Reformas al Reglamento a la Ley Orgánica del Plan de Prestaciones del Empleado Municipal

PLAN DE PRESTACIONES DEL EMPLEADO MUNICIPAL

REFORMAS AL REGLAMENTO A LA LEY ORGÁNICA DEL PLAN DE PRESTACIONES DEL EMPLEADO MUNICIPAL.

LA INFRASCRITA SECRETARIA DE JUNTA DIRECTIVA DEL PLAN DE PRESTACIONES DEL EMPLEADO MUNICIPAL, CERTIFICA: QUE PARA EL EFECTO TUVO A LA VISTA EL LIBRO DE ACJAS DE JUNTA DIRECTIVA DEL PLAN DE PRESTACIONES DEL EMPLEADO MUNICIPAL, AUTORIZADO POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS, CON EL NUMERO DE REGISTRO L2 48,119 DE FECHA TRECE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE EN LA QUE A FOLIOS 8084, 8085, 8086, 8087, 8088, 8089, 8090, 8091, 8092, 8093, 8094 Y 8095 EN SU PARTE CONDUCENTE APARECE LO SIGUIENTE:--------------------------------------------

ACTA NÚMERO CERO CERO TRES GUION DOS MIL VEINTE (003-2020). De la sesión extraordinaria celebrada por la Junta Directiva del Plan de Prestaciones del Empleado Municipal, que da inicio a las seis (06:00) horas con diez (10) minutos, del día nueve (09) de enero del año dos mil veinte (2020), reunidos en las oficinas del Plan de Prestaciones del Empleado Municipal, ubicadas en la tercera (3ra.) calle cinco guión veintiséis (5-26) de la zona uno (01) de la Ciudad de Guatemala, comparecen las siguientes personas: Señor JOSÉ ADOLFO QUEZADA VALDÉZ, Representante Titular por la Asociación Nacional de Municipalidades -ANAM- señor MARIO VITELIO YANTUCHI ALBIZURES, Representante Suplente por la Asociación Nacional de Municipalidades -ANAM-;Señorita ERICKA MERCEDES VALDEZ ARRIOLA, Representante Titular por la Asociación Nacional de Empleados Municipales -ANEM-; señora NILSA JOHANA FUETTERER MORAN DE AMADO, Representante Suplente por la Asociación Nacional de Empleados Municipales -ANEM-; señor ARTURO EDILBERTO ARGUETA MORALES, Representante Titular por el Instituto de Fomento Municipal -INFOM-; señor ROLANDO MIGUEL OVALLE BARRIOS, Representante Suplente por el Instituto de Fomento Municipal -INFOM-; señor FRANCISCO ABRAHAM SANDOVAL GARCÍA, Representante Titular por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social -MINTRAB-; señor JULIO ADRIAN VELASQUEZ AGUILAR Representante Suplente por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social -MINTRAB-; y señora EVELYN CAROLINA MORALES RUIZ en su calidad de Secretaria de la Junta Directiva del Plan de Prestaciones del Empleado Municipal -PPEM-, para dejar constancia de lo siguiente: PRIMERO: El Presidente de Junta Directiva, señor José Adolfo Quezada Valdéz, declara abierta la sesión de este día.(...) OCTAVO: Se presenta para conocimiento y resolución de Junta Directiva, informe final dé las reformas al Reglamento de la Ley Orgánica dei Plan de Prestaciones del Empleado Municipal, mismas que se plasmaron de la siguiente manera:------------------------------------------------------------------

REFORMAS AL REGLAMENTO A LA LEY ORGÁNICA DEL PLAN DE PRESTACIONES DEL EMPLEADO MUNICIPAL

Artículo 1º Se adiciona el Artículo 1º

Bis. El cual queda así:

Artículo 1º. Bis Atribuciones del Secretario de Junta Directiva:

El Gerente del Plan de Prestaciones del Empleado Municipal, es el Secretario de la Junta Directiva del Plan de Prestaciones del Empleado Municipal. Es el responsable de apoyar a la Junta Directiva del Pian de Prestaciones del Empleado Municipal, siendo sus atribuciones las siguientes:

