Plan de tasas, rentas, servicios, frutos, productos multas y demás tributos para la municipalidad de La Reforma, departamento de San Marcos
CONSIDERANDO:
Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atenderlos servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 72 del Código Municipal establece que el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales, por lo tanto tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo, para lo que tiene la facultad de determinar y cobrar tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo a los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios.
CONSIDERANDO:
Que el actual plan de tasas del Municipio de La Reforma, San Marcos, no se encuentra acorde a las necesidades y exigencias actuales de este municipio, por lo tanto se hace necesario dejarlo sin vigencia y proceder a crear uno nuevo, tomando en cuenta la equidad y realidad económica y la justicia tributaria; y en efecto para su vigencia necesario su publicación en el diario oficial.
POR TANTO:
Con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de le República; 3, 33, 35 literales a), i), n) y aa), 68, 72, 100 literal e), h), r) y s), y 101 del Código Municipal, por unanimidad:
ACUERDA:
Aprobar el siguiente: PLAN DE TASAS, RENTAS, SERVICIOS, FRUTOS, PRODUCTOS MULTAS Y DEMAS TRIBUTOS PARA LA MUNICIPALIDAD LA REFORMA, DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS.
Por la prestación de servicios administrativos se cobrarán las siguientes tasas:
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Por cada solvencia municipal que se extienda Q.15.00
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Por cada certificación que se extienda Q.15.00
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Por elaboración de contratos administrativos de obra pública y sus ampliaciones Q.300.00
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Por elaboración de contratos de arrendamiento de bienes municipales Q.150.00
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Por cada constancia que se emita (residencia, cargas familiares: matrimonio, honorabilidad, recomendación, aprovechamiento de madera para consumo familiar, y Q.15.00 otras que sean requeridas);
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Por extensión de guía de conducción de semovientes, cada una: (por cabeza de ganado) Q.20.00
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Por registro de fiemo para marcar ganado, anual y por renovación Q.100.00
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Por declaración jurada realizada ante él secretario municipal Q.10.00
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Por constancia de autorización de matrimonio civil Q.30.00
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Por cada fotocopia Q.0.30
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Canon de Agua mensual Q.7.00
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Entronque de Media Paja de Agua Q.500.00
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Por uso de la piscina grande ingreso al balneario Mpal Q.5.00
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Por uso de la piscina pequeña Q.5.00
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Por traspasos dei titular de servicios públicos Q.100.00
Art. 2. Tasas por inspección de inmuebles. Por el servicio prestado por la municipalidad relacionado con inspecciones a bienes inmuebles se cobrarán las siguientes tasas:
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Por inspección de inmuebles en área rural Q.1 50.00
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Por inspección de inmuebles en área urbana Q.150.00
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Por asignación de nomenclatura...
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