Acuerdo Ministerial No. 138-2019.- Acuérdase aprobar la Normativa para Regular la Formación de Encargados de Venta Social de Medicamentos, Farmacias Municipales, Farmacias Estatales y Acreditaciones de Instituciones para la Formación de este Personal
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, el goce de la salud es un derecho fundamental dei ser humano, sin discriminación alguna y el Estado velará por la salud y la asistencia social de todos los habitantes, debiendo desarrollar a través de sus instituciones, acciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación coordinación y las complementarias pertinentes a fin de procurarles el más completo bienestar físico, mental y social, siendo que la salud de los habitantes de la Nación es un bien público ya que todas las personas e instituciones están obligadas a velar por su conservación y restablecimiento. Que cada ministerio estará a cargo de un ministro, quien tendrá las funciones de ejercer" jurisdicción sobre todas las dependencias de su ministerio; nombrar y remover a los funcionarios y empleados de su ramo, cuando le corresponda hacerlo conforme a la ley y dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su ministerio;
CONSIDERANDO:
Que la Ley del Organismo Ejecutivo establece que, además de las que asigna la Constitución Política de la República y otras leyes, los Ministros tienen la atribución de cumplir y hacer que se cumpla el ordenamiento jurídico en los diversos asuntos de su competencia; dirigir y coordinar la labor de las dependencias y entidades bajo su competencia, así como la administración de los recursos financieros, humanos y físicos bajo su responsabilidad, velando por la eficiencia y la eficacia en el empleo de los mismos y dictar los acuerdos, resoluciones, circulares y demás disposiciones relacionadas con el despacho de los asuntos de su ramo, conforme la ley;
CONSIDEFLANDO:
Que el Código de Salud regula que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y las otras entidades del Sector, p rio rizarán el recurso humano como el factor clave para la modernización del sector y la implementación del modelo integral de atención en salud; que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y demás instituciones del Sector tienen la responsabilidad de formar a los profesionales y el personal técnico y auxiliares de la salud y ciencias conexas, de acuerdo a las normas y requerimientos académicos establecidos para cada nivel educativo del sistema; que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, conjuntamente con el resto de instituciones dei Sector...
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