Acuerdo Ministerial No. 1617-2019.- Se reforma el artículo 1 del Acuerdo Ministerial número 1234-201 de fecha 01 de mayo de 2019

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo preceptuado en la Constitución Política de la República de Guatemala, los ministros de Estado tienen la función de ejercer jurisdicción en eL ámbito de sus ministerios; así mismo, de dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su ministerio.

CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo Ministerial número 1234-2019 de fecha 01 de mayo de 2019, Reglamento para la Entrega de Recursos al Programa de Apoyo denominado Útiles Escolares, en los Centros Educativos Públicos del País, fue publicado en el Diario de Centro América el día 8 de mayo de 2019, y que la publicación se efectuó incompleta en el artículo 1 del referido Acuerdo, porque fue reproducido de su original sin contener el texto completo y remitido al Diario de Centro América para su publicación, por lo que es necesario reformarlo, debiendo ser publicado sin costo alguno el Acuerdo que contiene la reforma, por ser de interés nacional.

POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a) y i) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27, literales a), c), f) y m) y 33, literal a) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 1, 2, 3, 8, 10 y 33, literales c), d) y m) del Decreto número 12-91 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Educación Nacional.

ACUERDA:

ARTÍCULO 1 Se reforma el artículo 1...

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