Acuerdo Ministerial No. 3211-2018.- Reglamento para la entrega de recursos al Programa de Gratuidad de la Educación

CONSIDERANDO

Que, la Constitución Política de la República de Guatemala, en su artículo 74 establece que la educación impartida por el Estado es gratuita, portal razón, para dar cumplimiento a este mandato, es necesario establecer mecanismos que sean eficientes y eficaces para lograr dicho fin.

CONSIDERANDO

Que, el Acuerdo Gubernativo Número 226-2008, de fecha 12 de septiembre de 2008, prescribe que la prestación del servicio público de educación es gratuito, por lo que el ingreso, inscripción y permanencia en los centros educativos oficiales de educación preprimaria, primaria y media, no está condicionado ni relacionado con ningún pago obligatorio, ni voluntario, ni a cualquier tipo de contribución económica.

CONSIDERANDO

Que, el Acuerdo Ministerial Número 1096-2012, de fecha 23 de abril de 2012, Reglamento para Transferencias de recursos financieros a los Consejos Educativos y otras Organizaciones de Padres de Familia Legalmente Constituidas de Centros Educativos Públicos emitido por el Ministerio de Educación, regula las transferencias de recursos financieros a dichas organizaciones, a través del renglón presupuestario 435, Transferencias a otras instituciones sin fines de lucró para la ejecución de diferentes programas a los establecimientos educativos públicos. El presente Acuerdo, por set de interés nacional deberá ser publicado sin costo alguno en el Diario de Centroamérica.

POR TANTO

En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 194, literales al, t) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 literales d), f) y m del Decreto No l 14-97 del Congreso de la República de Guatemala Ley del Organismo1 Ejecutivo

ACUERDA

Emitir el Reglamento para la entrega de recursos al Programa de Gratuidad de la Educación

CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 7
Artículo 1 Aprobación

Aprobar el reglamento para entrega de recursos para el Programa de Gratuidad de la Educación.

Artículo 2 Objetivo

Garantizar el funcionamiento de los Centros Educativos Públicos, que incluye, el pago de servicios básicos (energía eléctrica, agua potable cuando proceda, telefonía e internet, extracción de basura y arrendamiento de edificios para Centros Educativos públicos), materiales y suministros (no incluidos en la valija didáctica), mantenimiento y reparaciones menores y urgentes.

Articulo 3 Programa de Apoyo

El Programa de Gratuidad de la Educación estará adscrito a los Programas de Apoyo y se regirá de conformidad con lo establecido en los Acuerdos Ministeriales Números 1096-2012 y 3667-2012, y otras disposiciones que en el futuro se emitan, así como los procedimientos, instructivos y guías que se emitan para regular los programas de Apoyo.

Articulo 4 Responsabilidades de la Dirección Departamental de Educación

Garantizar que los Centros Educativos Públicos de su jurisdicción, sean beneficiados con el Programa de Gratuidad de la Educación...

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