Acuerdo Ministerial No. 3853-2017.- Acuérdese modificar el artículo 8 del Acuerdo Ministerial No. 178-2009, 'Áreas y subáreas para el Nivel de Educación Media - Ciclo Básico (1 º, 2°, y 3°, grados)'

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que es obligación del Estado proporcionar y facilitar educación a sus habitantes sin discriminación alguna y que tiene como fin primordial el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de la realidad, cultura nacional y universal; para lograrlo, el proceso educativo debe ser de alta calidad.

CONSIDERANDO

Que la Ley de Educación Nacional, establece que el Ministerio de Educación es la Institución del Estado responsable de coordinar y ejecutar las políticas educativas, determinadas por el Sistema Educativo del País.

CONSIDERANDO

Que el Diseño de reforma educativa definido por la Comisión Paritaria constituida por Acuerdo Gubernativo No. 263-97, de fecha 20 de marzo de 1997, estableció que la transformación curricular es un proceso medular para la Reforma Educativa; en el Acuerdo Ministerial No. 178-2009, autorizó el Currículo Nacional Base, para el Nivel de Educación Media Ciclo de Educación Básica y que el mismo ha sido implementado a nivel nacional en las modalidades educativas, en las que se ha determinado la necesidad de una actualización curricular y reorganización de su carga académica en las diferentes áreas de aprendizaje que la conforman. En consecuencia, es necesario emitir la disposición legal que por ser de estricto interés nacional, deberá publicarse sin costo alguno.

POR TANTO

En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; artículos 27, literales a), f) y m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 45 y 46 del Decreto número 12-91 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Educación Nacional.

ACUERDA

Artículo 1 Reforma

Se modifica el artículo 8 del Acuerdo Ministerial No.178-2009, “Áreas y subáreas para el Nivel de Educación Media - Ciclo Básico (1o, 2o, y 3o, grados).

El cual queda de la siguiente forma:

Organización de las áreas. La nueva organización de las Areas Curriculares, para el Nivel de Educación Media Ciclo de Educación Básica en el Subsistema Escolar, son las siguientes;

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