Reglamento para la administración y funcionamiento del servicio municipal de recolección, manejo y disposición final de desechos sólidos del municipio de San Juan Chamelco, Alta Verapaz
CONSIDERANDO
Que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal la deliberación y decisión del gobierno, administración del patrimonio y los intereses de su Municipio, emitiendo para el efecto las ordenanzas o reglamentos que correspondan.
CONSIDERANDO
Que, la Constitución Política de la República de Guatemala en su artículo, 97 establece que el Estado, las municipalidades y los habitantes del territorio nacional están obligados a propiciar el desarrollo social y económico que prevenga ja contaminación social del ambiente y mantenga el equilibrio ecológico, dictando todas las normas necesarias.
CONSIDERANDO
En ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República garantiza al municipio, éste elige a sus autoridades y ejerce por medio de ellas, el gobierno y la administración de sus intereses, obtiene y dispone de sus recursos patrimoniales-, atiende los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción, su fortalecimiento económico y la emisión de sus ordenanzas y reglamentos.
CONSIDERANDO
Que el municipio como institución autónoma de derecho público, tiene personalidad jurídica y capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones y en general para el cumplimiento de sus fines en los términos legalmente establecidos, de conformidad con sus características multiétnicas pluriculturales y multilingües.
CONSIDERANDO
Que dentro de las competencias propias del municipio, está la recolección, tratamiento y disposición de desechos sólidos.
POR TANTO
En uso de las facultades que le confiere los artículos 1º, 2º, 3º, 5º, 22, 25, 253, 254, 255, 259 de la Constitución Política de la República de Guatemala, y Artículos 2, 3, 6,7, 9,33,35,42, 67, 63 literal a, d) del Decreto Número 12-2002 código Municipal.
ACUERDA
Aprobar el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO MUNICIPAL DE RECOLECCIÓN, MANEJO Y DISPOSICIÓN FINAL DE DESECHOS SÓLIDOS DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN CHAMELCO, ALTA VERAPAZ
GENERALIDADES Y DEFINICIONES
El presente Reglamento es de observancia general en el Municipio de San Juan Chamelco, Departamento de Alta Verapaz, sus disposiciones son de orden público e interés social, aplicable ante toda persona individual o jurídica, pública o privada. Es obligación de todo habitante, visitante o transeúnte del Municipio en mención cumplir con el presente Reglamento y todas las disposiciones existentes en materia de medio ambiente relacionadas al mismo.
Para los efectos del presente Reglamento se establecen las siguientes definiciones que serán aplicables al funcionamiento y administración del servicio municipal de recolección de desechos sólidos; la generación, almacenamiento, manejo, recolección, transportes, aprovechamiento y disposición final de desechos sólidos del Municipio de San Juan Chamelco, Departamento de Alta Verapaz, así como la prevención en la generación y el reciclaje de los residuos que tengan valor comercial.
Almacenamiento: Reunión, retención o acumulación de los desechos sólidos en un lugar en forma temporal, mientras éstos no sean entregados al servicio de recolección, para su posterior procesamiento, traslado, reutilización o disposición.
Área pública: Es el espacio de convivencia y uso general de la población. (Calles, parques, centros de recreación, establecimientos educativos) Aseo urbano: Es el servicio de limpieza de las áreas públicas, comprende el barrido, almacenamiento, recolección, transporte, transferencia, tratamiento y disposición final de los desechos sólidos bajo normas técnicas.
Botadero de residuos y desechos sólidos: Sitio de acumulación de desechos sólidos que no cumple con las disposiciones vigentes y crea riesgos para la salud y seguridad humana o para el ambiente en general.
Botadero o basurero clandestino: Sitio de acumulación de desechos sólidos que no cumple con las disposiciones vigentes y crea riesgos para la salud y seguridad humana o para el medio ambiente en general.
Cacha: Material recolectado entre los desechos y que es reunido para su venta y o comercialización.
Chatarra: Fragmentos, piezas o partes de meta) de un equipo, maquinaria o vehículo.
Computadora: Equipo o máquina que por medio de presión reduce el volumen de los desechos sólidos para facilitar su almacenamiento, transporte y o disposición final autorizada.
Contenedor Recipiente en el que se depositan los desechos sólidos para su almacenamiento temporal para su transporte al sitio de disposición final autorizado.
