Reglamento de Donaciones y subcenciones de la municipalidad de Cobán, departamento de Alta Verapaz

REGLAMENTO DE DONACIONES Y SUBVENCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE COBÁN, DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ

El Concejo Municipal de la Municipalidad de Cobán, departamento de Alta Verapaz CONSIDERANDO:

La Constitución Política de la República de Guatemala establece que los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas, entre otras fundones Ies corresponde obtener y disponer de sus recursos, emitiendo las ordenanzas y reglamentos que corresponda; así mismo, la Carta Magna dispone que el Gobierno municipal será ejercido por un Concejo Municipal y que las corporaciones municipales deberán procurar el fortalecimiento económico de sus respectivos municipios a efecto de poder realizar las obras y prestar los servidos que les sean necesarios.

CONSIDERANDO:

En concordancia con lo estipulado Constitucionalmente, el Código Municipal Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala norma que corresponde al Concejo Municipal, como órgano superior de deliberación y decisión de los asuntos municipales, emitiendo sus ordenanzas y reglamentos respectivos,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 101-97 Ley Orgánica del Presupuesto y el Acuerdo Gubernativo número 540-2013 Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto norma y reglamentan los procesos de aceptación, aprobación, reception, legalization, registro y ejecución de donaciones, así como los parámetros legales que deben cumplirse para un efectivo control de los recursos provenientes de ellas; Resolución número DCE-04-2014 y DCE-05-2014, que aprueba el procedimiento para el registro contable de las donaciones en especie de los bienes, productos y servidos en el SICOINGL, para entidades descentralizadas y autónomas de la Dirección de Contabilidad del Estado del Ministerio de Finanzas; de igual firma, el Acuerdo Ministerial número 523-2014 del Ministerio de Finanzas Públicas aprueba la creación del Manual de Registro de Donadones que servirá de referenda para que las entidades descentralizadas, autónomas y las municipalidades elaboren su reglamentación respectiva; aunado a ello. Acuerdo Ministerial número 86-2015 suscrito am fecha cinco de marzo del año dos mil quince, del Ministerio de Finanzas Públicas, y Acuerdos Gubernativos número 55-2016 y 142-2017 del Presidente de la República de Guatemala, en donde se acuerda la emisión del Reglamento de Mango de Subsidios y Subvenciones, y sus reformas respectivamente.

CONSIDERANDO:

Que el Municipio de Cobán, departamento de Alta Yer az/para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias puede, promover toda clase de actividades económicas, sociales, culturales, ambientales y prestar cuantos servidos contribuyan a mejorar la calidad de vida, a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la póblatión del municipio, velando esencialmente por el cumplimiento de sus competencias propias, pudiendo para ello originar convenios que materialicen Donadones o Subvenciones con personas individuales o jurídicas, nacionales o extranjeras, así como distintas instituciones locales, con fine3 sociales.

CONSIDERANDO:

Se hace necesario emitirla disposition municipal que establezca los parámetros o términos que regirán en los procesos de aprobación, recepción u otorgamiento, legalization, registro y ejecución de Donadones y Subventions de la Municipalidad de Cobán, departamento de Alta Verapaz.

POR TANTO:

En ejercicio de las facultades que la confieren los Artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala, lo ««atenido en los artículos 34, 35 y 40 del Código Municipal, lo preceptuado en el Decreto número 101-97, Ley Orgánica del Presupuesto, Acuerdo Gubernativo número 540-2013 Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto, Acuerdo Gubernativo Nº 55-2016 Reglamento de Manejo de Subsidio y Subvenciones, Acuerdo Gubernativo Nº 142-2017 Reformas al Acuerdo Gubernativo Nº 55-2016 Reglamento de Manejo de Subsidio y Subvenciones, y el Acuerdo Ministerial número 523-2014 del Ministerio de Finanzas Pública, en donde se aprueba el Manual de Registros y Donadones para observancia y aplicación.

ACUERDA:

Emitir el siguiente:

REGLAMENTO DE DONACIONES YSUBVENCiOHES DE LA MUNICIPALIDAD DE CORÁN, DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 29
CAPÍTULO UNICO Artículos 1 a 5
ARTÍCULO 1

El presente reglamento es de orden público, de interés general, de observancia obligatoria y tiene por objeto regular y establecer los procedimientos, requisitos que debe cumplirse en los procesos de aprobación, recepción u otorgamiento, legalización, registro y ejecución de las donaciones y subvenciones, de los bienes, derechos, valores, materiales, equipo o servidos que la Municipalidad de Cobán, departamento dé Alta Verapaz, considere como susceptibles de ser recibidos u otorgados; así mismo, el control del destino de los mismo y la definition de los parámetros generales de la relación entre las partes.

