Reglamento para la contratación del seguro obligatorio de responsabilidad civil contra terceros del transporte de colectivo urbano de pasajeros y de carga

Publicado enDiario de Centro América

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN

Acuérdase emitir el siguiente: REGLAMENTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SEGURO OBLIGATORIO DE RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRA TERCEROS DEL TRANSPORTE COLECTIVO URBANO DE PASAJEROS Y DE CARGA.

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 17-2020

Guatemala, 13 de enero de 2020

EL. PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO

Que de conformidad con lo que establece la Constitución Política de la República de Guatemala, el Estado garantiza y protege la vida humana, así como la segundad de las personas, para lo cual se deben emitir las normas que garanticen dichos fines.

CONSIDERANDO

Que el Decreto número 132-96 dei Congreso de la República, Ley de Tránsito, en el artículo 29 establece que todo propietario de un vehículo autorizado para circular por la vía pública, deberá contratar, como mínimo, un seguro de responsabilidad civil contra terceros y ocupantes, conforme las disposiciones reglamentarias de dicha ley.

POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la...

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