Convenio de Financiación entre la Comunidad Europea y la República de Guatemala 'Programa de apoyo al empleo digno en Guatemala' (Convenio de Financiación LA/2018/040889)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Texto del CONVENIO DE FINANCIACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD EUROPEA Y LA REPÚBLICA DE GUATEMALA "PROGRAMA DE APOYO AL EMPLEO DIGNO EN GUATEMALA" (CONVENIO DE FINANCIACIÓN LA/2018/040-889).

YO, ALEJANDRO EDUARDO GIAMMATTEI FALLA

Presidente de la República de Guatemala

DECLARO:

\

Que el Gobierno de la República de Guatemala, habiendo celebrado el CONVENIO DE FINANCIACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD EUROPEA Y LA REPÚBLICA DE GUATEMALA “PROGRAMA DE APOYO AL EMPLEO DIGNO EN GUATEMALA” (CONVENIO DE FINANCIACIÓN LA/2018/040-889), ratifica por el presente dicho Convenio y se compromete a cumplir y aplicar fielmente las disposiciones que en el figuran.

EN TESTIMONIO DE LO CUAL, firmo el presente instrumento.

Hecho en la Ciudad de Guatemala, a los veinte días del mes de marzo de dos mil veinte.

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES

CONVENIO DE FINANCIACION ENTRE - ■

LA COMUNIDAD EUROPEA Y

LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

Programa de apoyo al Empleo Digno en Guatemala

CONVENIO DE FINANCIACIÓN CONDICIONES PARTICULARES

La Comisión Europea, en lo sucesivo denominada «la Comisión», en nombre de la Unión Europea, en lo sucesivo denominada «la UE», por una parte, y el Gobierno de Guatemala, en lo sucesivo denominado «el socio», representado por el Ministerio de Economía, por otra, han convenido en lo siguiente:

Cláusula 1 — Naturaleza de la acción

1.1. La UE se compromete a conceder y el socio se compromete a aceptar la financiación de la siguiente acción:

Programa de apoyo al Empleo Digno en Guatemala LA/2018/40889

Esta acción se financiará con cargo al presupuesto de la UE en el marco del siguiente acto de base: Instrumento de Cooperación al Desarrollo.

1.2 El coste total estimado de la acción asciende a 16.675 millones EUR, y el importe máximo de la contribución de la UE a esta acción se fija en 15 millones EUR.

1.3 El socio se compromete a cofinanciar la acción. El desglose de la contribución financiera del socio figura en el anexo I (Disposiciones Técnicas y Administrativas).

Cláusula 2 — Período de ejecución

2.1. El período de ejecución del presente convenio de financiación, tal y como se define en la cláusula 15 del anexo II (Condiciones Generales), comenzará a correr en el momento de la entrada en vigor del presente convenio de financiación, y finalizará 78 meses después de esa fecha.

2.2. La duración del periodo de ejecución operativa se fija en 60 meses.

2.3. La duración dei periodo de cierre se fija en 18 meses.

Cláusula 3 - Destinatarios

Todas las comunicaciones relativas a la ejecución del presente convenio se cursarán por escrito, harán referencia expresa a esta acción, tal y como se define en la cláusula 1.1 de las presentes Condiciones Particúlales, y se enviarán a las siguientes direcciones:

  1. Para la Comisión

    Delegación del a Unión Europea en Guatemala 5º Avenida 5-55, Europlaza Torre II, nivel 17 zona 14,

    Ciudad de Guatemala Guatemala b) Para el socio

    Ministerio de Economía 8º Avenida ÍO-43 zona 1,

    Ciudad de Guatemala Guatemala

    Cláusula 4 — Punto de contacto de la OLAF

    El punto de contacto del socio que esté debidamente facultado para cooperar directamente con la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) a fin de facilitar las actividades operativas de la OLAF será: Ministerio de Economía, Unidad Financiera, 8º Avenida 10-43 zona 1, Ciudad de Guatemala, Guatemala.

    Cláusula 5 - Anexos

    5.1. El presente convenio de financiación se compone de: á) Las presentes Condiciones Particulares.

  2. El anexo I: Disposiciones Técnicas y Administrativas, en las que se exponen detalladamente los objetivos, los resultados previstos, las actividades, la descripción de las tareas de ejecución del presupuesto encomendadas y el presupuesto de esta acción.

  3. El anexo II: Condiciones Generales.

  4. El anexo III: Plantilla de notificación no aplicable al presente convenio de financiación y no incluido en el mismo.

  5. El anexo IV: Plantilla de declaración de fiabilidad.

    5.2. En caso de conflicto entre, por una parte, las disposiciones de los anexos y, por otra, las disposiciones de las presentes Condiciones Particulares, prevalecerá lo dispuesto en estas últimas. En caso de conflicto entre, por una parte, las disposiciones del anexo í (Disposiciones Técnicas y Administrativas) y, por otra, las disposiciones del anexo II (Condiciones Generales), prevalecerá lo dispuesto en estas últimas.

    Cláusula 6 — Disposiciones de inaplicación excepcional o complementarias del anexo II (Condiciones Generales)

    El informe a que se refiere la cláusula 4.3 del anexo II (Condiciones Generales) y la declaración de fiabilidad a que se refieren las cláusulas 4.3 y 5.4 de las Condiciones Generales se presentarán anualmente como muy tarde el 15 de febrero.

