Reglamento para la admnistración, operación y mantenimiento del servicio de recolección transporte y disposición de desechos sólidos de la municipalidad de Zaragoza, del departameno de Chimaltenango

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE ZARAGOZA, DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO. CERTIFICA: Tener a la vista el Libro de Actas Ordinarias del Concejo Municipal del Municipio de Zaragoza, departamento de Chimaltenango, que para el efecto se lleva en esta municipalidad, en donde aparece inscrita el Acta Extra-Ordinaria Número: Cero seis guión dos mil dieciocho (06-2018), de fecha Cuatro de Septiembre del año dos mil dieciocho, que contiene el punto CUARTO; que copiado literalmente dice:

CUARTO:. El Honorable Concejo Municipal del Municipio de Zaragoza del Departamento de Chimaltenango.

CONSIDERANDO:

Que los artículos 253 literales b) y c); 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala, establecen lo relacionado con el régimen municipal, indicando que los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas, y para los efectos correspondientes emitirán sus ordenanzas y reglamentos respectivos.

CONSIDERANDO;

Que los artículos 3, 33, 35 literal i), 42, 72, 100 literal e) del Decreto Numero 12-2002 del Congreso de la República, Código Municipal y sus reformas, indican que en ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República garantiza al municipio, éste elige a sus autoridades y ejerce por medio de ellas, el gobierno y la administración de sus intereses, obtiene y dispone de sus recursos patrimoniales, atiende los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción, su fortalecimiento económico y la emisión de ordenanzas y reglamentos.

CONSIDERANDO:

Que el articulo 35 literal i) del Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, Código Municipal y sus reformas, establece que es competencia del Concejo Municipal la emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales.

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confieren los artículos 253 y 255 de la Constitución Política de la República, y los artículos 3, 33, 34 y 35 literal I), 40 y 42 del Decreto Numero 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, Código Municipal y sus reformas; artículos 102, 103, 104 del Decreto número 90-97 Código de Salud, por unanimidad de votos;

ACUERDA:

Emitir el siguiente:

REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE RECOLECCIÓN, TRANSPORTE Y DISPOSICION DE DESECHOS SOLIDOS DE LA MUNICIPALIDAD DE ZARAGOZA, DEL DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO.

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 30
Artículo 1 Objeto

El presente Reglamento tiene por objeto normar la prestación del servicio de Manejo de Residuos y Desechos sólidos de los vecinos del Municipio de Zaragoza, Departamento de Chimaltenango.

Artículo 2 Naturaleza del servicio

El servido de manejo de residuos y desechos sólidos es de carácter público y tiene como propósito reducir la contaminación ambiental, mediante la recolección ordenada y sanitaria de desechos sólidos y su transportación hacia los lugares designados por la Municipalidad para tratamiento y disposición final, de conformidad con la política nacional para el manejo integral de los residuos y desechos sólidos así como normas establecidas por el Código de Salud y demás Leyes relacionadas.

Artículo 3 Forma de establecimiento y prestación del servicio

El servicio de manejo de residuos y desechos sólidos, es municipal; sin embargo cuando las autoridades municipales estimen conveniente, podrán aprobar la prestación del mismo en forma mancomunada, conforme lo estipulado en los artículos 73, 74 y 75 del Código Municipal.

Articulo 4 Propiedad de terrenos, equipo e instalaciones del servicio municipal

La Municipalidad de Zaragoza, del Departamento de Chimaltenango, es propietaria de los terrenos; equipo e instalaciones presentes y futuros del servicio municipal de recolección, disposición y tratamiento de residuos y desechos sólidos. El costo total de todos los activos debe figurar en el inventario Municipal.

Artículo 5 Cobertura del servicio

La Municipalidad prestará el servicio de manejo de residuos y desechos sólidos, en el área urbana del municipio; se podrá crear un programa para la atención del área rural con las autoridades comunitarias o directores de establecimientos educativos, de acuerdo a las condiciones financieras.

Artículo 6 Aplicación

El servicio de manejo de residuos y desechos sólidos, se administrará aplicando el presente reglamento; las autoridades, funcionarios y empleados municipales, así como los usuarios, deben observarlo y cumplirlo correctamente. El Alcalde a través de la Coordinación de Servicios Públicos Municipales, -CSPM-, son los responsables de velar porque el reglamento se aplique correctamente y sin preferencias de ninguna naturaleza. No se concederá cualquiera de los derechos contemplados este reglamento a título gratuito, incluyendo a personas individuales, instituciones de servicio público, entidades del Estado y organizaciones privadas.

Artículo 7 Obligatoriedad de suscribirse al servicio

Para garantizar, una eficiente, ordenada y sanitaria recolección de basura en el Municipio y evitar la proliferación de basureros clandestinos como focos de contaminación ambiental, todos los vecinos del área urbana quedan obligados a hacer uso del servicio municipal o privado de recolección de desechos sólidos, de acuerdo a lo establecido en este Reglamento.

Artículo...

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