ARTÍCULO 2 Para los fines del presento reglamento se establecen las siguientes definiciones:
  1. Bienes: Se entienden como las cosas (bienes muebles e inmuebles) susceptibles de apropiación u otorgamiento de manera lícita.

  2. Bienes Susceptibles de Donación o Subvención: Son los bienes que cumplen con los criterios legales y técnico correspondientes que los habiliten para ese fin.

  3. Donación: Debe entenderse como el acto jurídico por medio de cual una persona individual o jurídica, nacional o extranjera, llamada donante, entrega o transfiere a otra llamada donataria, a título gratuito, bienes, derechos, valores, materiales, equipos o servidos.

  4. Donante: Persona individual o jurídica, nacional o extranjera, que decide entregar o transferir gratuitamente, bienes, derechos, valores, materiales, equipos o servidos como manifestation de su compromiso social, interés solidario e identificación con el desarrollo integral de la comunidad basados en la equidad y la justicia social."

  5. Donatario: Personal individual o jurídica, national o extranjera, que recibe en calidad de donation, bienes, derechos, valores, materiales, equipos o servidos.

  6. Fines específicos: Los planes, programas, proyectos o actividades, a las que será destinada una donation 0 subvención.

  7. Municipalidad: Municipalidad de Cobán, departamento de Alta Verapaz.

  8. Registro: Se entiende como el directorio de personas individuales o jurídicas, nacionales o extranjeras que hayan recibido n otorgado, de ó hada la Municipalidad de Cobán, departamento de Alta Verapaz, donadones o subvenciones.

  9. Reglamento: Documento normativo por medio del cual se regulan las donadones y subvenciones que recibe u otorgue la Municipalidad dé Cobán, departamento de Alta Verapaz.

  10. Subvención: Se entiende como el beneficio que se recibe u otorga, de persona individual o jurídica, nacional o extranjera a título gratuito, con el objeto de realizar planes, programas, proyectos o actividades para beneficio público, por ende, existe la obligación de emplear el bien recibido para el propósito para el que fue concedido.

  11. Desembolsos en efectivo: Desembolsas recibidos en efectivo provenientes de donadones nacionales e internacionales, se depositarán en la Cuenta Única Pagadora/Municipalidad de Cobán, A.V., y su registro continuará siendo de forma presupuestaria. Se faculta a la Gerencia de Administration Financiera Integrada Municipal para utilizar la cuenta única de la Municipalidad para recibir recursos de las donadones internas y externas, así como para constituir las cuentas bancarias que sean necesarias a este respecto,

  12. Desembolsos en especie: Desembolsos provenientes de donadones, los cuales pueden ser bienes, productos o servicios; y deberán registrar el ingreso y gasto de forma contable, en el módulo de registro de Donadones en Especie, que se encuentra habilitado en el Sistema de Contabilidad Integrado de Gobiernos Locales.

  13. Devoluciones: De existir Devoluciones de fondos a Donantes, estos deberán realizarse de forma presupuestaria a través de sus respectivas unidades de Administración Financiera.

  14. Documentos: Las Unidades Ejecutoras que no cuenten con un instrumento de formalization de la donación suscrito con el Donante, podrán utilizar el formato denominado "Documento de Recepción de la Donación que se adjunta como anexo 1.

  15. Operatoria de registros: Desembolsos recibidos en especie provenientes de Donadones que cuenta con Comprobante Único de Registro de ingreso presupuestario, el gasto deberá regularizarse presupuestaria y de forma contable en el módulo de registro de donaciones en especie del SICOINGL.

ARTÍCULO 3 Bienes que pueden ser incorporados por donation o subvention al patrimonio de la Municipalidad de Cobán, departamento de Alta Verapaz.
  1. Donadones Dineradas: Son Jais donadones en moneda nacional o extranjera, valoradas por el importe recibido. Estas donadones constituyen un evento presupuestario en los ingresos y su utilization se basa en los términos y condiciones de un convenio. Al registrar una donación dinerada en el Sistema, se tendrá afectación en presupuesto, contabilidad y tesorería. Todos los ingresos serán expresados en Quetzales, moneda oficial de la República de Guatemala; las donaciones o subvenciones que se materialicen en moneda extranjera se registrarán en Quetzales aplicando el tipo de cambio de referencia divulgado por el Banco de Guatemala el día en que se realicen las transacciones.

  2. Donaciones en Especie: La Municipalidad debe registrar las donaciones en especie en el Sistema de Contabilidad Integrada de Gobiernos Locales vigente que utilice, registrando únicamente en forma contable sin afectar presupuesto. Previo al registro es necesario contar con el acta de recepción y/o formulario para donaciones {accionados por la Gerencia de Programas y Cooperación Externa. Las donaciones en especie, pueden sen

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