Decreto No. 21-2020.- Ratificar el Decreto Gubernativo No. 8-2020, de fecha 20 de abril de 2020, emitido por el presidente de la República en Consejo de Ministros, que prorroga por treinta días más el plazo de vigencia del estado de calamidad pública, contenido en el Decreto Gubernativo No. 5-2020

CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NÚMERO 21 -2020

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que es obligación del Estado y sus autoridades mantener a los habitantes de la Nación en el pleno goce de los derechos que la Constitución Política de la República de Guatemala garantiza, en casos de estado de calamidad pública puede cesar la plena vigencia de algunos derechos, previa declaratoria del presidente de la República en Consejo de Ministros, calificando la situación particular según su naturaleza y gravedad, de conformidad con el Decreto Número 7 de la Asamblea Constituyente, Ley de Orden Público.

CONSIDERANDO:

Que a la presente fecha, las circunstancias, desarrollo y propagación del virus identificado como COVID-19, va en aumento en el territorio de la República de Guatemala, y como consecuencia y en disposición de la Ley de Orden Público y el Código de Salud, es necesario que las instituciones del sector salud, otros sectores y la comunidad en general cooperen conforme los reglamentos internacionales y nacionales en las medidas preventivas y médicas para seguir evitando su propagación y con ello mitigar el impacto del virus.

CONSIDERANDO:

Que con fecha 20 de abril del presente año, el presidente de la República en Consejo de Ministros, emitió el Decreto Gubernativo Número 8-2020, que prorroga por treinta días más el plazo de vigencia del ejstado de calamidad pública, contenido en el Decreto Gubernativo Número 5-2020, de fecha 5 de marzo de 2020, en el cual se declara estado de...

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