Reglamento para la autorización e instalación en terrenos públicos o privados de infraestructura aérea o subterránea, para la transmisición de los servicios de información y comunicación en el municipio de Mixco, departamento de Guatemala

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE MIXCO, DEPARTAMENTO DE GUATEMALA

CERTIFICA: Que para el efecto tiene a la vista el punto cuarto del acta número ciento noventa y cinco del año dos mil dieciocho, de la Sesión Pública Extraordinaria del Honorable Concejo Municipal de Mixco, departamento de Guatemala, celebrada el nueve de octubre del año dos mil dieciocho, el cual en su parte conducente dice: CONSIDERANDO: Que de conformidad con el articulo tres del Código Municipal, en ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República garantiza al municipio, éste elige a sus autoridades y ejerce por medio de ellas, el gobierno y la administración de sus intereses, obtiene y dispone de sus recursos patrimoniales, atiende los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción, su fortalecimiento económico y la emisión de sus ordenanzas y reglamentos. Para el cumplimiento de los fines que le son Inherentes coordinará sus políticas con las políticas generales del Estado y en su caso, con la política especial del ramo al que corresponda. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el articulo treinta y tres del Código Municipal el gobierno del municipio corresponde con exclusividad al Concejo Municipal, así como velar por la integridad de su patrimonio, garantizar sus intereses con base en los valores, cultura y necesidades planteadas por los vecinos, conforme a la disponibilidad de recursos. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el articulo treinta y cinco del Código Municipal (Modificado por el Artículo Siete Decreto veintidós guión dos mil diez) Atribuciones generales del Concejo Municipal: a) la iniciativa, deliberación y decisión de los asuntos municipales,

POR TANTO: Con base en lo considerado, ley citada y en lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254, de la Constitución Política de la República; y los artículos, 3, 33, 35, 100 del Código Municipal. Por lo que el Honorable Concejo Municipal por MAYORIA CALIFICADA de votos; ACUERDA:

Se Aprueba el REGLAMENTO PARA LA AUTORIZACIÓN E INSTALACIÓN EN TERRENOS PÚBLICOS O PRIVADOS DE INFRAESTRUCTURA AÉREA O SUBTERRÁNEA, PARA LA TRANSMISIÓN DE LOS SERVICIOS...

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