Acuerdo Ministerial No. 135-2020.- Se instituye Cordón Sanitario en totalidad de la cabecera municipal del municipio de Malacalán, del departamento de San Marcos, a efeto de fortalecer la vigilancia epidemiológica de la zona

EL MINISTRO DE SALUD PUSUCA Y ASISTENCIA SOCIAL

CONSIDERANDO

Que el Presidente de la República de Guatemala en Consejo de Ministros, emitid el Decreto Gubernativo Número 5-2020, ratificado por el Decreto Número S-2020 del Congreso de la República de Guatemala, así como sus reformas y ampliaciones mediante los Decretos Gubernativos Números 6-2020 y 7-2020, ratificados por el Decreto Número 9-2020 del Congreso de la República de Guatemala y asimismo tas reformas y ampliaciones contenidas en el Decreto Gubernativo 0-2020, declarando estado de calamidad pública en todo el territorio nacional como consecuencia del pronunciamiento de ta Organización Mundial de la Salud de la pandemia de coronavírus COVID-19 como emergencia de salud pública de importancia internacional; habiéndose tomado Disposiciones Presidenciales en caso de Calamidad Pública y Órdenes para el Estricto Cumplimiento con el objeto de prevenir la propagación y mitigar el impacto del mismo.

CONSIDERANDO

Que la competencia administrativa que la ley otorga al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, específicamente en el artículo 39 literal d) del Decreto No, 114-97 Ley del Organismo Ejecutivo y en et artículo 9 del Decreto Nº 90-97 Código de Salud, establecen que corresponde realizar estudios y proponer las directness para la ejecución de programas de vigilancia y control epidemiológico como ente rector del sector salud; preceptuando el Decreto Gubernativo Nº 5-2020 que el presente Ministerio, ejecute todas las acciones necesarias a fin de dar cumplimiento at Plan de Prevención, Contención y Respuesta a casos de Coronavírus (COVID-19).

CONSIDERADO

Que como parte del Plan para la Prevención, Contención y Respuesta a casos del Coronavírus (COVID-19) y sus anexos, así como el Manual de Normas y Procedimientos del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica de Guatemala, se ha dado seguimiento a los controles respectivos, por lo que se ha determinado la existencia de un brote del COVID-19 en la cabecera municipal dei municipio de Malaeatán, del departamento de San Marcos; y que como ha quedado indicado en la Resolución 1/2020 adoptada por la Corte ¡nteramericana de Derechos Humanos, resulta imperativo que los Organismos del Estado, at momento de emitir medidas de emergencia y contención frente a fa pandemia del COVID-19 apliquen perspectivas interseecionales en atención a las necesidades y al impacto diferenciado de dichas medidas en los derechos humanos de los grupos en situación especial...

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