Reglamento para la administración y funcionamiento del servicio de mercado municipal del municipio de Santa Cruz Verapaz, Alta Verapaz

MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ VERAPAZ, DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ

Acuérdase aprobar el presente: REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO MERCADO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ VERAPAZ, ALTA VERAPAZ

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ VERAPAZ, DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ

CERTIFICA:

Que para el efecto se tiene a la vista el libro de Actas de Sesiones Extraordinarias del Concejo Municipal, con número de registro 16,999-2,017, autorizado por Contrataría General de Cuentas, en el cual se encuentra el acta número dieciséis guión dos mil dieciocho (16-2,018) de fecha veinticuatro de mayo del año dos mil dieciocho, donde aparece el punto resolutivo QUINTO, que copiado literalmente dice: -

QUINTO: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ VERAPAZ, DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ

CONSIDERANDO:

Que, la Municipalidad está obligada a formular y ejecutar planes de desarrollo integral, tales formas de desarrollo deberán garantizar como mínimo el establecimiento, funcionamiento y administración de los servicios públicos, como agua potable, parques; escuelas, mercados, etc. Que sean apropiados para brindar servicios a la población de acuerdo a la naturaleza de desarrollo integral

CONSIDERANDO:

Que, en vista que cada día crece la demanda de espacio para la instalación de negocios en locales y piso plaza y no existiendo alguna normativa que regula el ordenamiento del Mercado Municipal y control de las mismas el Honorable Concejo Municipal, considera de suma urgencia la aplicación del presente Reglamento y en virtud que es competencia municipal, la administración del Mercado Municipal

POR TANTO:

En base a las consideraciones precedentes y uso de las facultades conferidas por los artículos: 3,6,6,7,9,33, 35,68 inciso a), 72,73 inciso a) y 107; del Decreto 12-2002, Código Municipal y su reforma, artículos 253,254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala, El Concejo Municipal por unanimidad de votos al resolver ACUERDAN, aprobar el presente: REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO MERCADO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ VERAPAZ, ALTA VERAPAZ

TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 40
CAPITULO I Artículos 1 a 4

DEFINICIONES

Artículo 1

Objeto El presente Reglamento tiene por objeto regular la prestación del servicio de mercado municipal.

Artículo 2

Edificio e instalaciones La Municipalidad de Santa Cruz Verapaz, Alta Verapaz, vela por el edificio e instalaciones públicas del mercado y piso plaza, así como de las ampliaciones y mejoras y nuevas - instalaciones que se hagan en el futuro; por lo tanto, el costo total deberá figurar en el inventario patrimonial de la municipalidad.

Artículo 3

Definiciones Para una mejor comprensión de las regulaciones contenidas en este Reglamento, se establecen las siguientes definiciones:

I Mercado municipal: Es el lugar o instalaciones de propiedad de uso municipal, en donde, bajo el

régimen de libre competencia, se desarrollan relaciones de compraventa de bienes y servicios

II Arrendatarios o arrendatarias: Son las personas debidamente autorizadas por la municipalidad para

la venta de bienes y servicios, que ocupan un local o puesto en el mercado municipal y pagan la renta o fosas correspondientes

III Arrendatarios o arrendatarias permanentes: Son las personas que, mediante pago de renta, mensual de acuerdo o contrato suscrito con la municipalidad por medio de la oficina de Servicios Públicos Municipal, ocupan locales construidos formalmente o puestos fijos, destinados al comercio dentro del área del mercado municipal Atienden su negocio todos los días, dentro del área del mercado municipal, y horario establecido en el artículo 22 de este reglamento

IV Arrendatarios o arrendatarias ocasionales: Son las personas que, mediante el pago de la tasa correspondiente, ocupan puestos en forma eventual, dentro del área de piso plaza del mercado municipal y en los lugares que, con la autorización de la Oficina de Servicios Públicos Municipales en coordinación con la Dirección Municipal de Catastro, colocan puestos de venta durante la feria patronal y titular, día de los santos, fiestas navideñas y fin de año etc.

V Contrato de Arrendamiento: Es un documento por el cual se plasma la voluntad de las partes y crea, modifica o extingue una obligación

VI Juzgado de Asuntos Municipales: Será la unidad sancionadora cuando el caso lo amerite

VII Multa: La pena de multa, consiste en el pago de una cantidad de dinero que el Juez fijará, dentro de los límites legales

VIII OSPM: Oficina de Servicios Públicos Municipales

IX DAFIM: Dirección de Administración Financiera Integrada Municipal

X Dirección de Catastro Municipal

Artículo 4

Aplicación EL servicio de mercado municipal se administrará aplicando el presente Reglamento; las autoridades, funcionarios, empleados municipales, así como los usuarios y usuarias, deben observarlo y cumplirlo correctamente El Alcalde Municipal, a través de la Oficina de Servicios Públicos Municipales -OSPM-, en conjunto con el Juzgado de Asuntos Municipales, serán los responsables de velar porque el presente Reglamento se aplique correctamente y sin preferencias de ninguna naturaleza.

TITULO II Artículos 5 a 29

ADMINISTRACIÓN Y OPERACIÓN DEL SERVICIO CAPITULO I ADMINISTRACIÓN DEL SERVICIO

Artículo 5

Nombramiento del personal del mercado El Alcaide Municipal, nombrará al personal del servicio, tomando en cuenta las especificaciones de cada puesto, previo el cumplimiento de los requisitos legales La cantidad dé personal, estará en función de las necesidades del servicio y dé la situación financiera y presupuestaria municipal.

Artículo 6

Administración del mercado La administración del mercado estará a cargo de una o un - Administrador quien supervisará las actividades de su personal, para asegurar la calidad de servicio, función que realizará la Oficina de Servicios Públicos.

Articulo 7

Manual de Organizaciones y Puestos La Municipalidad dispondrá de un Manual de Organización y puestos en la OSPM, en el que, se incluya el personal encargado de la administración, operación y mantenimiento del mercado Este Manual, deberá ser aprobado también por el Concejo Municipal.

Articulo 8

Responsabilidad por el funcionamiento eficaz, seguro y continúo del servicio El Honorable Concejo Municipal, el Alcalde Municipal, la Oficina de Servicios Públicos Municipales OSPM, el personal del mercado y las organizaciones de vendedores y vendedoras, si existieren, son responsables de velar por el funcionamiento eficaz, seguro y continuo del servicio.

Artículo 9

Criterios para adjudicación de espacios de piso de plaza y locales comerciales El otorgamiento de espacios de piso de plaza y locales en arrendamiento, se dará preferencia a personas que hubieran ocupado local o puestos anteriormente, que sean vecinos o vecinas del municipio, que no posean otro negocio similar en el mercado y presenten la solicitud correspondiente En ningún caso se concederá de forma gratuita, a persona individual o jurídica, el uso de las instalaciones del mercado y piso plaza.

Artículo 10

Instancias responsables de la adjudicación de espacios de piso de plaza y locales comerciales En respuesta a las solicitudes presentadas, la adjudicación de locales comerciales áreas de piso de plaza en el mercado, estará a cargo del Administrador o Administradora del mercado, con la aprobación previa del Coordinador o Coordinadora de la Oficina de Servicios Públicos Municipales -OSPM-, y el...

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