Desechos: Materiales generados en los procesos de extracción, beneficio, transformación, producción, consumo, utilización, control, reparación o tratamiento, cuya calidad no permite usarlos nuevamente en el proceso que los generó, pero que pueden ser objeto de tratamiento y o reciclaje.
Residuos y desechos domiciliarios: Son desechos sólidos producto de la actividad doméstica, que por su tamaño, son adecuados para ser recogidos por los recolectores.
Desechos hospitalarios comunes: Son todos los desechos generados por las actividades administrativas, auxiliares y generales provenientes de hospitales, Centros y Puestos de Salud Pública o Privada y laboratorios clínicos públicos o privados que no representan peligro para la salud y sus características son similares a las que presentan los desechos domésticos comunes, entre estos: Periódicos, flores, papel, desechos de productos no químicos utilizados para la limpieza y enseres fuera de servicio; así como también los desechos de restaurante tales como envases, restos de preparación de comidas, comidas no servidas o nd consumidas, desechos de los pacientes que no presentan patología infecciosa.
Desechos peligrosos: Son aquellos desechos que conllevan riesgo potencial a la salud del ser humano o al ambiente, por poseer cualquiera de las siguientes características: corrosividad, explosividad, inflamabilidad, patogenicidad o bioinfecciosidad, radioactividad, reactividad y toxicidad.
Desechos sólidos: Residuos de materiales que han sido utilizados por el hombre para sus actividades que se lanzan al medio ambiente y pueden producir contaminación.
Escombros: Son todos aquellos desechos resultantes de (as demoliciones, construcciones, ampliaciones, remodelaciones, restauración de edificaciones y pavimentación de vías públicas realizadas por entes públicos o privados.
Foco de contaminación: Punto en donde se concentran altos niveles de contaminación.
Habitante: Los habitantes de una jurisdicción municipal constituyen su población y para los efectos legales, son vecinos y transeúntes.
Reciclaje: Proceso al que es sometido un material o producto para ser reincorporado a un ciclo de producción o de consumo, ya sea el mismo en que fue generado u otro diferente. Transformar o aprovechar algo para un nuevo destino o uso. Procesó de aprovechamiento de materiales, tantas veces como sea posible.
Recolección: Conjunto de acciones destinadas a recolectar y trasladar los desechos generados a las instalaciones de almacenamiento, transferencia, tratamiento, re uso 6 a los sitios de disposición final.
Recolección selectiva: Recolección de desechos clasificados, separados y presentados aisladamente, para su posterior utilización como material reciclable.
Reincidencia: Incurrir de nuevo en una infracción al presente Reglamento, después de haber sido sancionado previamente por una infracción anterior.
Relleno controlado: Sistema establecido para la disposición final de los desechos sólidos en el suelo, de forma húmeda o seca, en el cual el desecho desaparece y se compacta en uno o varios frentes inclinados.
Relleno sanitario: Sitio que es proyectado, construido y operado mediante la aplicación de técnicas de ingeniería sanitaria y ambiental, donde se depositan, esparcen, acomodan, compactan y cubren con tierra u otro material, en forma diaria, los desechos sólidos, el cual tiene drenajes para gases y líquidos (Lixiviados)
Relleno sanitario manual: Es aquel sitio en el que sólo se requiere equipo pesado para la adecuación del lugar y la construcción de vías internas, así como para la excavación de zanjas, tales como construcción de drenajes para lixiviados y chimeneas para gases, así como el proceso de acomodo, cobertura, compactación y otras obras vinculadas, pueden realizarse mutuamente.
Ripio: Cascajo o fragmentos de construcción, materiales de excavaciones y otros que sirvan para el recubrimiento de la basura.
Saneamiento: Conjunto de acciones orientadas a limpiar, desecar o hacer desaparecer fas condiciones de insalubridad de un sitio o terreno.
Vecino: Es la persona que tiene residencia continua por más de un (1) año en la jurisdicción municipal, o que tiene en el mismo, el asiento principal de sus negocios o intereses patrimoniales de cualquier naturaleza.
Vertedero: Lugar en el erial los desechos sólidos ya han tenido un proceso de tendido, compactación y cubierta.
Este Reglamento tiene por objeto regular el funcionamiento y administración del servicio municipal de recolección de residuos y desechos sólidos; así como de la generación, manejo, almacenaje, recolección, transporte, aprovechamiento y disposición final de residuos y desechos sólidos del Municipio de...
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