Acuerdo Ministerial No. 3200-2019.- Reformar el Acuerdo Ministerial No. 1500-2019

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

CONSIDERANDO;

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que son funciones de los Ministros de Estado, dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su ministerio,,

CONSIDERANDO:

Que la Ley del Organismo Ejecutivo, determina que los Ministros tienen las atribuciones de cumplir y hacer que se cumpla el ordenamiento jurídico en los diversos asuntos de su competencia, y dictar los acuerdos, resoluciones, circulares y otras disposiciones relacionadas con el despacho de los asuntos de su ramo, conforme la ley.

CONSIDERANDO;

Que con fecha 23 de mayo de 2019, se emitió el Acuerdo Ministerial número 1500-2019, por medio del cual se emite el Normativo Disciplinario Aplicable al Personal del Ministerio de Educación, pero es el caso, que se necesita reformar algunos artículos para darle mayor claridad en su ejecución. El presente Acuerdo es de interés del Estado, por lo que su publicación deberá realizarse sin costo alguno.

POR TANTO;

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos; 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27, literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo? y, 10 del Decreto número 12-91 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Educación Nacional.

ACUERDA:

REFORMAR EL ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 1500-2019

ARTÍCULO 1 Se reforma el segundo párrafo del artículo 8, el cual queda de...

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