  1. Llevar y conservar los libros necesarios para el buen funcionamiento de la Junta Directiva;

  2. Elaborar acuerdos de Junta Directiva;

  3. Redactar y autorizar actas y resoluciones;

  4. Preparar el proyecto de agenda y documentación necesaria de los asuntos a tratar % en sesiones de Junta Directiva;

  5. Convocar por instrucciones del Presidente de Junta Directiva a las sesiones v ordinarias y extraordinarias de la Junta Directiva;

  6. Presentar a Junta Directiva el proyecto de memoria anual de labores;

  7. Notificar las disposiciones de la Junta Directiva a quien corresponda;

  8. Hacer las citaciones necesarias:

  9. Despachar correspondencia a distintas entidades;

  10. Llevar al día las firmas de las actas y resoluciones que documentan las sesiones de la Junta Directiva.

  11. Llevar al día las firmas de las actas que documentan las sesiones de la Junta Directiva, no debiendo exceder de treinta días calendario la firma de las mismas.

  12. Archivar resoluciones, acuerdos y otros emanados de Junta Directiva;

  13. Como fedatario de la administración pública administrativa, certificar las actas y disposiciones de la Junta Directiva; y, n) Atender y diligenciar las instrucciones emanadas de Junta Directiva.

  14. Otras funciones inherentes al cargo que ostenta como Secretario/a de Junta Directiva.

Artículo 2 Se adicional el Artículo 1º

Ter. El cual queda así;

Artículo 1º. Ter Dietas de los integrantes y Secretario de Junta Directiva.

Los miembros de la Junta Directiva, tanto titulares como suplentes, y su secretario, percibirán en concepto de dieta la cantidad de dos mil quetzales (02,000.00) a la sesión que asistan para el cumplimiento de sus funciones. Sesionarán ordinariamente una vez por semana y extraordinariamente cuando sea necesario. Reformado según Punto Quinto del Acta número 043-2016, de la sesión ordinaria celebrada por la Junta Directiva del Plan de Prestaciones del Empleado Municipal de fecha 18 de julio del año 2016. Publicado en el Diario Oficial el 12 de agosto de 2016.

Artículo 3º Se adiciona el Artículo 1º

Quáter. El cual queda así:

Artículo 1º Quáter Requisitos concurrentes para ocupar los Cargos Directivos como miembros de la Junta Directiva del Plan de Prestaciones del Empleado Municipal.

A efecto de que exista apego y observancia de la Ley Orgánica del Plan de Prestaciones del Empleado Municipal con la Constitución Política de la República de Guatemala, y congruencia con la Ley de Probidad y Responsabilidades de Funcionarios y Empleados Públicos, la Ley Orgánica de la Contraloria General de Cuentas; así como con el Acuerdo A-106-2019 de El Contralor General de Cuentas y la Guia para la participación de ¡as unidades de Auditoria Interna, en el control administrativo en la toma de posesión de las autoridades de las entidades de las entidades de la administración central, descentralizadas, autónomas y otros organismos del Estado, resulta indispensable e imperioso requerir como condictio sine qua non de juramentación y toma de posesión de los nuevos integrantes de la Junta Directiva del Plan de Prestaciones del Empleado Municipal, la presentación respectiva Constancia Transitoria de inexistencia de Reclamación de Cargos vigente para el ejercicio fiscal 2020, expedido por la Contrataría General de Cuentas, circunstancia que deberá ser aplicada, observada y con carácter obligatorio por parte del Auditor interno del Plan de Prestaciones del Empleado Municipal.

Artículo 4º Se adiciona el Artículo 2 Bis

El cual queda así:

Artículo 2 Bis Contribución Voluntaria.

Se considerarán contribuyentes voluntarios y luego de llenar los requisitos de ley beneficiarios:

  1. Los trabajadores municipales con excepción de tas trabajadores...

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