Plan de tasas, rentas, multas y demás tributos para el municipio de San Juan Ostuncalco

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN OSTUNCALCO, DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO

Acuérdase APROBAR EL SIGUIENTE: PLAN DE TASAS, RENTAS, MULTAS Y DEMÁS TRIBUTOS PARA EL MUNICIPIO DE SAN JUAN OSTUNCALCO.

La Infrascrita Secretaria Municipal de San Juan Ostuncalco, Departamento de Quetzaltenango, CERTIFICA: que para el efecto tuvo a la vista el libro de hojas movibles autorizado por la Contraloría General de Cuentas, de Actas de Sesiones del Concejo Municipal que se lleva en esta oficina, en el cual se encuentra inscrita el Acta Número 101 2018 Sesión EXTRA ORDINARIA, fecha 28 de Septiembre de 2018 que contiene el punto que copiado dice:

El Honorable Concejo Municipal, del Municipio de SAN JUAN OSTUNCALCO, departamento de QUETZALTENANGO

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2S3 de la Constitución Política da la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones tes corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios, para los efectos correspondientes emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos.

CONSIDERANDO:

Que el articulo 72 del Código Municipal establece que el municipio debe regalar y prestar los servicios públicos municipales, por lo tanto, tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantiendo un funcionamiento eficaz, seguro y continuo, para lo que tiene la facultad da determinar y cobrar tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo a los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios.

CONSIDERANDO:

Que el plan de tasas del Municipio que incluye las tasas por servicios, fue aprobado en el año de 2001 por lo que ya sus valores son obsoletos y no alcanzan a: la municipalidad para cubrir los costos de prestación de los servicios administrativos y públicos municipales.

POR TANTO:

Con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República; 3, 33, 35, 68, 72, 100 y 101 del Código Municipal, el Concejo Municipal por unanimidad

ACUERDA

APROBAR EL SIGUIENTE:

PLAN DE TASAS, RENTAS, MULTAS Y DEMÁS TRIBUTOS PARA EL MUNICIPIO DE SAN JUAN

TÍTULO I Artículos 1 a 19
CAPÍTULO ÚNICO Artículos 1 a 19

DE LAS TASAS RENTAS Y MULTAS

Artículo 1 Tasas administrativas

Por la prestación de servicios administrativos se cobrarán las siguientes tasas:

  1. Por cada solvencia municipal que se extienda Q. 15.00

  2. Por cada certificación que se extienda, hasta de dos hojas Q. 15.00

  3. Por cada hoja adicional de la certificación Q. 5.00

  4. Por cada certificación del IUSI O CATASTRO Q. 50.00

  5. Por cada certificación o constancias sobre derechos municipales (posesorios) exceptuando certificaciones para explotación forestal de gran extensión que será conocido y resuelto por el Concejo Municipal y por el 1NAB Q. 15.00

  6. Por cada constancia de supervivencia (Jubilados) Q. 15.00

  7. Por cada constancia de residencia y cargas familiares Q. 15.00

  8. Por cada carta de recomendación Q. 15.00

  9. Por cada licencia de aprovechamiento de madera para consumo familiar hasta Q. 50.00 (Cinco tareas de leña, 10 docenas de tablas o reglas)

  10. Por cada reposición de títulos o constancias sobre derechos municipales (posesorios entre otros) Q. 100.00

  11. Por extensión de cada guía de conducción de semovientes ganado mayor (Por cabeza) Q. 50.00

  12. Por extensión de cada guía de conducción de semovientes ganado menor (Por cabeza) Q. 15.00

  13. Por carta de venta de semovientes (por cabeza) Q. 10.00.

  14. Por extracción de cuero Q. 5.00

  15. Por registro de fierro para marcar ganado Q. 150.00

  16. Por renovación de registro de fierro para marcar ganado (cada cinco años) Q. 56.00

  17. Por inscripción de derechos posesorios (primer documento) Q. 50.00

  18. Por cada declaración jurada realizada ante el secretario municipal Q. 150.00

  19. Por cada fotocopia Q. 0.25

  20. Por la elaboración de ampliación de contrato de obras Q. 500.00

  21. Por la elaboración de contratos administrativos y su ampliación (Locales comerciales y de mercado) Q. 75.00

  22. Por registro pesas, balanzas y medidores, por cada uno Q. 25.00

  23. Licencia de Zarabandas Q. 100.00

  24. Licencia de circo Q. 1000.00

  25. Por Trámites Administrativos deiMatrimonio Civil Q. 250.00

  26. Por inscripciones de derechos de Gravámenes Q. 150.00

  27. Por certificación de derechos posesorios para explotación forestal de gran extensión, por cada cuerda Q. 1000.00

  28. Certificación de Cementerio Q. 50.00

  29. Extracción de broza en bosques Municipales por cuerda Q. 200.00 a Q. 300.00

  30. Licencia de tala de árboles en pie por metro cubico Q. 25.00

  31. Venta de arbolitos en vivero municipal (azafate) Q. 1.00

  32. Venta de arbolitos en vivero municipal (bolsa) Q. 2.00

  33. Extracción de arena, poma, piedrín de rio en propiedad municipal Q. 100.00

  34. Piso de Plaza para Ruedas pequeñas de Feria Q. 1,500.00

  35. Piso de Plaza para Ruedas medianas de. Feria Q. 2,000.00

  36. Piso de Plaza para Ruedas grandes de Feria Q. 3,000.00

  37. Piso de Plaza para Ruedas de Feria Q. 4,000.00

  38. Derecho de puesto de Feria Q. 125.00

  39. Basura de Feria Q. 25.00

  40. Tasa municipal alumbrado de feria

    Carretas Q. 100.00

    Fantasía Q. 100.00

    Canicas Q. 175.00

    Frontones Q. 175.00

    Roscas Q. 175.00

    Tiro al Blanco Q. 280.00

    Ponche Licores Q. 300.00

    Tortas y cafetería Q. 300.00

    Futillos Q. 400.00

    Pizza Q. 400.00

    Mincines Q. 450.00

    Churrería Q. 475.00

    Lotería Q. 600.00

    Maquinas Q. 675.00

    Restaurantes Q. 700.00.

    Caseta de hamburguesas Q. 200.00

    Cocteles Q. 150.00

  41. Cursos impartidos en el centro cultural

    CURSO INSCRIPCIÓN MENSUALIDAD

    Ajedrez Q. 100.00 Cuota única

    Teclado Q. 50.00 Q. 25.00

    Guitarra Q. 25.00 Q. 50.Ú0

    Guitarra, bajo eléctrico Q. 50.00 Q. 40.00

    Marimba Q. 40.00 Q. 25.00

    Zumba Q. 25.00 Q. 25.00

    Violín Q. 25.00 Q. 25.00

    Canto y Vocalización Q. 25.00 Q. 25.00

    Artes Plásticas Q. 50.00 Q. 50.00

    Computación Q. 50.00 Q. 50.00

    Karate Q. 50.00 Q. 50.00

    Dibujo y Pintura Q. 25.00 Q. 25.00

    Ingles Q. 25.00 Q. 25.00

    Taller para docentes Q. 50.00 Cuota única

    Cursos Vacacionales Q. 100.00 Cuota única

    Fotocopias Q. 0.25 Cada copia

    Carné de biblioteca Q. 3.00

    Alquiler de salón de Q. 150.00

    Alquiler salón de Q. 250.00 música

    Alquiler salón de dibujo Q. 125.00 y pintura

Artículo 2 Tasas por inspección de inmuebles

Por el servicio prestado por la municipalidad relacionado con inspecciones a bienes inmuebles se cobrarán las...

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