto resolutivo que transcrito literalmente dice: “TERCERO: El honorable Concejo Municipal de la ciudad de Cuilapa, cabecera del departamento de Santa Rosa.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala y lo dispuesto en el artículo 35 incisos a) e i) del Código Municipal contenido en el Decreto número 12-2002 del Congreso de la República, el Gobierno Municipal corresponde con exclusividad al Concejo Municipal, el cual está facultado para emitir sus Acuerdos, Reglamentos y Ordenanzas Municipales;
CONSIDERANDO:
Que de Acuerdo con los artículos 3 y 5 del Código Municipal, en ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República de Guatemala garantiza a los municipios, es facultad de las autoridades municipales, el gobierno y administración de sus intereses, de manera eficaz y eficiente.
CONSIDERANDO:
Que la municipalidad está obligada a formular y ejecutar planes de desarrollo integral, tales formas de. desarrollo deberán garantizar como mínimo el establecimiento, funcionamiento y administración de los servicios públicos, como agua potable, parques, escuelas, centros de salud, mercados, etc., que sean apropiados y de las dimensiones proporcionales a la población y proyectados de acuerdo a la naturaleza del desarrollo,
CONSIDERANDO:
Que dentro de sus competencias corresponde al municipio el abastecimiento domiciliario de agua potable debidamente clorada, alcantarillado, alumbrado público, administración mercados; rastros; administración de cementerios y la autorización y control de los cementerios privados; recolección, tratamiento y disposición de desechos sólidos; limpieza y omato. -
POR TANTO:
Con base en lo considerado y en el ejercicio de las facultades que le confiere los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; artículos 3,9,33,35, literales a), e i), 67,72,73,100 literal q) y 151 del Código Municipal Decreto número 12-2002 del Congreso de la República,
ACUERDA:
Emitir y aprobar el siguiente;
REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO Y ADMINISTRACIÓN DEL MERCADO MUNICIPAL DE CUILAPA, DEPARTAMENTO DE SANTA ROSA.
APOSICIONES GENERALES
El presente Reglamento tiene por objeto regular las condiciones y obligaciones a las que deben sujetarse los arrendatarios de los locales o áreas de comercialización en el mercado municipal y sus alrededores, así como todas aquellas personas que hagan usó de las mismas.
La municipalidad-de Cuilapa, departamento de Santa Rosa es propietaria del inmueble, edificio e instalaciones del mercado municipal, así como de todas las ampliaciones y mejoras que se ejecuten en el futuro; cuyo costo total deberá figurar en el inventario municipal.
Forma parte del presente acuerdo todos los locales ubicados en el mercado y todos los espacios que pueden utilizarse para la instalación de comercio de alimentos, medicinas, y otros servicios comprendidos en el comercio popular.
Se denomina arrendatario a toda persona que mediante la suscripción del contrato de arrendamiento respectivo, se le asigne un área de comercialización en las instalaciones del mercado municipal.
El Alcalde Municipal nombrará al Director Administrativo que será el encargado de la administración del. mercado municipal y tendrá las funciones establecidas en el presente Reglamento.
La asignación de locales y las áreas de comercialización en el mercado municipal, corresponde a la Municipalidad de Cuilapa exclusivamente por conducto de la Dirección Administrativa, quien podrá darlas en arrendamiento a las personas que cumplan con los requisitos establecidos en el presente Reglamento.
DE LOS LOCALES
La Policía Municipal de Tránsito será la encargada de que se cumpla esta -disposición. En caso de reincidencia se aplicara la sanción correspondiente.
ADMINISTRACIÓN DEL MERCADO
Para su funcionamiento el mercado estará estructurado con las siguientes unidades.
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Dirección administrativa
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Recaudación
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Limpieza y Vigilancia
El Director Financiero Municipal, además de sus atribuciones establecidas en el Código Municipal, controlará las actividades financieras y de recaudación que realice el Administrador del Mercado, para lo cual implantará los controles necesarios sobre todos ’ los comercios autorizados.
El Administrador del mercado será el representante legal de la municipalidad y tendrá la autoridad dentro del mismo para ejecutar las funciones que se le asignen.
Son atribuciones del Administrador del Mercado:
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Aplicar este Reglamento en los términos legalmente establecidos.
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Pagar fianza por las operaciones de recaudación y retención de fondos por servicio.
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La inspección sanitaria cuando no exista persona nominada para ello. La municipalidad podrá solicitar a la Dirección de Salud Pública, que realicen ese trabajo a través de sus dependencias y representantes'.
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Llevar un Registro actualizado de concesionarios permanentes que incluirá lo siguiente:
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Fotocopia de Documento de Identificación. Personal (DPI)
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Nombres y apellidos completos.
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Lugar y fecha de nacimiento.
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Fotografía tamaño cédula.
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Estado Civil.
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Ocupación.
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Dirección de su residencia.
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Número y tipo de negocio.
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Fecha de autorización del local.
10: Número de identificación tributaria.
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Controlará mensualmente el cumplimiento en el pago del local.
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Hacer cumplir el horario de apertura y cierre que avale la municipalidad.
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Velar que se limpie el mercado por las personas asignadas, al cerrar el mismo.
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Rendir cuentas de acuerdo al requerimiento del Director Financiero Municipal.
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Informar al Alcalde las modificaciones que necesite el mercado para su funcionamiento.
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Para cualquier modificación que deba efectuarse en el mercado debe contratarse con autorización previa del alcalde Municipal.
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Cualquier punto no previsto en estas funciones, será resuelto por el Alcalde Municipal.
Son atribuciones de los guardianes:
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- Reportarse en cada turno con el Administrador.
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- Cuidar y vigilar el edificio y los locales de los arrendatarios.
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- Constatar antes del cierre del Mercado, que no ha quedado dentro del mismo Persona alguna.
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- Informar al Administrador cualquier irregularidad que observe es su turno.
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- Mantenerse alerta durante su turno, a efecto de cumplir con eficiencia las funciones
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- Desempeñar cualquier otra función relacionada con el cargo que le asigne la Municipalidad.
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- Reportarse al iniciar labores y al terminarlas con el Administrador.
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- Limpiar diariamente el Mercado.
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- Recoger la basura y depositarla en lugares establecidos para tal fin.
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- Reportar cualquier anomalía que observe en el interior del Mercado y exterior del mismo.
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- Realizar cualquier otra función que le asigne el administrador y que sea acorde a su cargo.
Las Concesiones pueden clasificarse en:
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Permanentes: Son los concesionarios que ocupan en forma fija el local del mercado.
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Ocasionales: Son los que ocupan el piso de plaza al descubierto y en forma eventual.
Los concesionarios permanentes por el hecho de estar fijos en el Mercado tienen los siguientes derechos:
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Ocupar el local y vender únicamente los productos qué por escrito fueron Autorizados por el Alcalde y su Consejo municipal.
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Tener vigilancia Municipal, siempre y cuando cumplan con los requisitos legales del contrato de arrendamiento y de este Reglamento.
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Usar el Servicio sanitario sin costo adicional al establecido en el contrato.
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Pedir como locatarios permanentes que el área que corresponde a la Municipalidad se mantenga limpia y ordenada.
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Pagar la renta mensual anticipada en Receptoría Municipal y sin requerimiento alguno.
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Conservar limpio el local y en condiciones higiénicas, así como cuidar las instalaciones.
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Pagar los servicios de energía eléctrica y agua potable de acuerdo a las reglas establecidas por el...
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