Reglamento de la Administración y funcionamiento del servicio municipal de recolección, tratamiento y disposición final de desechos y residuos sólidos del municipio de Sumpango, departamento de Sacatepéquez
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SUMPANGO. DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ.
CERTIFICA:
Que para el efecto, ha tenido a la vista el libro de actas de hojas movibles que documentan las Sesiones Ordinarias del Concejo Municipal, autorizado por la Contraloría General de Cuentas, según Cuentadancia No. T3-3-4, en el cual aparece asentada el Acta No. 66-2017, de fecha 18 de Octubre del año 2017, en donde se aprobó el punto resolutivo que copiado literalmente se lee:
“DECIMO SEPTIMO: El Alcalde Municipal de Sumpango, del departamento de Sacatepéquez expone á los miembros del Concejo la importancia del tema a tratar, ya que se debe de aprobar el reglamento de Desechos y residuos Sólidos que deberán de ser aplicados en la jurisdicción del municipio de Sumpango, de| departamento de Sacatepéquez; tomando en cuenta que en fecha doce de octubre el Concejo Municipal conoció el proyecto del reglamento mencionados y en ese momento se acordó trasladar copia a los miembros del Concejo Municipal para que realizarán las observaciones correspondientes y de esa manera realizar las correcciones necesarias, las cuales ya fueron realizadas por parte de la Secretaria Municipal, motivo por el cual es procedente proceder a la aprobación de los mismos. CONSIDERANDO: Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República establece que los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas. Entre otras funciones leS’ corresponde obtener y disponer de sus recursos, atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios. CONSIDERANDO: Que el artículo 68 inciso a) del Código Municipal establece que es una competencia propia del municipio formular y coordinar políticas, planes y programas relativos a la recolección, tratamiento y disposición final de desechos y residuos sólidos hasta su disposición final. CONSIDERANDO: Que en el municipio de Sumpango no se cuenta con un reglamento que regule este servicio, por lo que es necesario regularlo. POR TANTO: El Concejo Municipal, con fundamento en los artículo 253, 254, 255, 259 de la Constitución Política de la República de Guatemala y 1, 2, 3,6, 7,9,33, 35,68 inciso a) 72, 73, 74, 75,100 y 101 del Código Municipal por unanimidad
ACUERDA:
Aprobar el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO MUNICIPAL DE RECOLECCIÓN, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE DESECHOS Y RESIDUOS SÓLIDOS DEL MUNICIPIO DE SUMPANGO, DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ
El presente reglamento es de observancia general dentro de la jurisdicción del Municipio de Sumpango, departamento de Sacatepéquez y tiene por objeto regular la prestación del servicio de recolección, tratamiento, y disposición final de desechos y residuos sólidos en el Municipio de Sumpango. Así como de normarlas sanciones contra quienes no acaten dicha normativa y contaminen el ambiente con desechos sólidos en lugares no autorizados.
El servició de recolección, tratamiento y disposición final de desechos y residuos sólidos es competencia propia de la Municipalidad y será prestado por ésta. Sin embargo, cuando el Concejo Municipal lo considere conveniente, podrá aprobar su prestación en forma mancomunada o concesionario a personas individuales o jurídicas, conforme lo estipulado en los artículos 73,. 74 y 75 del Código Municipal y en este Reglamento. >.
La Oficina de Servicios Públicos Municipales, en adelante OSPM, es la responsable de velar por que el reglamento se aplique correctamente y sin preferencias ni excepciones de ninguna naturaleza.
Para garantizar una eficiente y ordenada recolección de los desechos sólidos y evitar la proliferación de basureros clandestinos,-la Municipalidad implementará de manera gradual y conforme a los recursos financieros el servicios de recolección de basura en todas las áreas pobladas, o concesionará los servicios de recolección de desechos sólidos a entidades jurídicas, personas particulares o individuales, quienes prestarán el servicio bajo la estricta supervisión de la oficina de Servicios públicos de la Municipalidad de Sumpango y de acuerdo al presente reglamento, por lo que conforme se implemente dicho servicio, todos los propietarios, arrendatarios o usufructuarios de inmuebles ubicados en las áreas de cobertura del servicio de recolección de basura están obligados a suscribirse y pagar la tasa mensual establecida por el Concejo Municipal, independientemente que hagan o no uso del mismo, salvo acuerdos que se puedan alcanzar con algunos vecinos para la extracción y disposición final de sus desechos sólidos.
Corresponde a cada vecino mantener limpia la acera y la calle frente a su casa, y a la municipalidad, el barrido de las calles, las plazas, el mercado municipal y demás áreas públicas municipales.
OPERACIÓN DEL SERVICIO
La administración del servicio estará a cargo de la Unidad de Gestión Ambiental y de un encargado, quien será nombrado por el alcalde municipal y estará bajo la dirección del jefe de la OSPM. Contará con el apoyo del personal que se contrate para el efecto y tendrá las siguientes funciones:
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Velar por que el servicio se preste de forma eficiente y ordenada;
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Llevar un registro de los usuarios del servicio;
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Supervisar y coordinar a los empleados municipales encargados de la prestación del servicio;
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Dirigir los trabajos de tratamiento y disposición final de los desechos recolectados;
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