    La Comisión tiene la intención de introducir progresivamente un sistema de intercambio electrónico para la gestión electrónica de contratos y acuerdos (el «sistema»). El socio estará obligado a inscribirse y utilizar el sistema para permitir la gestión electrónica de los convenios de financiación. La Comisión informará por escrito al socio ai menos tres meses antes de la fecha de aplicación de cada uno de los componentes del sistema.

    Como primer paso, Tos informes sobre los resultados de la delegación parcial y el presupuesto programa tendrán que ser tratados a través del sistema en todos los casos. En una segunda etapa, también los demás documentos relacionados con el presente convenio (incluidos los informes, las solicitudes de pago y las modificaciones formales conforme al artículo 25, apartado 1, del anexo II) deberán procesarse a través del sistema.

    El socio publicará anualmente en el sitio web del Ministerio de Economía (www nii ñeco, gob, ut) la información mencionada en la cláusula 7 del anexo 11 (Condiciones Generales).

    Cláusula 7 — Entrada en vigor

    El presente convenio de financiación entrará en vigor en la fecha en que lo firme la Parte que lo haga en último lugar.

    Hecho en 5 ejemplares con valo r de original, habiéndose entregado 2 ejemplares a la Comisión y 3 al socio.

    CONVENIO DE FINANCIACIÓN Nº LA/2018/40889 “PROGRAMA DE APOYO AL EMPLEO DIGNO EN GUATEMALA” ANEXO I -DLSPOSICTONES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS

    Información para potenciales aplicantes pe la Subvención

    Programa de Trabajo para Subvenciones

    Este documentos constituye el programa de trabajo para subvenciones de acuerdo al Artículo i 28(1) del Reglamento Financiero (Reglamento (EU, Euratom) No 966/2012) en las siguientes secciones relativas a las convocatorias de propuestas: 2.1.1.1; y en las siguientes secciones que conciernen a las subvenciones otorgadas directamente sin una convocatoria: n/a.

    1 La ayuda oficial para ei desarrollo es administrada con el objetivo de promover el desarrollo económico y el bienestar de los países en desarrollo.

    " Vea sección 5.5

    Resumen

    Guatemala enfrenta serios desafíos de empleo que se reflejan en el constante crecimiento de la población con edad para trabajar. El principal desafío de empleo del país no es el desempleo, sino el alto nivel de empleo informal y la mala calidad del empleo. De hecho, el 69.1% de las personas trabajan en el sector informal, solo 3 de cada 10 personas tienen acceso a la protección social y sus ingresos son bajos (en promedio, un 25,69% más bajo que el salario mínimo). Estos hechos revelan la vulnerabilidad del empleo y la falta de oportunidades de trabajo decente y productivo para la mayoría de los guatemaltecos. Para enfrentar este problema, el Gobierno de Guatemala lanzó oficialmente la Política Nacional de Empleo Digno 2017 - 2032 (PNED). Los principios que rigen la política son los derechos humanos, el trabajo decente, el diálogo social tripartito, la equidad de género, la inclusión, la sostenibilidad, la eo responsabilidad y la territorializacíón. Los ejes estratégicos de la PNED son (l) Generación de empleo; (2) Desarrollo del capital humano; (3) Entorno propicio para el desarrollo de las empresas; y (4) Tránsito a la formalidad. Su marco legal se basa en la Constitución Política de la República de Guatemala, la Ley Orgánica del Organismo Ejecutivo (decreto 114-97), el Código de Trabajo (decreto 1441) y los Convenios internacionales , firmados y ratificados por Guatemala (OIT). El objetivo y los resultados esperados de la PNED coinciden con el Nuevo Consenso Europeo sobre el Desarrollo (2017) y están también alineados con el Título VIII de la Parte IV del Acuerdo de Asociación ÜE- Centroamérica que trata sobre comercio y desarrollo sostenible.

    El Programa propuesto construye sobre los logros del Programa de generación de empleo y educación vocational para jóvenes en Guatemala (DC1-ALA/2011/023-514)), que contribuyó sustancialmente al desarrollo de la PNED. De hecho, los cuatro ejes de la política serán abordados por el Programa. El objetivo general del Programa propuesto es reducir la pobreza en Guatemala, especialmente para los jóvenes y las mujeres y su objetivo específico es “incrementadas las oportunidades de empleo digno para todos, en particular para los jóvenes y las mujeres, en línea con la Política Nacional de Empleo Digno 2017 - 2032”. Los resultados esperados son: (R.l) El marco institucional pitra laimpJementación de la Política Nacional de Empleo Digno es fortalecido (abarca las acciones relacionadas con los ejes 3 y 4 de la PNED); (R2) La empleabilidad de los beneficiarios meta es mejorada (relacionada con el eje 2 de la PNED); y (R3) Las capacidades de emprendimiento y de innovación de micro, pequeñas y medianas empresas nuevas y en crecimiento son mejoradas (abarca las acciones relacionadas con el eje 1 de la PNED)

    Las partes interesadas principales incluyen: (i) el Gobierno de Guatemala, en particular, los Ministerios de Trabajo, Economía y Educación, que lideran la impiementación de la PNED; ti) actores sociales...

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