Reglamento para la administración de servicio de abastecimiento de agua potable del municipio de Tacana, departamento de San Marcos

MUNICIPALIDAD DE Tacaná, DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS

Acuérdase emitir el presente: REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y PRESTACIÓN DE SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE DEL MUNICIPIO DE TACANÁ, DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS.

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE TACANÁ, DEL DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS, CERTIFICA: QUE PARA EL EFECTO HA TENIDO A LA VISTA EL LIBRO EN HOJAS MOVIBLES NÚMERO SEIS DE ACTAS DE SESIONES ORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL, AUTORIZADO POR LA CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS, EN EL CUAL SE ENCUENTRA EL ACTA NÚMERO 46-2017, DE FECHA CATORCE DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE (14/11/2017) Y EN ELLA EL PUNTO TERCERO QUE COFiIADO LITERALMENTE DICE:

TERCERO: El Concejo Municipal del municipio de Tacaná, del departamento de San Marcos.

CONSIDERANDO:.

Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.

CONSIDERANDO:

Que el articulo 72 del Código Municipal establece que el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales, por lo tanto, tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo, para lo que tiene la facultad de determinar y cobrar tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo a los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios.

CONSIDERANDO:

Que a pesar de que en el Municipio de Tacaná se presta el servicio público municipal de abastecimiento de agua potable, es necesario reformar el reglamento que lo regule, estableciendo normas claras sobre su administración, uso, derechos y deberes de la Municipalidad y los usuarios.

PORTANTO:

Con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 33, 34, 35, 68, 72, 100 y 101 del Código Municipal (Decreto 12-2,002 del Congreso de la República de Guatemala) el Código de Salud (Dto. n. 90-97 CR, Art.78 al 91), Ley de Protección.y Mejoramiento del Medio Ambiente (Dto. 68-86 CR, Art.1,8 al 16), relacionadas con agua potable, que al Municipio de Tacaná le corresponde atender como parte de los servicios públicos, basado en la Constitución Política de la República (Art. 97 y 253) y Código Municipal (Dto. n. 12-2002 CR y su reforma), así como brindar la información que corresponda en base a la Ley de Acceso a la Información Pública (Decreto 57-2008) por unanimidad:

ACUERDA:

Emitir el Presente:

REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y PRESTACIÓN DE SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE DEL MUNICIPIO DE TACANÁ, DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS

Capítulo I
Disposiciones Generales Artículos 1 a 45
Artículo 1 Objeto del Reglamento

El presente Reglamento es de interés social, de observancia general con el fin de regular la prestación del servicio de agua para la jurisdicción deiTerritorio del Municipio de Tacaná.

El municipio se propone alcanzar los siguientes objetivos:

  1. Señalar, los derechos y las obligaciones de la Municipalidad de Tacaná, como de los usuarios de los servicios de agua potable.

  2. Establecer las bases que orienten el mejoramiento de Ia1 calidad de dicho sentido público.

  3. Establecer las bases de organización de las dependencias municipales, encargadas de desarrollar acciones de planificación, administración, ejecución, Inspección, vigilancia, control y evaluación relacionadas con este servicio,

  4. Armonizar este Reglamento con el Plan de Desarrollo Municipal, el de Ordenamiento Territorial, las políticas públicas nacionales relacionadas y las municipales que se emitan en esta materia;

  5. Coordinar con elMinisterio de Salud Pública y Asistencia Social -MSPAS- la implementación del programa de vigilancia de la calidad del agua en el municipio;

  6. Desarrollar acciones coordinadas con entes rectores y población, encaminadas a cumplir con la protección del agua y los demás bienes y sentidos naturales;

  7. Diseñar e implementar el programa-de conservación de zonas de recarga hídrica, a cargo la Municipalidad de Tacaná y sociedad organizada participante en COMUDE, COCODE urbano, contando con el apoyo de entes cooperantes;

  8. Establecer la tarifa por la prestación de los servicios de agua potable, basado en el costo total del mantenimiento, operación, administración.

  9. Diseñar e implementar los, programas de capacitación para difundir y desarrollar una cultura de pago que permita mejorar la prestación del servicio, la calidad y cantidad del-agua y la conservación de los bienes naturales;

  10. Los demás que sean necesarios para cumplir con las disposiciones legales que en esta materia tiene asignadas el municipio.

Artículo 2 Ámbito de Aplicación

Para efectos del presente Reglamento se considera su ámbito de aplicación la circunscripción territorial correspondiente al municipio de Tacaná, donde la municipalidad opere, administre proyectos de abastecimiento de agua domiciliar. En el caso de las comunidades donde antes de la vigencia de este Reglamento tengan en operación sistemas de servicio de agua en funcionamiento deberán aplicar el presente reglamento acorde a su contexto social, quienes deben rendir un informe de forma anual de su administración a la unidad especifica encargada de la municipalidad (OMAS).

  1. Autoridades, funcionarios y personal municipal, en el cumplimiento de competencias, funciones y atribuciones propias al cargo y relacionadas con estos servicios;

  2. Toda persona individual o jurídica propietaria, poseedora, arrendataria de inmuebles, que resida o tenga su vivienda, sede, oficinas, centro de trabajo o de actividades de cualquier naturaleza en el Municipio.

Articulo 3 Organización administrativa municipal

La Municipalidad de Tacaná, asignará fondos económicos en la medida de sus posibilidades, a la unidad administradora delegada para este servicio específicamente (OMAS) y buscará otras formas lícitas de conseguirlos para adecuar e implementar las unidades administrativas, equipo y útiles en general para ejecutar el proceso en los diferentes aspectos contemplados en este Reglamento, de acuerdo con la planificación vigente; sin embargo, independientemente de cual sea la organización administrativa, los responsables de la gestión son;

  1. Alcalde, Comisión de Ambiente y Recursos Naturales, Comisión de Salud del Concejo Municipal.

  2. Directores de la Dirección - Municipal de Planificación (DMP)1 la Dirección Administración Financiera Integrada Municipal (DAFIM)1 Coordinador de- la Oficina Municipal de Agua y Saneamiento (OMAS);

  3. La receptoría de Tesorería Municipal, que será la responsable de recibir el pago por concepto de uso de servicio de agua de los usuarios, de acuerdo a las tasas establecidas en el presente reglamento.

  4. Oficina Municipal de Agua y Saneamiento, encargada de la administración, mantenimiento y operación del sistema de agua, también la encargada de brindar asistencia técnica para la administración, operación y mantenimiento de los sistemas de agua del área rural, a través de las Comisiones de Agua y Saneamiento (CAS);

  5. Oficina Forestal Municipal1 encargada de brindar asistencia técnica para el manejo integrado de cuenca, en coordinación con la OMAS y dependencias relacionadas;

  6. Oficina Municipal de la Mujer, Niñez y Adolescencia (OMMNA), encargada de brindar asistencia técnica e involucrar a mujeres y jóvenes en el proceso de participación ciudadana para tomar parte en las decisiones de desarrollo integral del Municipio, especialmente las relacionadas con agua y saneamiento, así como incorporar a adolescentes y niñas/os de área urbana y rural, en planes, programas y proyectos de uso y manejo adecuado del agua y los demás recursos naturales en coordinación con la OMAS.

  7. Juzgado de Asuntos Municipales a cargo de vigilar el cumplimiento del Reglamento y disposiciones legales a nivel nacional y municipal en coordinación con la Oficina Municipal de Agua y Saneamiento, así como aplicar las sanciones que se normen en este Reglamento;

  8. Las que en el futuro se creen por las necesidades del servicio.

Articulo 4 Atribuciones Generales

Para la aplicación de este Reglamento, las autoridades y dependencias municipales mencionadas, en el ámbito de su competencia, tendrán las siguientes atribuciones generales, sin perjuicio de las demás que se establezcan por ser necesarias para lograr un desempeño eficiente, eficaz y efectivo;

  1. Vigilar que se cumpla con lo establecido en el presente Reglamento para la gestión integrada de abastecimiento de agua potable;

  2. Difundir y socializar a los involucrados, las disposiciones de este Reglamento, a través de instructivos, formatos, guías, manuales y otras formas de compartir el conocimiento, para los efectos de aplicación y cumplimiento;

  3. Promover y ejecutar programas y acciones que eduquen, formen, instruyan sobre participación ciudadana a los habitantes del municipio con enfoque de equidad de género y diversidad cultural y los motive a hacer un uso adecuado del suelo, bosque, agua y biodiversldad, desarrollando actividades y actitudes de conservación de dichos recursos, para lo cual es necesario coordinar acciones con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, asociaciones, comités y otras existentes en el municipio;

  4. Establecer y mantener actualizado un sistema de información hidrológica, en coordinación con los entes rectores, necesario para la toma de decisiones, formulación de la planificación y obras hidráulicas de regulación;

  5. Implementar y desarrollar planes...

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